Unidad Especializada en

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Transcripción de la presentación:

Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado

Temario Organización Ministerio Público Creación y fusión de la Unidad Trabajo con Fiscales en las regiones. Investigaciones en los temas de competencia de la Unidad. Breves referencias a la investigación del delito de lavado de dinero en la ley 19.913.

Esquema general de la transición en la aplicación del nuevo sistema procesal penal fecha de la entrada en vigencia de las atribuciones del nuevo M.P.   IV y IX Regiones..................16 de diciembre de 2000 II, III, y VII Regiones......... 16 de octubre de 2001. I, XI, XII, Regiones..……...…16 de diciembre de 2002. V,VI, VIII, y X Regiones............ 16 de diciembre de 2003. Región Metropolitana ............... 5 de junio de 2005.   Delitos que comenzaron su ejecución antes de la entrada en vigencia del nuevo sistema procesal penal. CDE Fiscales del Ministerio Público

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO Fiscal Nacional Fiscales Director Ejecutivo Regionales Nacional Fiscales Directores Jefatura de Unidad Especializada División de Adjuntos Ejecutivos gabinete en Control de Tráfico Administración y Regionales de Drogas Finanzas Unidad de Asesoria Jurídica Unidad Especializada en División de Atención a Lavado de Dinero, Delitos las Víctimas y Testigos Económicos y Crimen Unidad de Asuntos Organizado División Contraloría Internacionales Interna Unidad Especializada en Delitos Funcionarios y Unidad de Asesoria Probidad División de Estudios Comunicacional Evaluación, Control y Desarrollo de la Gestión Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violentos División de Informatica División de Recursos Humanos

Creación de la Unidad Regulación de las Unidades Especializadas Dirigidas por un Director, designado por el Fiscal Nacional, previa audiencia del Consejo General. Función primordial de éstas es colaborar y asesorar a los fiscales que tengan a su cargo la dirección de la investigación de los delitos que sean de su competencia. Reglamento aprobado por resolución Nº153 de año 2000

Origen de la Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado Consejo General del Ministerio Público de 16 de noviembre de 2001 apoya su creación, la que se produce por resolución del Fiscal Nacional Nº 289 del 14 de diciembre de 2001. Se designó primer Director de esta Unidad al señor Mauricio Fernández Montalbán a contar del 1° de Enero de 2002, por medio de resolución del Fiscal Nacional N° 811 del 19 de Diciembre del 2001. Consejo General de Fiscales de sesion 8 y 9 de enero de 2004 fusiona las unidades Especializadas de Lavado de Dinero y Crimen Organizado y la Unidad Delitos Economicos, la que se produce por resolusión del Fiscal Nacional N° 13 del 12 enero de 2004

No es operativa. Apoya en investigaciones. Coordinación nacional. Los Fiscales especializados han sido nombrados por el Fiscal Nacional.

Temas de competencia de la Unidad

Temas de competencia de la Unidad

Jefe de Área Delitos Económicos y C.O. Jefe Área Lavado de Dinero Organigrama Unidad de Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado DIRECTOR Subdirector Jefe de Área Análisis Jefe de Área Delitos Económicos y C.O. Jefe Área Lavado de Dinero Abogados Analistas Abogados Asistentes

Principales Funciones de la Unidad Colaborar y asesorar a los Fiscales Adjuntos que tengan a su cargo la dirección de la investigación de estos delitos. Proponer al Fiscal Nacional la elaboración y adecuación de las instruciones para el adecuado cumplimiento de las tareas de investigación y para el ejercicio de la acción penal en estas materias. Afianzar la relación entre el Ministerio Público y los distintos organismos públicos y privados vinculados a los temas propios de esta unidad así como con las policías que desempeñen en el área respectiva. Coordinar procesos de trabajo relativos a la investigación de este tipo de ilicitos, en aras de una instrucción penal más eficiente y expedita. Mantener y coordinar las relaciones con la Unidad de Ánalisis Financiero y recibir los antecedentes sobre operaciones sospechosas de Lavado de Dinero.

Apoyo de la Unidad Especializada : Visión Global de las investigaciones desarrolladas en el país. Inteligencia, análisis de información y generación de bases de datos. Investigaciones Patrimoniales Coordinación con otras instituciones.

Estructura de persecución criminal Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado. (apoyo y coordinación) Fiscales Adjuntos Especializados en cada Fiscalía Local (dirección investigación)

Trabajo complementario - Inicio investigación Unidad en Santiago Reunión antecedentes Análisis información Coordinaciones Asesoría al Fiscal Fiscales Adjuntos Especializados - Inicio investigación Reunión medios de prueba para juicio Formalización Acusación Sentencia

Asesoría a Fiscales Adjuntos En materia sustantiva: Doctrina Jurisprudencia Instructivos y oficios Fiscal Nacional En materia adjetiva: Coordinación con instituciones públicas o privadas. Coordinación con Brigadas especializadas. Recopilación y análisis de antecedentes.

El día 18 de diciembre de 2003, se publicó en el Diario Oficial la Ley 19.913 que crea la Unida de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado de dinero.

La ley 19.913 regula el delito de lavado de dinero en su artículo 19 y la asociación ilícita para cometerlo en el artículo 20.

Los delitos bases del lavado son: Delitos bases de lavado de dinero: a Los delitos bases del lavado son: Delitos bases de lavado de dinero: a.- Delitos contemplados en la Ley 19.366, que sanciona el Tráfico Ilícito de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes.    

b. - Delitos contemplados en la Ley 18 b.- Delitos contemplados en la Ley 18.314, que Determina Conductas Terroristas y Fija su Penalidad.

c. - Los contemplados en el artículo 10 de la ley 17 c.- Los contemplados en el artículo 10 de la ley 17.798, sobre control de armas.

d. - Delitos contemplados en el Título XI de la ley 18 d.- Delitos contemplados en el Título XI de la ley 18.045, sobre mercado de valores, entre ellos los relacionadas con el otorgamiento y obtención de antecedentes o certificaciones falsas, el uso de información privilegiada y la revelación de ésta, utilización de valores entregados en custodia.

e.- Delitos contemplados en el Título XVII del Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de Hacienda, de 1997, Ley General de Bancos, esto es conductas relativas a la presentación, utilización, entrega o declaración de información o datos falsos por parte de directores, gerentes, accionistas fundadores, empleados o auditores externos de una institución financiera sujeta a fiscalización de la Superintendencia respectiva.

f.-Delitos de los párrafos 4,5,6 y 9 del Título V del Libro II del Código Penal, esto es: Prevaricación, Malversación de caudales públicos, Fraudes y exacciones ilegales y Cohecho.

g.- Delitos contemplados en los artículos 141, 142, 366 quáter, 367 y 367 bis del Código Penal, esto es: Secuestro, Sustracción de menores, Exhibición de actos de significación sexual ante un menor de edad, Favorecimiento de la prostitución y Favorecimiento del tráfico de personas

VISION GENERAL SISTEMA ANTILAVADO Sujetos obligados (25 tipos) Fiscal Especializado I Región 3 II Región 1 III Región 2 IV Región 2 V Región 4 VI Región 2 VII Región 3 VIII Región 4 X Región 2 XI Región 1 XII Región 1 Denuncia Querella De Oficio Investigaciones Preliminares Formalizadas ROS Unidad especializada en lavado de dinero Unidad de Análisis Financiero ROS Consejo de Defensa del Estado (R.M. hasta 2005) ROS Policía Especializada

Área de Análisis 2002: 1 Analista Financiero 1 Analista Tributario 1 Analista Informático 2004. 5 Analistas 4 Asistentes de Análisis

Área de Análisis Fuentes de información. Desarrollo Validación Procedimientos de trabajo Administración de la Información

Área de Análisis Sistema de Apoyo Gestión de Casos Seguimiento de oficios Gestión de Consultas Watson, Intelligence analysis Presupuestos Sistema de Apoyo a Fiscales (SAF)

Apoyo en Casos Levantamiento fuentes abietas Análisis de información puntual y global Levantamiento de fuentes mixtas, sin autorizacion Judicial Análisis de situación financiera y tributaria, contrarrestado con lo declarado. Levantamiento de fuentes cerradas Procesamiento y análisis de la información. Estudio de peritajes a presentar en Juicio.

UAF Sujetos Obligados no asociados Productos sensibles no sistematizados No poder solicitar información a otra institución o sujeto Volumen de información