L OS RETOS DEL S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA. L A RELACIÓN ENTRE LOS ÓRGANOS GARANTES FEDERAL Y LOCALES 08 DE AGOSTO DE 2014 O SCAR M AURICIO G.

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Transcripción de la presentación:

L OS RETOS DEL S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA. L A RELACIÓN ENTRE LOS ÓRGANOS GARANTES FEDERAL Y LOCALES 08 DE AGOSTO DE 2014 O SCAR M AURICIO G UERRA F ORD S EMANARIO U NIVERSITARIO DE T RANSPARENCIA

P RESENTACIÓN El contenido de la reforma constitucional en materia de transparencia plantea la creación de un marco normativo nacional para la defensa del derecho de acceso a la información y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte de las instituciones públicas. Lo anterior será materializado por leyes generales de transparencia y acceso a la información, de protección de datos personales y de archivos, que establecerán altos estándares para regular la apertura de la información y la protección de los datos privados de las personas. El contexto de esta reforma nos conduce a la institución de un Sistema Nacional de Transparencia (SNT), cuyo propósito será el de garantizar efectivamente los derechos mencionados, contribuir a la rendición de cuentas y coadyuvar en el combate a la corrupción a lo largo de todo el territorio nacional. 2

Artículo 6° constitucional: “El derecho a la información será garantizado por el Estado”. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Leyes de transparencia de las entidades federativas Organismos garantes a nivel federal y estatal. I NTRODUCCIÓN Reforma al 6° constitucional y adición de 7 fracciones Protección de los datos personales Tres grandes aspectos Derecho de acceso a la información pública Archivos públicos 3

Autonomía constitucional para todos los órganos garantes de la transparencia. Leyes generales en materia de transparencia y acceso a la información, protección de datos personales y archivos. Organismo garante federal autónomo, con competencia para conocer asuntos de los tres poderes y órganos autónomos del ámbito federal, con excepción de la SCJN. El organismo garante federal como segunda instancia para los ciudadanos. Poder de atracción del órgano garante federal autónomo. Resoluciones definitivas e inatacables para los sujetos obligados. Integrantes del órgano federal designados por el Senado. Tercera generación (Transparencia 3.0) -7 de febrero de I NTRODUCCIÓN 4

Capacidad del órgano federal para interponer controversias constitucionales. Capacidad de todos los órganos garantes autónomos para interponer acciones de inconstitucionalidad en sus respectivos ámbitos de competencia. Partidos políticos como sujetos obligados directos y personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos como indirectos (sindicatos, fundaciones, organizaciones sociales…). Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones. Creación de un organismo específico para la regulación de los datos personales en posesión de particulares. Coordinación con la ASF, AGN, INEGI y los órganos garantes de las entidades federativas: Sistema Nacional de Transparencia. I NTRODUCCIÓN 5

Sistema Nacional de Transparencia Reforma constitucional de transparencia Leyes generales y estatales de: Transparencia, Datos Personales y Archivos 6

E SCENARIO ACTUAL  Los plazos establecidos para la respuesta a las solicitudes de información son dispares; en algunos estados el plazo normal es de 5 días hábiles y en otros de hasta 20. Si consideramos la prevención y ampliación de plazo, éstos van desde 10 hasta 50 días hábiles.  Respecto al procedimiento para resolver las inconformidades, sin considerar pequeñas diferencias, podemos hacer una agrupación de hasta seis formas de procedimientos disímiles. En cuando a los plazos para dictar las resoluciones, hay órganos garantes que tienen 7 o 10 días como periodo normal, y otros hasta 50 o 55 días hábiles. Con los plazos de ampliación y prevención, hay un caso que nos lleva hasta los 105 días.  Cuatro estados no cuentan con normatividad en materia de archivos con jerarquía de ley.  Únicamente el 64% de las leyes establecen la obligación de publicar indicadores de gestión para todos los sujetos obligados.  Siete legislaciones no establecen la obligación de publicar los recursos públicos otorgados a personas físicas y morales. Heterogeneidad de las leyes y los órganos garantes 7

E SCENARIO ACTUAL  De los 33 órganos garantes, 20 cuentan con autonomía constitucional, 9 con autonomía otorgada por la ley en la materia y cuatro son organismos descentralizados de la administración pública.  La duración en el cargo de consejeros o comisionados varía de entre tres y siete años; en algunos casos con posibilidad de reelección.  Existen distintos procedimientos para la designación de éstos, muchas veces, sujetos a la discrecionalidad de las autoridades o de las fuerzas políticas.  Los procedimientos para sancionar las faltas cometidas a la normatividad son diversos: 13 órganos garantes emiten sanciones de manera directa (administrativas y/o pecuniarias); 13 de manera indirecta (vista a los órganos de control); y 7 pueden hacerlo de manera directa, pero, en caso de persistir los incumplimientos, dan vista a los órganos de control o a los superiores jerárquicos.  La mayoría de los órganos garantes no evalúan sistemáticamente y con criterios específicos el cumplimiento de las leyes de transparencia, especialmente, la información de oficio publicada en los portales de internet.  Tampoco cuentan con programas integrales y sistemáticos de capacitación para los servidores públicos.  Solo 11 entidades federativas cuentan con leyes específicas de Protección de Datos Personales, más la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de Particulares. 8

E SCENARIO ACTUAL  El presupuesto asignado a las entidades federativas para transparencia es muy variado: para 2014, estados como Chiapas, Puebla y Michoacán recibieron recursos per cápita de 1.79, 2.16 y 2.18 pesos, respectivamente; mientras que Quintana Roo y Campeche recibieron y pesos, de manera respectiva. El promedio de presupuesto asignado a los órganos garantes de las entidades per cápita fue de 6.65 pesos.  En proporción con el presupuesto total de las entidades federativas, el órgano garante de Chiapas recibió el 0.01%, y los de Michoacán, Puebla y Guerrero el 0.02%, por debajo del promedio que fue de 0.05%; en el otro extremo, el órgano de transparencia de Campeche el 0.10% y el de Quintana Roo el 0.11%.  La desproporción se refleja en el número de solicitudes de información por entidad federativa. Por ejemplo, en 2012, cinco entidades concentraron el 58.2% del total de solicitudes realizadas en el país, sin considerar a los sujetos obligados federales. En cambio, 16 estados apenas alcanzaron el 17% del total. Asimismo, los índices de recurrencia, que son los porcentajes de solicitudes con recursos de revisión, oscilan entre el rango de 0.2% y 56.6%.  El número de solicitudes por cada 100 mil habitantes también varía considerablemente: en Colima y el DF se realizan 2,843 y 1,032 solicitudes, respectivamente, y en Baja California Sur y Jalisco 73; Chiapas apenas llega a 46 solicitudes. 9

E SCENARIO ACTUAL Según una encuesta de Parametría, en nuestro país existe la impresión de un gobierno opaco, cuya información sobre “gastos, sueldos de funcionarios o datos de licitaciones es oculta y difícil de conocer” 1. Asimismo, de acuerdo con Transparencia Internacional, México tiene un alto índice de percepción de servidores públicos corruptos, en todos los ámbitos de gobierno 2. Además, solamente el 37% de los mexicanos ha escuchado algo sobre la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el 60% desconoce que existen órganos garantes para defender sus derechos de acceso a la información y a la protección de sus datos personales 3. Ante ese escenario, los órganos garantes están obligados a generar los instrumentos y herramientas que den a conocer ambos derechos y faciliten su ejercicio en todo el territorio nacional. 1 Parametría. Consultado en: 2 Transparencia Internacional. Consultado en: 3 Estudio de opinión 2013 del IFAI, elaborado por Covarrubias y Asociados. 10

Artículo 6° constitucional, apartado A, fracción VIII, párrafos cuarto y quinto: Segunda Instancia Facultad de atracción El IFAI tendrá que emitir criterios homogéneos de interpretación y aplicación de la normatividad para la emisión de resoluciones, a fin de evitar las divergencias y lograr un esquema único de alcance nacional. (…) También conocerá de los recursos que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los organismos autónomos especializados de los estados y el Distrito Federal que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de la información, en los términos que establezca la ley. El organismo garante federal de oficio o a petición fundada del organismo garante equivalente del estado o del Distrito Federal, podrá conocer de los recursos de revisión que por su interés y trascendencia así lo ameriten. R ELACIÓN DE LOS ÓRGANOS GARANTES FEDERAL Y ESTATALES Instancia revisora de las resoluciones de los órganos garantes del país (la Ley General deberá normar sus alcances) 11

R ELACIÓN DE LOS ÓRGANOS GARANTES FEDERAL Y ESTATALES Con base en lo anterior, el IFAI tiene el compromiso de coordinar la creación del SNT y conducir las acciones que se deriven de éste. No se trata de un orden jerarquizado, sino de una coordinación y colaboración permanente entre órganos garantes para dar vida al SNT, y de la coordinación con las demás entidades de fiscalización, archivos y estadística y geografía para fortalecer la rendición de cuentas en el país. Artículo 6° constitucional, apartado A, fracción VIII, párrafo décimo sexto: El organismo garante coordinará sus acciones con la entidad de fiscalización superior de la Federación, con la entidad especializada en materia de archivos y con el organismo encargado de regular la captación, procesamiento y publicación de la información estadística y geográfica, así como con los organismos garantes de los estados y el Distrito Federal, con el objeto de fortalecer la rendición de cuentas del Estado Mexicano. 12

E L S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA El diseño y establecimiento del Sistema tendrá su fundamento en las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales. Deberá actuar como un cuerpo confederado similar a otros organismos como el Sistema Nacional de Archivos, el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y el Sistema Nacional de Fiscalización, con el reconocimiento de los 33 órganos garantes de transparencia del país. Debe contar con un órgano de coordinación con solidez legal para establecer las reglas de operación, responsabilidades, competencias y procedimientos. Ley General de Transparencia 13

H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Dictar una política nacional de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales. El Sistema Nacional de Transparencia debe impulsar, a nivel nacional, el principio de máxima publicidad, la transparencia de la información y la apertura gubernamental, en equilibrio con el derecho a la protección de datos personales. Entre las líneas estratégicas que se deberán establecer están las siguientes:  Formular, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas y estrategias en la materia. 14

 Definir criterios para resolver de forma homogénea los recursos de revisión a nivel nacional, lo que deberá también reducir los casos en que los particulares hagan uso de la segunda instancia ante el IFAI. H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Elaborar los lineamientos generales en materia de reserva de la información, que guíen la metodología de argumentación en las pruebas de daño que deban realizar los sujetos obligados y en las pruebas de interés público por parte de los órganos garantes. 2ª Instancia 15

H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Elaborar los lineamientos para la publicación homogénea de la información de oficio en los portales de internet de los sujetos obligados, información de transparencia proactiva, así como los criterios para la apertura de los formatos de los datos más requeridos por la sociedad en los estándares derivados de las políticas de la Alianza por el Gobierno Abierto. 16

 Crear un sistema electrónico para la organización, operación y modernización tecnológica de las instituciones en materia de acceso a la información y recursos de revisión y aquellos de segunda instancia (IFAI). Todo ello bajo estándares y criterios uniformes para homologar procedimientos de acceso y protección de datos (nuevos mecanismos de acceso… telefonía). H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA Solicitudes de información Integración y socialización Plataforma Nacional Usabilidad y accesibilidad Servicios de información Obligaciones de transparencia a nivel nacionalPOT Buscador NacionalZOOM Múltiples medios de acceso NUEVO 17

 Diseñar, implementar y regular el Sistema Nacional de Capacitación, fundado en el desarrollo de habilidades y competencias para la gestión, clasificación, protección, publicidad, apertura y otorgamiento del acceso a la información pública por parte de los servidores públicos de los sujetos obligados y unidades de enlace. H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos de las unidades de enlace de los sujetos obligados de todos los ámbitos y órdenes de gobierno en el Estado mexicano y de los órganos garantes de transparencia. 18

 Regular los sistemas disciplinarios, así como de reconocimientos, estímulos y recompensas de los servidores públicos de las instituciones de acceso a la información y de datos personales.  Promover la capacitación, profesionalización y eficiencia del personal que labora en los órganos garantes, buscando establecer programas de servicio profesional de carrera. H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA 19

 Definir e implementar los parámetros y estándares homogéneos de evaluación para el cumplimiento cabal de la ley, tanto en obligaciones de oficio como en otras esferas de la ley. H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Desarrollar indicadores que midan la eficiencia y eficacia de la gestión de los sujetos obligados en cumplimiento de sus atribuciones.  Asimismo, indicadores para conocer el avance de la transparencia y medir el grado de apertura gubernamental en toda la República mexicana. 20

H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Impulsar la participación de la sociedad civil y de las instituciones académicas en los procesos de evaluación de las políticas de transparencia y de protección de datos.  Diseñar instrumentos que permitan explotar la información estadística para identificar patrones de comportamiento en los sujetos obligados, usuarios y demás actores involucrados, para la toma de decisiones y la creación de estrategias. 21  Establecer el Fondo de Aportaciones Federales para la Transparencia (APORTA), para que, de manera paulatina, se homologuen los presupuestos de los órganos garantes.

H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Elaborar los lineamientos generales para la protección de datos personales en posesión del sector público, definiendo y diferenciando la protección que deben tener los servidores públicos.  Definir los lineamientos de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales (ARCO).  Realizar acciones y programas conjuntos que hagan posible la extensión, difusión y profundización de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales. 22

H ACIA UN S ISTEMA N ACIONAL DE T RANSPARENCIA  Desarrollar planes de alcance nacional para la investigación y el conocimiento del avance en la protección de datos personales.  Generar una plataforma informática que permita tener un registro homogéneo de sistemas de datos personales en posesión del sector público (gobierno federal, de estados y municipios), así como dar cumplimiento al deber de informar sobre la forma en la que son tratados los datos personales. 23

C ONCLUSIONES La reforma constitucional del 7 de febrero pasado posiciona al IFAI a la cabeza del Sistema Nacional de Transparencia; por lo tanto, este órgano federal está obligado a plantear las líneas de acción y a coordinarse con todas las instituciones que integrarán este Sistema para definir y desarrollar los programas estratégicos. La colaboración entre los 33 órganos garantes será determinante para construir un SNT robusto y funcional, que genere beneficios reales para toda la población en igualdad de circunstancias, independientemente de la entidad federativa en donde habite. Una vez que se expidan las leyes generales se establecerá con claridad los fundamentos y los alcances del Sistema Nacional de Transparencia, toda vez que éstas determinarán puntualmente las atribuciones del órgano garante federal y de los órganos garantes de las entidades federativas. No obstante, debemos trazar, desde ahora, el contenido de dichas leyes para concebir este Sistema de la manera que más convenga a los mexicanos. 24

¡M UCHAS G RACIAS POR SU A TENCIÓN ! M TRO. O SCAR M. G UERRA F ORD I NSTITUTO F EDERAL DE A CCESO A LA I NFORMACIÓN Y P ROTECCIÓN DE D ATOS Insurgentes Sur No Col. Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, C.P , México, D.F. T EL. (55) tel ifai tel ifai Correo electrónico: