Lo que debes saber de este seguro.

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Transcripción de la presentación:

Lo que debes saber de este seguro. Seguro complementario de Trabajo de Riesgo. Lo que debes saber de este seguro. Cuida a tus trabajadores y a tu empresa.

¿Qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo? (SCTR) Es el seguro que brinda cobertura por accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores dependientes o independientes que realizan actividades de riesgo. ¿Qué cobertura ofrece el SCTR SALUD y PENSION? Brinda cobertura en prestaciones de salud hasta la total recuperación y rehabilitación del asegurado. Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera que fuere el nivel de complejidad, hasta su total recuperación o declaración de invalidez o muerte en la red de clínicas afiliadas. Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido bajo el seguro. Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional al empleador y los asegurados, desarrollado capacitaciones en Prevención de Riesgos en el trabajo a nivel nacional.

¿Qué es un accidente de trabajo? Toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre el trabajador o debida al esfuerzo del mismo. Se considera también accidentes de trabajo: El que sufra el trabajador durante la ejecución de órdenes de la entidad empleadora o bajo su autoridad, aun cuando se produzca fuera del centro y de las horas de trabajo. El que se produce antes, durante y después de la jornada laboral o en las interrupciones del trabajo; si el trabajador asegurado se hallara por razón de sus obligaciones laborales, en cualquier centro de trabajo de la entidad empleadora aunque no se trate de un centro de trabajo de riesgo ni se encuentre realizando las actividades propias del riesgo contratado. El que se sobrevenga por acción de la entidad empleadora o sus representantes o de tercera persona, durante la ejecución del trabajo.

¿A qué se le denomina enfermedad profesional? Es toda enfermedad que el trabajador adquiere como resultado de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar ¿En donde están contempladas las actividades de riesgo? Las actividades calificadas de riesgo están contempladas en el anexo 05 del D.S.009-97-SA Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Extracción de madera Fabricación de otros productos químicos Fabricación de productos metálicos Pesca Producción de petróleo crudo y gas natural Refinerías de petróleo Fabricación de productos derivados del petróleo y el carbón Construcción de maquinarias Electricidad, gas y vapor Construcción Industria del tabaco Fabricación de productos plásticos Transporte aéreo Fabricación de textiles Servicios de saneamiento y similares Industria del cuero, productos de cuero y sucedáneos de cuero Fabricación de vidrio y productos de vidrio Servicios médicos y odontológicos, otros servicios de sanidad y veterinaria Fabricación de otros productos minerales no metálicos Industria de la madera y productos de madera y corcho Industria básica de hierro y acero Fabricación de sustancias químicas industriales Industria básica de metales no ferrosos

¿Quiénes deben contratar este seguro? Deben asegurarse: Las Entidades Empleadoras que realizan las actividades de riesgo. Las Cooperativas de Trabajadores, Empresas de Servicios, Contratistas y Sub Contratistas, así como toda Institución de intermediación o provisión de mano de obra que destaque personal hacia centros de trabajo en que se desarrollen las actividades del riesgo. El trabajador independiente que realice actividades de riesgo y no cuente con vínculo laboral con un empleador. ¿Cuáles son los requisitos para contratar este seguro? Entidades Empleadoras e Independientes debe declarar: Relación de los trabajadores que realicen actividades de riesgo: Datos completos + Nº de Documento de Identidad y sueldos. Detallar el giro del negocio y la actividad de riesgo especifica.

Cuida a tus trabajadores y a tu empresa. El desarrollo de la Seguridad en el Trabajo, bajo la nueva ley, ha permitido implementar una serie de herramientas que ayudan a prevención de los accidentes y/o enfermedades de tipo ocupacional. Estos instrumentos de control están insertos en una serie de decretos de nuestra legislación con el fin de hacer obligatorios su cumplimiento. D.S.009-97-SA Es obligación de los empleadores informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos a que están expuestos en sus labores, de las medidas preventivas y del procedimiento correcto de trabajo. Asegurar a tus trabadores es también asegurar tu patrimonio. El costo es accesible y los trámites rápidos y sencillos. Infórmate 440-1932 crebata@gerenciaderiesgos.com