PROCESO CIVIL - NOCIONES Proceso: Proceso: “…conjunto o complejo de actos, realizados por las partes… y el juez o tribunal, concatenados entre sí, en cuanto.

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Transcripción de la presentación:

PROCESO CIVIL - NOCIONES Proceso: Proceso: “…conjunto o complejo de actos, realizados por las partes… y el juez o tribunal, concatenados entre sí, en cuanto uno sucede al que lo precede y es causa del que le sigue y que van, desde el acto inicial que naturalmente lo incoa, hasta el que lo decide…” (Carlos, E.B. “Introd.al Est.del Der.Proc., pág.128) “…conjunto o complejo de actos, realizados por las partes… y el juez o tribunal, concatenados entre sí, en cuanto uno sucede al que lo precede y es causa del que le sigue y que van, desde el acto inicial que naturalmente lo incoa, hasta el que lo decide…” (Carlos, E.B. “Introd.al Est.del Der.Proc., pág.128) “…conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los funcionarios competentes del órgano judicial del Estado, para obtener la declaración, la defensa o realización coactiva de los derechos que pretendan tener las personas privadas o públicas, en vista de su incertidumbre o de su desconocimiento o insa- tisfacción, mediante la actuación de la ley en un caso concreto…” (Devis Echandía “Nociones Generales de Der.Proc.Civil”, pág.131 “…conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los funcionarios competentes del órgano judicial del Estado, para obtener la declaración, la defensa o realización coactiva de los derechos que pretendan tener las personas privadas o públicas, en vista de su incertidumbre o de su desconocimiento o insa- tisfacción, mediante la actuación de la ley en un caso concreto…” (Devis Echandía “Nociones Generales de Der.Proc.Civil”, pág.131

Continuac. Nociones. Juicio: expresión que supone la existencia de controversia o conflicto Juicio: expresión que supone la existencia de controversia o conflicto Proceso: la palabra comprende tanto la controversia, o conflictos sin controversia – rebeldía-, procesos de jurisdicción voluntaria. Proceso: la palabra comprende tanto la controversia, o conflictos sin controversia – rebeldía-, procesos de jurisdicción voluntaria. Procedimiento: “…constituye cada una de las fases o etapas que aquel puede comprender…” (Palació, Lino E. “Tratado de Der.Proc.Civ.”, T.1.,pág.226) (ej. Proced.de 1ª Inst. puede seguir si es apelado a un Proced. 2ª Inst., en ese caso un solo proceso tendría 2 procedim.) Procedimiento: “…constituye cada una de las fases o etapas que aquel puede comprender…” (Palació, Lino E. “Tratado de Der.Proc.Civ.”, T.1.,pág.226) (ej. Proced.de 1ª Inst. puede seguir si es apelado a un Proced. 2ª Inst., en ese caso un solo proceso tendría 2 procedim.)

Elementos del Proceso Elemento subjetivo: a) sujetos primarios: juez o tribunal, y partes; (en los procesos voluntarios los sujetos primarios son los peticionarios – ej. Sumaria información) ; b) terceros ; c) sujetos secundarios: I) auxiliares del órgano – secretarios, oficiales de justicia, peritos); II) auxiliares de las partes o peticionarios (ej.abogados y procuradores) Elemento subjetivo: a) sujetos primarios: juez o tribunal, y partes; (en los procesos voluntarios los sujetos primarios son los peticionarios – ej. Sumaria información) ; b) terceros ; c) sujetos secundarios: I) auxiliares del órgano – secretarios, oficiales de justicia, peritos); II) auxiliares de las partes o peticionarios (ej.abogados y procuradores) Elemento objetivo: puede hallarse constituido por una pretensión (para resolver un conflicto) o por una pretensión extracontenciosa (para constituir, integrar o acordar eficacia a una relación jurídica) Elemento objetivo: puede hallarse constituido por una pretensión (para resolver un conflicto) o por una pretensión extracontenciosa (para constituir, integrar o acordar eficacia a una relación jurídica) Actividad: conjunto de actos que deben cumplir los sujetos procesales desde el comienzo del proceso hasta la decisión que le pone térmilno. Actividad: conjunto de actos que deben cumplir los sujetos procesales desde el comienzo del proceso hasta la decisión que le pone térmilno.

Jurisdicción, competencia, y acción Jurisdicción: “es la potestad pública de conocer y fallar los asuntos conforme a la ley, o sea la facultad atribuida al poder judicial para administrar justicia…” (Caravantes Trat. pág. 118) Competencia: es “… la aptitud o capacidad de un juez u órgano determinado para ejercer la jurisdicción…” “…es la medida de la jurisdicción…” “técnicamente, la jurisdicción es una función y la competencia la aptitud para ejercerla…” (Carlos, E.B. op. cit. pág.209). Acción: es “…el poder jurídico ejercitado por un particular o un órgano del estado público generador del proceso y dirigido a obtener, mediante sentencia la actuación del derecho…” (Carlos, E.B. op. cit. pag. 274 y 275)

Principios 1) Dispositivo 1) Dispositivo 2) Contradicción o bilateralidad – art.18 C.N.- 2) Contradicción o bilateralidad – art.18 C.N.- 3) Escritura y oralidad 3) Escritura y oralidad 4) Publicidad 4) Publicidad 5) Preclusión (art.70 del CPCC) 5) Preclusión (art.70 del CPCC) 6) Adquisición 6) Adquisición 7) Economía Procesal 7) Economía Procesal 8) Inmediación. 8) Inmediación. 9) Legalidad e instrumentalidad de las formas. 9) Legalidad e instrumentalidad de las formas.

Clases de Proceso Por el órgano: Procesos judiciales y arbitrales Proc. Judiciales: a) Contenciosos b) Voluntarios Proc.Contenciosos: por la finalidad de la pretensión que constituye su objeto: a) de declaración, b) de ejecución; y c) cautelar. Procesos Singulares y Universales.

Esquema de la clase de Procesos en el CPCC Libro Tercero – Capítulo I – Procesos de Cognición. Libro Tercero – Capítulo I – Procesos de Cognición. Ordinario- Título I Sección I y II arts.390 a 407. Ordinario- Título I Sección I y II arts.390 a 407. Sumario – Título II Sección II - arts.408 a 412 Sumario – Título II Sección II - arts.408 a 412 Sumarísimo – Título III - arts.413 a 415- Sumarísimo – Título III - arts.413 a 415- Arbitral – Título IV – Secciones I a V - arts.416 a 441- Arbitral – Título IV – Secciones I a V - arts.416 a 441-

Juicio Ordinario

Demanda y contestación– arts.130,398 a 401 – Demanda y contestación– arts.130,398 a 401 – Prueba – art.402 – Plazo 10d. Ofr.- y 30d. Prod.-salvo plazo extraordinario arts. 403 a 405 – Prueba anticip.o aseg.de pruebas -arts.146 – 272 a 275 del CPCC. (también med. Prep. Art.390 inc.5) Prueba – art.402 – Plazo 10d. Ofr.- y 30d. Prod.-salvo plazo extraordinario arts. 403 a 405 – Prueba anticip.o aseg.de pruebas -arts.146 – 272 a 275 del CPCC. (también med. Prep. Art.390 inc.5) Prueba pericial – arts.186 a Prueba pericial – arts.186 a Clausura del término de pruebas y alegatos – art.406- Clausura del término de pruebas y alegatos – art.406- Agregac.de alegatos, autos y sentencia – art.407- Agregac.de alegatos, autos y sentencia – art.407-