Riesgos del Sistema General de Pensiones para entidades territoriales

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Transcripción de la presentación:

Riesgos del Sistema General de Pensiones para entidades territoriales Néstor Mario Urrea Duque Subdirector De Apoyo al Saneamiento Fiscal Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Ministerio de Hacienda y Crédito Público Octubre de 2009 1

Obligaciones de las entidades territoriales CONTENIDO Definición del problema Pensional Colombiano desde el punto de vista fiscal. Obligaciones de las entidades territoriales Elementos legales para solventar la crisis Marco Legal Pensional Diagnostico y posibles resultados del mismo. Soluciones estructurales a los problemas definidos. 2

¿ Qué es el Pasivo Pensional? Son todas aquellas obligaciones compuestas por los bonos pensionales, el valor correspondiente a las reservas matemáticas de pensiones y las cuotas partes de bonos y de pensiones.

¿ Qué es un Bono Pensional ? Es un título valor, mediante el cual se garantiza el cómputo de todos los tiempos laborados con anterioridad a la selección de cualquiera de los dos regímenes pensionales creados por la Ley 100 de 1993. *

¿ Qué es una Cuota Parte ? Es la parte del valor de la pensión que debe canceladar la caja, fondo o entidad a la cual estuvo afiliado el servidor público o por la entidad de derecho público a la cual prestó sus servicios, a prorrata del tiempo cotizado o servido en dichas entidades.

PASIVO PENSIONAL DE LAS E.T. millones de pesos Diciembre de 2008 Fuente : Regulación Financiera de la Seguridad Social, MHCP Equivale al 14% del PIB o 1.7 veces los ingresos de las E.T.

El cubrimiento en las E.T. ha aumentado Cifras en millones de pesos a 31 Diciembre de 2008 Fuente : Regulación Financiera de la Seguridad Social, MHCP

Razones Determinantes del problema Pensional Insuficiencia de reservas económicas Afiliaciones Falsas o multi-afiliaciones al sistema Problemas en procesos de archivo y correspondencia de las entidades Información incorrecta, improcedente y/o incompleta. Falta de Información para Bonos Pensionales y cuotas parte Control de Temporales (informalidad laboral)

ELEMENTOS DE LA REFORMA PENSIONAL COLOMBIANA

MARCO LEGAL GENERAL Ley 100 de 1993. Decreto Ley 1299 de 1994 Decreto Ley 1314 de 1994 Ley 549 de 1999 Ley 863 de 2003 Ley 797 de 2003 Ley 1066 de 2006

Creación de la obligatoriedad de aportar al Sistema General de Pensiones, y recursos punibles por la posible omisión de este mandato. Creación del Fondo Territorial de pensiones FONPET Posibilidad de desahorrar con el fin de pagar bonos pensionales y cuotas parte de bonos pensionales con el dinero de la provisión de dicho fondo. Posibilidad de revisar y legalizar las pensiones otorgadas Creación de la prescripción de cobro de acreencias laborales actuariales.

Seguridad Social en Colombia La Ley 100 de 1993, crea el Sistema de Seguridad Social en Colombia y lo divide en tres grandes temas materia de estudio independiente por su naturaleza y reglamentación. Pensiones Salud Riesgos Profesionales. 12

Objetivos de la Ley 100 de 1993 en materia de regulación pensional Lograr equilibrio fiscal Aumentar cobertura y mejorar la equidad Fortalecer el sistema financiero Mejorar la eficiencia en el manejo de recursos: Definir los regímenes pensionales Controlar la evasión y elusión de pagos de aseguramiento. 13

5. Todo lo anterior aunado a que en el articulo 52 de La ley 100 de 1993 se establece que: “ el único administrador del régimen solidario de prima media con prestación definida será el Instituto de Seguros Sociales“. *

¿Qué es el FONPET? Es un fondo sin personería jurídica administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Creado como un mecanismo de ahorro obligatorio conformado con recursos nacionales y recursos territoriales que buscan constituir en un término no mayor a 30 años la reserva del pasivo pensional (Art. 3 de la ley 549 de 1999)

¿ El FONPET se hará responsable del pasivo? No. La responsabilidad por los pasivos pensionales territoriales corresponderá a la respectiva E.T. El FONPET es un mecanismo de garantía para la constitución de las respectivas reservas.

Marco Legal de Acceso a los recursos del FONPET Decreto 1308 del 21 de mayo de 2003 Decreto 4105 del 09 de diciembre de 2004 Decreto 946 del 30 de marzo de 2006

Requisitos para el Des- Ahorro de FONPET (D. 1308 de 2003. Modf. D Requisitos para el Des- Ahorro de FONPET (D. 1308 de 2003. Modf. D. 032 de 2005) Todos los Servidores públicos de la entidad están afiliados al SGP, y al día en el pago de aportes La entidad se encuentra al día en el pago de obligaciones pensionales (mesadas, bonos pensionales, y cuotas parte hasta año anterior vencido) La entidad ha reconocido las obligaciones pensionales con fundamento en normas aplicables. La entidad ha cumplido con el envío de Información Semestral en el programa PASIVOCOL

PASIVOCOL Es un software que permite registrar la información de las historias laborales de los funcionarios activos, retirados y pensionados de las E.T. Permite el Cálculo Actuarial de la deuda pensional de la entidad. La DRESS del Ministerio de Hacienda brinda asesoría y soporte técnico gratuito. (Dra. Yolanda Machado 3811700 Ext. 2330, c-yolma@minhacienda.gov.co  ) 

Ley 797 de 2003 Fundamenta y promueve la revisión de legalidad de pensiones territoriales por autonomía administrativa. Posibilita la revocatoria de pensiones otorgadas incorrectamente, por solicitud de la E.T. a las altas cortes, a través de entidades como el Ministerio de Protección Social y de Hacienda y Crédito Publico (Art. 19 y 20).

Ley 1066 de 2003 Para aquellas entidades que hayan reconocido y pagado efectivamente una acreencia pensional “El derecho al recobro de las cuotas partes pensionales prescribirá a los tres (3) años siguientes al pago de la mesada pensional respectiva.” (articulo 4to), salvo que la prescripción haya sido interrumpida.

Procedimiento de Cobro y/o recaudo. Las Administradoras del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, (como es el caso de las E.T.) están facultadas para ejercer el cobro coactivo de las cuotas partes pensionales a través del proceso de jurisdicción coactiva establecido en los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo, y 561 a 568 del Código de Procedimiento Civil.

Un ejemplo práctico Los elementos de diagnóstico para determinar el problema pensional de una entidad serán: Para el pasivo pensional actuarial: Proceso de Correspondencia Archivo Avances de PASIVOCOL Existencia de Convención Colectiva

b. Para el pasivo pensional corriente: Proceso de archivo Existencia de Convención Colectiva y formulación de: Preguntas Generales Numero de pensionados de la Entidad Tiempo de Fundación de la Entidad Acciones Previas de Revisión de Legalidad Ha existido Cobro y/o recaudo de cuotas parte o de Bonos pensionales etc.…

Produciendo lo anterior probablemente el siguiente resultado: Para pasivo actuarial: El impago de obligaciones pensionales creadas, como bonos pensionales y cuotas parte. El desconocimiento por parte de las entidades de la producción de cobros. La incapacidad institucional para contestar en términos de procedimiento los requerimientos causados.

b. Para pasivo corriente: Documentación faltante en carpetas de pensionados. Irregularidad de Pensiones otorgadas. Documentación irregular Liquidación excesiva Estatus intemporales Existencia de declaraciones extrajuicio* Convenciones Colectivas Excesivas Pensiones otorgadas sin requisitos de ley

Soluciones a las situaciones planteadas: Para pasivos actuariales: Definir de forma detallada un proceso básico de recibo, seguimiento y control de correspondencia que permita reconocer la llegada de los cobros a la entidad. Establecer una organización general de información de archivo que permita la consulta de la información de cobro recibida, en el proceso anterior. Delinear procesos legales internos de respuesta inmediata a los cobros recibidos por concepto de bonos pensionales y cuotas parte.

b. Para pasivo corriente. Revisión documental de carpetas de hojas de vida de pensionados Revisión de legalidad de pensiones Demanda de la Convención colectiva (en caso de ser necesaria) Revocación de Actos de carácter particular y concreto Suspensión provisional de pagos de mesadas (en caso de encontrar irregularidades) Revocatoria de pensiones reconocidas irregularmente

REVISION DE LEGALIDAD DE PENSIONES 1ra. Etapa a. Definición de un equipo mínimo de funcionarios que abordarán la revisión general de las pensiones. b. Revisión Documental de Hojas de Vida de Pensionados c. Recuperación de Documentos faltantes d. Organización de los documentos en cada hoja de vida, según tipo de pensión.

2da. Etapa Verificación del cumplimiento de requisitos mínimos para acceder al derecho, según tipo de pensión, conforme a las indicaciones tratadas durante los talleres. b. Revisión de legalidad, de acuerdo al régimen pensional Colombiano de las pensiones otorgadas por la entidad territorial.

RESPONSABILIDAD Penal: Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a la Nación y a las E.T. o descentralizadas, o a las privadas que cumplan funciones públicas, los funcionarios serán responsables de los daños que causen por culpa grave o dolo en el ejercicio de sus funciones.(Código Contencioso Administrativo). Fiscal (Estatuto Orgánico del Presupuesto) Disciplinaria (Código Único Disciplinario)

MUCHAS GRACIAS 32