Derecho Procesal Civil

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Transcripción de la presentación:

Derecho Procesal Civil Prof. Charles Zeno Santiago Universidad Interamericana de PR Facultad de Derecho April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Clase Introductoria April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago I. Introducción Definiciòn “Conjunto de reglas procesales, normas jurìdicas y jurisprudencia que regulan la tramitaciòn de un pleito civil desde el inicio hasta el final y que provee paz social, certeza y seguridad.” April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Introducción El derecho procesal civil es sinónimo de Procedimiento Civil. Enjuiciamiento Civil. Además se le demonima Derecho Adjetivo como complemento del Derecho sustantivo. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Modelo de la Estructura Procesal April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Modelo de la Estructura Procesal Véase Cap. 1, págs 1-3; RPC 2009 1.   Iniciación y Jurisdicción (R. 2, 3 y 4) 2. Alegaciones y mociones (R. 5-13, 10, 36 y otras 3. Aseguramiento y Fianza (R. 56 y 69) 4. Descubrimiento (R. 23-34) 5. Juicio (R. 38-41) 6. Sentencia ( R. 42- 46) 7. Remedios ( R. 47-50) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Modelo de la Estructura Procesal 8. Recursos (R. 52) 9. Ejecución (R. 51) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

II. Naturaleza del Derecho Procesal Civil April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Naturaleza del Derecho Procesal Civil 1. Derecho Público Organizan el Poder Judicial, su funcionamiento y formas para la resoluciòn de los conflictos entre las partes. Las normas básicas están en la Constituciòn del Estado Libre Asociado. La Ley de la Judicatura de 2003. Y las Reglas de Procedimiento Civil de 2009. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Naturaleza del Derecho Procesal Civil 2. Normas de Carácter Instrumental Las normas del Derecho procesal son procesales, no sustantivas. EXCEPCIÒN: pago de costas, obligaciòn de terceros de declarar en juicio, ordenes protectoras. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Naturaleza del Derecho Procesal Civil Normas Impositivas Estricto Cumplimiento April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

III. Evolución Histórica Etapa Primitiva (Defensa Privada) Soberanía Española Soberanía Norteaméricana Fase Post Constitución E.L.A. (1952) Cap. 2, H.C., págs. 7-15 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Etapa Primitiva (Defensa Privada) Protección extrajudicial Sin intervención órganos del Estado April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Soberanía Española Fuero Juzgo de 1255 Código de las Siete Partídas (Alfonso X) (i) Tercera partida-jurisdicción (ii) Formalismo Ley Enjuiciamiento Civil de 1881- comenzó a regir en Puerto Rico y Cuba el 1 de enero de 1886. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Soberanía Norteaméricana Ordenes militares- dejaron vigentes la LEC de 1886. CEC 1904 (Códigos de Idaho, California y Montana) CEC 1933 (Proceds. Legales Especiales y Recursos Extraordinarios) Reglas de 1943- no derogaron expresamente CEC de 1933. * Traduccion de las Reglas Federales April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Etapa Post Constitución E.L.A. (1952) Facultad adopción reglas- (Art. V, sec. 6) Véase, H.C. pag. 14 Reglas de PC de 1958 Reglas de PC de 1979 (i) Derogaron las Reglas de 1958 (ii)14 leyes especiales (iii)Derogaron artículos de CEC de 1933 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Etapa Post Constitución E.L.A. (1952) Reglas de Procedimiento Civil de Nov. 2009 _Vigencia 1 de julio de 2010 _Derogan las Reglas de Procedimiento Civil de 1979 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

IV. Fuentes del Derecho Procesal Civil April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

IV. Fuentes del Derecho Procesal Civil Orígenes ¿De donde nacen los preceptos o normas jurìdicas consistente con el Derecho Procesal Civil? Constitución del E.L.A. Art. V del Poder Judicial; Art II seccs. 6, 7, 9 y 10 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Fuentes del Derecho Procesal Civil 2. Leyes y disposiciones aplicables (Cap. 3, H.C., Práctica Jurídica de P.R. Págs.21-22) 3. La jurisprudencia (Cap. 3, H.C., págs. 23) 4. Los principios generales del Derecho y la doctrina científica Cap. 3, H.C. Práctica Jurídica de Puerto Rico, pág. 22-23 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago 1. Constitución a. Procedimiento de adopción de las reglas procesales. (Art.V Const. E.L.A. Secc. 6 (HC pág. 14) b. Facultad Enmendatoria de la Legislatura. (Art.V Const. E.L.A. Secc. 6) c. Tribunal unificado. ( Ley Judicatura 2003) (Véase, pág. 47) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

2. Leyes y disposiciones aplicables Cap. 3, H.C., Práctica Jurídica de P.R. Págs 21-22 Ley de la Judicatura de Puerto Rico, 4 L.P.R.A., Sec. 1 y siguientes (Ley de la Judicatura de 2003 ( Ley 201 de 22 de agosto de 2003) Reglas de Procedimiento Civil de 2009 32 L.P.R.A. Ap. III April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Leyes y disposiciones aplicables Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico Reglamento del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico Reglas para la administración del Tribunal de Primera Instancia Reglas para casos civiles de Litigación Compleja April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago 3. La Jurisprudencia Cap. 3, H.C., pág. 23 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago 3. La Jurisprudencia Son fuentes obligatorias del Derecho Procesal las decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico y de los Estados Unidos; Son Fuentes persuasivas las decisiones del Tribunal de Apelaciones de P.R. y las del Tribunal de Apelaciones del Circuito de Boston de los EU; Son persuasivas las decisiones recogidas en el “Federal Rules Decisions”. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

4. Principios Generales del Derecho April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

4. Principios Generales del Derecho 1. Artículo 7 del Código Civil (31 LPRA sec.7); Vease H.C. a la pags. 22-23, sec. 304 2. La costumbre no es fuente; 3. Regla 72, RPC 2009: Al aplicar lo dispuesto en el Artículo 7 del Código Civil y la Regla 72 de las RPC del 2009 se recurrirá a la doctrina que recoge los principios generales del Derecho y del Procedimiento Civil;( H.C. a la pag. 23) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

4. Principios Generales del Derecho REGLA 72. CASOS NO PREVISTOS POR ESTAS REGLAS Cuando no se haya previsto un procedimiento específico en estas reglas, el tribunal podrá reglamentar su práctica en cualquier forma que no sea inconsistente con éstas o con cualquier disposición de ley aplicable. (Véase R. 72 RPC 1979) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

V. Principios Procesales April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

¿Cuales son los principios procesales? Impulsión Obligatoriedad, Celeridad y Economía Procesal Supletoriedad April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales 1. Impulsión y dispositivo Las partes son las que inician y dirigen el proceso con el fín de solucionar los conflictos entre los integrantes de la sociedad. EXCEPCIÓN: la intervención de un juez pues este es afín al sistema inquisitivo. RPC 2009 Filosofíia cambia RPC 2009 TS April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales 2. Obligatoriedad, celeridad y economía procesal -REGLA 1. ALCANCE DE ESTAS REGLAS Estas reglas regirán todos los procedimientos de naturaleza civil ante el Tribunal General de Justicia. Se interpretarán de modo que faciliten el acceso a los tribunales y el manejo del proceso, de forma que garanticen una solución justa, rápida y económica de todo procedimiento. (Véase R. 1, RPC 2009) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales _ Elementos importantes R. 1, RPC 2009 (Cf. R.1, Reglas de Proced. Civil de 1979) a. Aplicación en los procedimientos en el Tribunal General de Justicia. (Igual RPC 79) b. Faciliten manejo del proceso. (R. 37, RPC 09) (Diferente a la R. 1, RPC 79) c. Faciliten acceso tribunal. (Diferente a la R. 1, RPC 79) d. Solución justa, rápida y económica. (Igual ) Cap. 1, H.C. Práctica Jurídica págs 3-4 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales 3. Principio de supletoriedad; REGLA 53. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES Y RECURSOS EXTRAORDINARIOS Todos los procedimientos legales especiales, los recursos extraordinarios y cualesquiera otros procedimientos de naturaleza especial no incluidos en las Reglas 54, 55, 56, 57, 58, 59 y 60 se tramitarán en la forma prescrita en el estatuto correspondiente…….. (R 53, RPC 2009; y R 61 de las RPC 1979) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

3. Principio de supletoriedad ….En todo aquello que no resulte incompatible ni esté en conflicto con las disposiciones de dichos estatutos se aplicarán las disposiciones de estas reglas…….. (R 53, RPC 2009; y R 61 de las RPC 1979) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales 3. Principio de supletoriedad; R 53, RPC 2009 y R 61 de las RPC 1979 Aplicación en los procedimientos administrativos (i)*Romero v. Fondo, 125 D.P.R. 596; 90 JTS 31 (ii) Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (PAU) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Principios Procesales A. Aplicación en los Procedimientos Legales Especiales y Recursos Extraordinarios (R.61 PC, 1979) (i) Frente Independiente v. Comisión, 126 D.P.R. 309; 90 JTS 65 (aplican supletoriamente) (ii)*Ortíz v. Secretario, 115 D.P.R. 55 (1984) (aplican supletoriamente en los procedimientos de confiscación.) (iii) Pueblo v. Hernández, 91 JTS 93; 129 D.P.R. 472 (aplican los requisitos de notificación de las Reglas de P.C a casos bajo Ley Electoral) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago VI. Características Véase Cap. 1 y 3, H.C., págs 3-6, 22, 24-25 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago VI. Características Oralidad Inmediación Concentración Publicidad Impugnación Irrenunciabilidad Retroactividad Territorialidad April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 1. Oralidad Predominio del lenguaje, el uso de la palabra como medio de expresión atenuado por el uso de escritos. 2. Inmediación Un mismo juez en el caso desde el principio y hasta el final del pleito. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 3. Concentración del Acto del Juicio El momento clave del proceso es el juicio y la resolución de la controversia en sus méritos a través de una sola sentencia. Concentar todos los errores en un solo recurso, reducir al minimo recurrir de las resoluciones interlocutorias. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 4. Publicidad El proceso es público como regla general y transparente para concederle probidad. Los escritos son documentos públicos Las vistas son públicas (Regla 62, RPC 2009) EXCEPCIÓN: casos de relaciones de familia (e.g. – filiación, matrimonio o custodia) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 5. Impugnación El Derecho favorece que todos los errores o desacuerdos con las determinaciones de Tribunal se revisen una sola vez cuando ya se haya dictado sentencia. Así se evita la dilación de los procedimientos. Sentencia es lo que da finalidad al proceso. EXCEPCIÓN: ciertas resoluciones interlocutorias (e.g. sentencias relativas a reclamaciones o partes multiples, (Regla 42, RPC 2009) y Camaleglo vs. Dorado Wings, 118 DPR 20 (1986). April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 6. Celeridad Se refiere al tiempo necesario para el desenvolvimiento del proceso con arreglo a la complejidad del litigio. “…El tiempo es màs que oro, es Justicia” _ Véase R.1 RPC 2009 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características Coutere nos dice: “…que el procedimiento debe ser sencillo, probo y eficaz. El procedimiento lento, costoso, descontrolado y disperso es ineficaz como instrumento pùblico para mantener la paz social.” April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 7. Irrenunciabilidad Como regla general, las normas procesales no son renunciables; Hay que seguir el proceso prescrito; EXCEPCIÓN: se puede excusar la aplicación bajo el principio de flexibilidad (e.g.: prórroga a términos no jurisdiccionales). April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características 8. Retroactividad Las normas procesales son retroactivas contrario a las normas sustantivas; Una acción puede gobernar a su comienzo por unas normas y posteriormnte por otras si no ha concluído el proceso al entrar en vigor la nueva legislación. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Características Territorialidad o Nacionalidad: Regla General: -Las RPC aplican en los tribunales de P.R. -Los tribunales de P.R. no tienen jurisdicción sobre personas no domiciliadas. Excepción: Regla 4.7 RPC 1979 Regla 3.1 RPC 2009 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Finalidad del Derecho Procesal April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Finalidad del Derecho Procesal 1. Vigencia del Estado de Derecho; 2. Mantener la paz social mediante la solución de conflictos; 3. Certeza o seguridad; 4. Evitar la incertidumbre; 5. Eficacia del sistema judicial; 6. Economía procesal y celeridad. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Reglas de Procedimiento Civil adoptadas por el TS (Véase, 2009 TSPR 143; 176 DPR ___ (4 sept. 2009) (Reserva CAI; Twen Westlaw) April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Reglas de Procedimiento Civil de 1979 1- Cláusula Derogatoria, R.73 RPC 2009 _se derogan las Reglas de Procedimiento Civil de 1979, según enmendadas. 2- Vigencia; R. 74 RPC 2009 Las reglas comenzaron a regir el primero de julio de 2010. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Prof. Charles Zeno Santiago Reglas Proc. Civil 2009 (Reserva en la biblioteca) (Reserva electrónica CAI y TWEN)         April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Alternativas al Proceso Judicial 1. H.C. Práctica Jurídica, secc. 204, págs. 19-20 2. Ver informe del Secretariado de la Conferencia Judicial sobre Métodos Alternos para la Solución de Disputas 3. Centros Judiciales de solución de disputas 4. Reglamento de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos. April 17 Prof. Charles Zeno Santiago

Resúmen de reglas revisadas clase introductoria Regla 1, PC 2009 Regla 53, PC 2009 Regla 72, PC 2009 Regla 73, PC 2009 Regla 74, PC 2009 April 17 Prof. Charles Zeno Santiago