ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE DERECHO TRIBUTARIO Caracas, 08 al 11 de noviembre de 2006 Contenido Tributario de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación Arturo H. Banegas Masiá Caracas, Venezuela 10 de noviembre de 2006
Agenda Introducción Naturaleza de la contribución LOCTI Ciencia, Tecnología e Innovación Contribución o expoliación Naturaleza de la contribución LOCTI Elementos de la contribución LOCTI Vigencia de la contribución LOCTI Forma de pago de la contribución LOCTI Armonización de la contribución LOCTI Conclusiones
Ciencia, Tecnología e Innovación Artículo 110 de la Constitución Interés público Desarrollo económico, social y político del país, así como seguridad y soberanía nacional El Estado deberá destinar recursos suficientes El sector privado deberá aportar recursos para los mismos
Contribución o expoliación De 1999 al 2006, más de 50 instrumentos del poder central con contenido tributario ¿y el socialismo del s.XXI? Todo sistema tributario, se fundamenta en el concepto de la propiedad privada (que Karl Marx, de forma dialéctica, niega la propiedad privada sobre los medios de producción) Podría, sin embargo, argumentarse que la política fiscal venezolana, procura una mejor repartición de la riqueza. Pero el SENIAT reconoce una evasión del 30% Desorden fiscal Constitución de 1999 -- sistema de tributación más eficiente. Ello quiere decir, en palabras de la AVDT, que ‘no se requieren nuevos impuestos sino recaudar eficazmente los que existen’
Naturaleza del tributo LOCTI Sentencia caso: Inversora Makuren, C.A. v. CONAVI (SPA 27/07/2006): Son debidos a un ente público Son coactivos Procuran los medios precisos para cubrir las necesidades financieras de los entes públicos
Naturaleza del tributo LOCTI Exigido por el Estado sin contraprestación Ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo Se adeuda por el simple acaecimiento del presupuesto de hecho previsto en la norma, indistintamente del destino concreto que la ley le haya asignado Característica primordial: la materia gravada resulta independiente de toda actividad del Estado respecto del contribuyente
El tributo LOCTI es: Un IMPUESTO …independiente de toda actividad del Estado respecto del contribuyente
Elementos del impuesto LOCTI Sujeto activo: El Estado Sujeto Pasivo: Quienes comercialicen la propiedad intelectual de bienes y servicios Grandes empresas en hidrocarburos Grandes empresas en explotación minera y servicios eléctricos Grandes empresas Empresas extranjeras (inversión directa, o contrato ejecutados en Venezuela)
Elementos del impuesto LOCTI Hecho imponible: Para quienes desarrollen propiedad intelectual de bienes y servicios, comercializar dicha propiedad intelectual Para las empresas domiciliadas en Venezuela, tener ventas superiores a 100.000 UT Para las empresas extranjeras, por realizar inversiones directas o ejecutar contratos en Venezuela Base imponible: ingresos brutos Alícuota: Del 0,1% al 2%
Vigencia del impuesto LOCTI Según el Reglamento LOCTI (GO 38.544, 17/10/2006): Durante el ejercicio económico de 2006 Según el Código Orgánico Tributario Ejercicios económicos que se inicien después de la publicación del Reglamento La Ley Tributaria no puede ser retroactiva
Forma de pago del impuesto LOCTI “Las Grandes Empresas deberán inscribirse por ante el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por ante el Ministerio con competencia en la materia de ciencia y tecnología, o el ente adscrito designado por dicho Ministerio,…” (Art. 3º, RLOCTI) Mediante el cumplimiento de las actividades o proyectos previstos en el artículo 42, LOCTI Transferencias Administración directa Prestación de servicios o suministro de bienes Aporte al Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (Art. 152, LOTel) Libros auxiliares o Registros contables auditables
Armonización del impuesto LOCTI Ley de Impuesto sobre la Renta Es un gasto deducible Ley del impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos No está gravado Ley Orgánica de Telecomunicaciones El aporte al Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (Art. 152, LOTel) es imputable al pago del impuesto LOCTI
Conclusiones Abuso de la fiscalidad por parte del Estado para cubrir los problemas que surgen de la mala administración de los recursos—mayores presiones tributarias La contribución de la LOCTI es un impuesto El impuesto LOCTI es del tipo directo a las ventas El impuesto LOCTI es exigible sólo después de publicado el Reglamento Lo pagado por concepto de este impuesto puede ser deducido de la renta Lo pagado por concepto de este impuesto no pueden ser gravados por la Ley del impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos. El aporte pagado por el artículo 152 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones es imputable al pago del impuesto LOCTI
Gracias… www.palaciosortega.com