Observancia de nuevos estándares en materia de Propiedad Industrial y Contribución al desarrollo competitivo: Acciones y Planes de ONAPI Senado de la República.

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Transcripción de la presentación:

Observancia de nuevos estándares en materia de Propiedad Industrial y Contribución al desarrollo competitivo: Acciones y Planes de ONAPI Senado de la República Dominicana Comisión General Juan José Baez Director General Santo Domingo, 10 de junio de 2014

Contenido ONAPI: Modelo de Gestión; Propiedad Industrial: DR-CAFTA; Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual; Acciones en marcha.

Es una Institución adscrita al Ministerio de Industria y Comercio, con autonomía técnica y con patrimonio propio, que administra todo lo relativo a la concesión, al mantenimiento y vigencia de las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial (Patentes de Invención, de Modelos de Utilidad, Registro de Diseños Industriales y de Signos Distintivos). La ONAPI surge en mayo del año 2000, con la promulgación de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial.

Un sistema eficaz de Propiedad Industrial debe procurar: Garantizar la seguridad jurídica de los titulares de derechos mediante una observancia rigurosa de la legislación y procesos eficientes. Facilitar el acceso a la protección de la inventiva y creatividad nacional. Contribuir al aprovechamiento del desarrollo tecnológico por parte de nuestros nacionales con miras a generar bienestar y ser cada día más competitivos.

Modelo de Gestión Premio Iberoamericano a la Calidad 2010: Modelo FUNDIBEQ Planificación estratégica. Facilitar a los ciudadanos el acceso a nuestro servicios privilegiando el uso de la TIC. Gestión del Recurso Humano Alianzas y sinergias Sistema de Gestión de la Calidad basado en la Norma ISO 9001:2008 Supervisión rigurosa de los compromisos asumidos en virtud de los Acuerdos Comerciales.

Propiedad Industrial: DR-CAFTA

ONAPI ante el DR-CAFTA Capítulo 15: Modificación trascendental en el régimen de propiedad industrial en la República Dominicana. Rol activo en el proceso de implementación y adecuación legislativa: Ley 424-06 sobre Implementación del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América. Administración de nuevos Tratados de Propiedad Industrial. Formación del recurso humano en cooperación con Oficinas homologas y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Participación activa en los Comités interinstitucionales vinculados a PI y formuladores de políticas públicas. (Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Ministerio de Medio Ambiente, DICOEX, DGA, ONDA, entre otros) Fortalecimiento operativo de la ONAPI Fomento de una cultura de aprovechamiento de la PI.

Capítulo Quince: Tratados en Materia de Propiedad Industrial Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (1970) según su revisión y enmienda. En vigor desde el 28 de mayo del 2007. Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes. (1980). En vigor desde el 3 de julio de 2007. Tratado sobre el Derecho de Marcas (1994). En vigor desde el 13 de diciembre del 2011. Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (1991) (Convenio UPOV 1991). En vigor desde el 16 de junio de 2007. Responsable Ministerio de Agricultura (Ley 450-06).

Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) Desde el 28 de febrero del 2007, la República Dominicana puede ser designada automáticamente en todo solicitud internacional presentada a partir de esa fecha y nuestros nacionales tendrán derecho a presentar solicitudes en virtud del PCT, contemplando 2 fases: Fase internacional: nacional o residentes. Fase nacional/regional ante las Oficinas designadas. Administraciones de Búsqueda: Oficina Estadounidense de Patentes y Marcas (USPTO). Oficina Europea de Patentes (EPO). Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Sistema tradicional de patentes Solicitud de protección en el exterior 12 Solicitud de protección en el país Presentación general del procedimiento PCT (mes) Soli PCT Prioridad Publicación 18 16 12 30 Opinion Escrita de la ABI Reporte de Búsqueda Int International Preliminary Report on Patentability (IPRP ch.II) -established by IPEA- Reporte Internaciona Preliminar sobre patentabilidad (IPRP ch.I) -established by IB- ch.II international preliminary examination ? 22 No Si 28 Fase Nacional Fuente OMPI

Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) Este tratado introdujo figuras nuevas que no existían en la legislación nacional, como excepciones: Restablecimiento del Plazo a entrada en Fase Nacional, Restablecimiento de Derecho de Prioridad y la Incorporación por Referencia. Resolución No. DIR-01-2011 relativa a Aspectos del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, de fecha 26 de Noviembre del año 2011. Documentos a depositar en fase nacional Plazo para realizar el pago de la publicación nacional Plazo para realizar el pago de la primera tasa de mantenimiento de vigencia Criterios para la aplicación de la Restauración del Derecho de Prioridad Restablecimiento del plazo para el Derecho a la entrada en fase nacional Determinación de tasas para la incorporación Hasta la fecha la oficina ha concedido el Restablecimiento de plazos a 15 solicitudes que habían entrado fuera del plazo de los 30 meses previstos por el Tratado para acogerse a la fase nacional. Respecto las demás figuras, hasta el momento no hay precedentes. A los fines de lograr una implementación exitosa del indicado tratado y no pudiendo incluir por la vía reglamentaria los aspectos que este convenio contemplaba y que pudieran entrar en contradicción con nuestra ley nacional, ONAPI por conducto de su Directorio General y conforme sus atribuciones, emitió la

A la fecha: 40 solicitudes de Compensación (Denegadas) Patentes 15.9 DR-CAFTA Compensación del plazo de vigencia de las patentes de invención por retrasos irrazonables. En vigor a partir del 1 de marzo del 2008. Modificación del artículo 27 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial. “Derecho de exclusividad que otorga una patente es de 20 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud”. Bajo determinadas circunstancias y de manera excepcional (retraso irrazonable) previa evaluación de la Dirección de Invenciones de la ONAPI es posible que se extienda el plazo de protección de una patente hasta un máximo de 3 años. Supuestos: Dirección de Invenciones: otorgamiento del registro de una patente de más de 5 años desde la fecha de presentación de la solicitud o 3 años solicitud del examen de fondo. Dirección de Drogas y Farmacia: proceso de la primera aprobación de comercialización de un producto farmacéutico excede un plazo mayor a 2 años y 6 meses . (Verificación de la reducción del periodo de comercialización exclusiva) A la fecha: 40 solicitudes de Compensación (Denegadas)

Sólo pueden invocar la figura de la compensación del plazo de vigencia de una patente, las solicitudes que hayan tenido fecha oficial de presentación nacional a partir del 01 de marzo del año 2008 conforme a lo estipulado en el artículo 15.1.13 y 15.12.2 literal B) del capítulo 15 del DR-CAFTA, el artículo 2 y 33 de la Ley No. 424-06 de Implementación de dicho tratado, el artículo 2 del Código Civil y en observancia de lo prescrito en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) y el artículo 110 de la Constitución de la República Dominicana.

Estadísticas Invenciones Fuente Dpto. de Invenciones

Total 276 233 11 Fuente: Departamento de Invenciones, resoluciones emitidas durante los años señalados. Periodo: 15/02/2006 – 31/12/2013 Comprende el detalle de las concesiones y registros emitidos en el respectivo año.

Observancia 15.11 DR-CAFTA Medidas en frontera: Asistencia y Apoyo a la Dirección General de Aduanas mediante el acceso a información de los registros objeto de presuntas falsificaciones de marcas. Certificaciones de registros y participación en peritajes en procesos judiciales. Firma Convenio con la Escuela Nacional de la Magistratura. Mayo 2014.

Marcas 15.2 DR-CAFTA Marcas Colectivas e Indicaciones Geográficas 2007-2009 BID Programa para el Desarrollo de Ventajas Competitivas: Desarrollo de Marcas Colectivas con productores nacionales Rol Promotor ONAPI en cooperación con OMPI

Marcas 15.2 DR-CAFTA Denominaciones de Origen Indicación Geográfica Marca de Certificación Marca Colectiva

Marcas 15.2 DR-CAFTA Protección para marcas no tradicionales: Sonoras Olfativas Primeras Marcas Sonoras. (31-12-2009) Certificado No. 178150. SILBIDO DE TEXACO Certificado No. 178150. ACORDES TEXACO Titular: CHEVRON INTELLECTUAL PROPERTY LLC. Clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina, en especifico, servicio de información en el campo de la gasolina y aditivos para la gasolina.

Tratado sobre el Derecho de Marcas (1994) En vigor desde el 13 de diciembre del 2011. Implentación exitosa del Tratado sobre el Derecho de Marcas y el cual entró en vigor el 13 de diciembre del 2011. Simplificación y reducción de requisitos para el registro de marcas y otros signos distintivos. Destacan: La revisión de formularios y la creación de nuevos formularios como es el caso de servicio de renovaciones de marcas. Eliminación del requisito de presentar pruebas de uso en el proceso de renovación demarcas. Desarrollo de Mejoras del boletín Oficial mediante la creación de una sección digital especializada en la cual se incluye el detalle de los productos y servicios de los signos solicitados.

Registros de Marcas concedidas según Residentes Fuente: base de datos IPAS JAVA Periodo: 1/01/2008 – 31/12/2013

Información a diciembre 2013

Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual de la RD

Sistema de Propiedad Intelectual de la RD Estrategia de pi

Acciones en marcha Empoderar y lograr la implementación de la Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual. Difusión de la información tecnológica y publicación de Boletines de Vigilancia Tecnológica. Ampliar y fortalecer la oferta de servicios por vía de la TIC y Automatización en ONAPI. Fortalecer el Marco Normativo (Administración Electrónica, Reglamento de Aplicación de la Ley 20-00, Ley de Procedimientos Administrativos). Fortalecer las sinergias y ofrecer asistencia a otras oficinas de PI de la región. Estudio sobre Gestión de Activo de Propiedad Industrial. Manual de Diseño y Manual de Patentes. Actualización de las Guías – OMPI. Boletín Estadístico. Proyecto Jurisprudencia de ONAPI.

Reflexiones finales: Garantizar la institucionalidad y carácter eminentemente técnico de la ONAPI. Observancia rigurosa de los compromiso en materia de propiedad industrial. Desarrollo jurisprudencial sobre patentabilidad y alcance de la protección de una patente. Uso de flexibilidades para garantizar salud pública y condiciones de competencia. Apoyar el rol promotor en materia de propiedad industrial.