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Transcripción de la presentación:

NOM-052-FITO-1995, por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para presentar el aviso de inicio de funcionamiento por las personas físicas o morales que se dediquen a la aplicación aérea de plaguicidas agrícolas. Ing. José Martín Delgado Castillo Depto. de Promoción y Control de Establecimientos/ DGIAAP

OBJETIVO Establecer los requisitos, especificaciones y obligaciones fitosanitarias que deben cumplir las personas físicas o morales que se dediquen a la aplicación aérea de plaguicidas agrícolas, así como propietarios de pistas y/o aeronaves.

CAMPO DE APLICACION Las disposiciones de esta NOM son aplicables a los propietarios de pistas y/o aeronaves, y pilotos prestadores de servicios de aplicación aérea de plaguicidas que operan dentro del territorio nacional.

ESPECIFICACIONES 3.1 Procedimiento para presentar el aviso de inicio de funcionamiento. 3.3 y Verificación y certificación Para las aeronaves Para las aeronaves Para los pilotos Para los pilotos Para la empresa de aplicación Para la empresa de aplicación 3.2 Obligación de la empresa de presentar el aviso de inicio de funcionamiento y sus respectivos requisitos.

3.3.2 La empresa deberá solicitar cada año una verificación y certificación para mantener vigente su inscripción en el Directorio Fitosanitario. ESPECIFICACIONES La empresa deberá notificar a la Secretaría, la terminación de actividades de la empresa Cualquier modificación a las condiciones iniciales bajo las cuales se presentó el aviso de inicio de funcionamiento o certificación de cumplimiento, requerirá una nueva verificación y certificación.

REQUISITOS EMPRESA APLICADORA Razón social, domicilio, teléfono y fax. Comprobante de pagos de derechos, con la tarifa vigente estipulada en la Ley Federal de Derechos. Relación del equipo de aplicación, incluyendo cantidad y descripción. Carta compromiso, mediante la cual se acepta la obligación de prestar servicios profesionales ante la Secretaría en casos de emergencia y de inminente interés social. Cédula del registro federal de contribuyentes.

REQUISITOS PISTAS Nombre del propietario o apoderado legal. Copia del permiso vigente de la pista, otorgado por la dependencia oficial competente. Nombre de los propietarios y matrículas de las aeronaves. Area de influencia en que operan las aeronaves. Número y tipo de aeronaves. Plano de pista, incluyendo instalaciones y construcciones. Domicilio, teléfono y fax.

REQUISITOS PILOTOS Nombre y domicilio particular. Carta compromiso, acepta prestar servicios en casos de emergencia Zonas de operación durante el año. Aprobar la evaluación que aplique la Secretaría, a través de la DE, sobre conocimientos generales acerca de las partes que componen un equipo de aplicación y su funcionamiento. Copia de la parte de la bitácora de vuelo, en que se contengan un mínimo de diez horas de vuelo durante los últimos 6 vuelos. Copia de la licencia de piloto aeroagrícola o documento vigente, que acredite su capacidad para efectuar vuelos rasantes, expedida por la dependencia competente.

REQUISITOS AERONAVES Nombre del propietario o apoderado legal y domicilio Documento que señale la pista autorizada por la Dependencia Oficial competente, en la cual realiza sus maniobras, presentando croquis y ubicación. Copia de la tarjeta de aeronavegabilidad vigente, expedida por la dependencia competente. Tipo de aeronave, relación y descripción técnica del equipo de aplicación aérea de plaguicidas.

OBLIGACIONES DE LOS PILOTOS Aplicar únicamente plaguicidas con registro vigente Documento que señale la pista autorizada por la Dependencia Oficial competente, en la cual realiza sus maniobras, presentando croquis y ubicación Aplicar plaguicidas únicamente cuando las condiciones ambientales sean las propicias Que los plaguicidas se apliquen en apego a las condiciones establecidas en el registro, usos, dosis plagas a controlar e intervalos de seguridad Que el equipo de aplicación reúna las especificaciones técnicas para realizar una aplicación eficiente

OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Aplicar únicamente plaguicidas con registro vigente Llevar una bitácora de control de los plaguicidas utilizados, predio, cultivo, dosis empleadas, cantidad y contra qué plagas. Comprobar documentalmente la capacitación del personal que labora en la empresa, sobre buen uso y manejo de plaguicidas. No aplicar plaguicidas agrícolas caducos, prohibidos, adulterados o fuera de especificaciones. Cumplir con la normatividad vigente relativa a las empresas de aplicación aérea de plaguicidas agrícolas y equipos de aplicación

PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS DE APLICACIÓN AÉREA DE PLAGUICIDAS EMPRESA DE PLAGUICIDAS PRESENTA AVISO DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO ANTE LA SAGARPA (DELEGACIÓN) O UN TEF (20 días de iniciadas sus actividades) LA EMPRESA SOLICITA LOS SERVICIOS DE UN TEF RECONOCIDO EN LA MATERIA EL TEF REALIZA LA VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA Y EMITE UN DICTAMEN (60 días de presentado el aviso) SE OTORGAN 20 DIAS PARA REGULARIZAR ANOMALIAS SAGARPA EXPIDE EL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE NORMA - R E N O V A C I O N - LA EMPRESA PRESENTA A LOS 2 AÑOS ANTE LA SAGARPA LA SOLICITUD PARA LA CERTIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE NORMA LA EMPRESA SOLICITA UNA 2 da VERIFICACION LA SAGARPA REALIZA INSPECCION FITOSANITARIA (SE SANCIONA A LA EMPRESA) SI CUMPLE NO CUMPLE EL TEF REALIZA LA SEGUNDA VERIFICACION Y EMITE UN DICTAMEN SI CUMPLE NO CUMPLE