Ciudadanía y mujeres María de Lourdes Valenzuela Gómez y Gallardo

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Transcripción de la presentación:

Ciudadanía y mujeres María de Lourdes Valenzuela Gómez y Gallardo María de la Paz Valenzuela Gómez Gallardo

La democracia moderna Idealmente se caracteriza por : Ser una competencia significativa entre personas y grupos organizados (partidos políticos) para los puestos de poder efectivo en el gobierno y que se da a intervalos regulares y sin coerción. Existencia de participación política en la selección de líderes o lideresas y de las políticas, elecciones libres, ningún grupo social de personas adultas es excluido Un nivel de libertades civiles y políticas –de expresión, de prensa, de asociación- suficiente para asegurar la integridad de la competición política y de la participación.

El proceso de construcción de la democracia es inestable y para establecer una democracia formal se requiere la confluencia de variados esfuerzos e intervienen una serie de categorías como Estado de derecho, República, Representación y Elecciones. La democracia debe ofrecer igualdad de oportunidades a todas las personas ciudadanas en cuanto a: Formular sus preferencias Manifestar libremente esas preferencias ante sus partidarios y ante el gobierno de manera individual o colectiva Recibir por parte del gobierno igualdad de trato, sin discriminación de ninguna causa u origen de sus preferencias.

La democracia genérica Marcela Lagarde propone: Revisar las concepciones modernas sobre democracia, pues no contemplan la inclusión protagónica de las mujeres. Construir otro tipo de relaciones democráticas y otro modelo democrático que incluya no solamente a las mujeres, sino que – más complejo aún- se modifique el posicionamiento de los hombres y se establezcan relaciones democráticas entre los géneros. Adoptarlo como paradigma para analizar la participación política de las mujeres.

La democracia genérica (2) Paradigma que permite: Reconocer que las mujeres hemos participado siempre desde la marginalidad democrática, desde la periferia de la democracia, o desde los “no lugares”. Críticar a la democracia patriarcal y al mismo tiempo, construir una alternativa paradigmática que se complementa y articula con el concepto de la modernidad.

¿Qué es la ciudadanía? La ciudadanía tiene que ver con la pertenencia a un grupo o comunidad y con los derechos y responsabilidades que esa membresía confiere, puede ser una relación con el Estado, grupo, sociedad o comunidad y al mismo tiempo es una condición –una identidad- y una práctica o proceso de relaciones con el mundo social mediante el ejercicio de derechos/protecciones y el cumplimiento de obligaciones.

La ciudadanía, implica ser tratada o tratado y tratar a las y los demás como libres e iguales, es un derecho que se adquiere en una relación jurídica entre el individuo y el Estado, y sin duda, se convierte en la condición que posibilita el ejercicio de derechos plenos.

Democracia y ciudadanía La democracia como sistema de gobierno, se inspira en el valor de la igualdad sin discriminación de raza, sexo, opción sexo afectiva, posición económica e ideológica y se encuentra presente en casi todas las Constituciones de los Estados nacionales. La exclusión y marginación de la ciudadanía plena depende de la posición y los roles sociales, dictados por relaciones sociales de poder desigual, que determinan quién está “adentro” y quién “afuera”.

La noción de ciudadanía de las mujeres Tiene sus antecedentes en Grecia y Roma, y en la Europa de la Ilustración, y en la Europa de la Ilustración; data de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, durante la Revolución Francesa, y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Data de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, de la francesa Olimpia de Gouges en 1791, que subiría al cadalso dos años después por condenar la esclavitud de los negros y defender el reconocimiento de los hijos ilegítimos, además de la igualdad entre hombres y mujeres (De Gouges, 1993); o el texto Vindicación de los derechos de la mujer, de Mary Wollstonecraft, en la Inglaterra de 1792…” (Fernández Poncela, 2008: 29-30)

La noción de ciudadanía de las mujeres (2) La desigualdad en la participación política de las mujeres, en la constitución del Estado surgido de la Ilustración, reconoció sólo para los hombres: La razón La igualdad La individualidad La autonomía de los sujetos No incluyó a las mujeres, se les excluyó como titulares de derechos, se les negó la categoría de ciudadanas, debido a que se pensaba que la individualidad y autonomía eran cualidades propias y exclusivas de los hombres y por ende, también la ciudadanía.

La noción de ciudadanía de las mujeres (3) Se impuso la visión androcéntrica del mundo que define al hombre como modelo de sujeto de derechos. “…la política se delimitó como un ámbito masculino, con lo cual se justificó la exclusión de las mujeres bajo el supuesto de la imposibilidad femenina para concebir y discernir ideas y normas morales necesarias para orientar su comportamiento…” (Medina Espino, 2008: 10-11)

La noción de ciudadanía de las mujeres (4) Iris M. Young, plantea una ciudadanía diferenciada, más allá de la ciudadanía universal, para la inclusión y participación de todas las personas en la plena ciudadanía, inclusión que requiere articular derechos especiales para impedir las desventajas de los distintos grupos sociales.

La noción de ciudadanía de las mujeres (5) Nancy Fraser: pugna por el reconocimiento de la diferencia de los distintos grupos sociales desde la óptica sociocultural. Ann Phi­llips destaca el peso de las desigualdades sociales y económicas, importantes a la hora del ejercicio ciudadano, y sostiene que “… para la generación y acumulación de experiencia una cantidad mayor de mujeres elegidas pudiera cambiar el contexto y las prio­ridades de la política” (Fernández Poncela, 2008: 31)

La noción de ciudadanía de las mujeres (6) Pateman, señala que la ciudadanía es una construcción histórica que en el liberalismo se ha ocultado bajo la ideología de la libertad y la igualdad individuales. Y esta contradicción está en el centro mismo de la teoría y la práctica de la democracia. (Pateman, 1991:6-7)

La noción de ciudadanía de las mujeres (7) Chantal Mouffe considera fundamental “… la inclusión de las mujeres como ciudadanas activas, así como de otros grupos sociales, en un proyecto global. Joni Lovenduski señala “que el incremento de la presencia de las mujeres en los puestos políticos traerá consigo cambios de prioridades en las instituciones y, por ende, en la cultura política; y subraya la importancia del ejemplo de su presencia como elemento potenciador del cambio en la sociedad”. (Fernández Poncela, 2008:31)

La noción de ciudadanía de las mujeres (8) Fernández Poncela considera que si la ciudadanía política es la capacidad de influir y decidir en la toma de decisiones políticas, la ciudadanía de las mujeres es el ejercicio pleno de todos sus derechos, incluyendo el de votar y ser votadas, condiciones de la democracia .

La igualdad entre hombres y mujeres, seguirá siendo una condición ideal más no real de la democracia si la organización y estructura social persiste separando los espacios público y privado, y dividiendo por sexo los quehaceres de la sociedad. Es tarea de hombres y mujeres transformar los contenidos del concepto y la práctica de la ciudadanía.