Sistema Integral de Pensiones

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1 Edad: 58 años. Se aplica la reduccion de edad por hijo nacido vivo para mujeres. Hasta 3 hijos. DENSIDAD DE APORTES MINIMA: 10 AÑOS Se tomaran en cuenta.
Transcripción de la presentación:

Sistema Integral de Pensiones Ley Nº 065 de Pensiones Del 10/12/10 Hipatia Samur Rivero Santa Cruz, 27 de Junio de 2014

Temas de desarrollo Sistema Integral de Pensiones - SIP Ley Nº 065 de Pensiones - Decreto Supremo 0778 Sistema Integral de Pensiones - SIP Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Prestaciones del SIP y Financiamiento Principales mejoras de la Ley Nº 065 Pensiones

Sistema Integral de Pensiones Principios de la Seguridad Social de Largo Plazo La presente Ley tiene como base los siguientes principios: Universalidad Sostenibilidad Solidaridad

Sistema Integral de Pensiones Regímenes de la Seguridad Social de Largo Plazo Se Implementa un Sistema Integral de Pensiones, compuesto por los Regímenes No Contributivo, Contributivo y Semicontributivo. No Contributivo Renta Dignidad Contributivo Pensión de Vejez Semi - contributivo Pensión Solidaria

SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL Sistema Integral de Pensiones Regímenes de la Seguridad Social de Largo Plazo SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL OBJETIVOS 1. Social: Crear un sistema de pensiones autofinanciado 2. Crear un sistema seguro y eficiente frente a las contingencias propias de largo Plazo El Seguro Social Obligatorio, es el medio para asegurar la subsistencia de las personas y sus derechohabientes!

al Sistema Integral de Pensiones Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Cálculos Empleador Asegurados Dependiente Asegurado Independiente Aporte Nacional Solidario

Aporte Patronal Solidario Aporte Solidario Minero, cuando corresponda Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Empleador – Asegurados dependientes Contribución Patronal: Las contribuciones que tiene que realizar mensualmente el Empleador al Sistema Integral de Pensiones por sus Trabajadores Dependientes con cargos a sus propios recursos son: Aporte Patronal Solidario 3 % Total 4.71 % Riesgo Profesional 1.71% Aporte Solidario Minero, cuando corresponda 2%

Cuenta Personal Previsional Aporte Solidario del Asegurado Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Empleador – Asegurados dependientes Contribución del Asegurado: Con cargo a recursos de sus Trabajadores Dependientes, deberá deducir, actuar como agente de retención y pagar mensualmente a la AFP que corresponda, del Total Ganado de sus dependientes lo siguiente: Cuenta Personal Previsional 10% Riesgo Común 1.71% Total 12.71 % Comisión 0.5% Aporte Solidario del Asegurado 0.5% Aporte Bs.13.000 Nacional Salarios: Bs. 25.000 Solidario Bs. 35.000 1% 5% 10%

Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Empleador – Asegurados dependientes TOTAL GANADO 3.000 CONCEPTO APORTE PATRONAL APORTE LABORAL % del Total Ganado (TG) Monto Bs. Aporte Patronal Solidario 3% 90,00   Aporte Minero Solidario 2% 0,00 Prima por Riesgo Profesional 1,71% 51,30 Cotización Mensual 10,00% 300,00 Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 15,00 Prima por Riesgo Común Prima por Riesgo Laboral Comisión por Administración Aporte Nacional Solidario 1,00% 5,00% TOTAL A PAGAR 141,30 381,30 TOTAL APORTES 522,60

Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Asegurados dependiente – Aporte Nacional Solidario TOTAL GANADO 36.000 CONCEPTO APORTE PATRONAL APORTE LABORAL % del Total Ganado (TG) Monto Bs. Aporte Patronal Solidario 3% 1.080,00   Aporte Minero Solidario 2% 0,00 Prima por Riesgo Profesional 1,71% 615,60 Cotización Mensual 10,00% 3.600,00 Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 180,00 Prima por Riesgo Común Prima por Riesgo Laboral Comisión por Administración Aporte Nacional Solidario 1,00% 230,00 5,00% 550,00 100,00 TOTAL A PAGAR 1.695,60 5.455,60 TOTAL APORTES 7.151,20

Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Asegurados Independientes - Consultores TOTAL GANADO 3.000 CONCEPTO APORTE PATRONAL APORTE LABORAL % del Total Ganado (TG) Monto Bs. Aporte Patronal Solidario 3% 0,00   Aporte Minero Solidario 2% Prima por Riesgo Profesional 1,71% Cotización Mensual 10,00% 300,00 Aporte Solidario del Asegurado 0,50% 15,00 Prima por Riesgo Común 51,30 Prima por Riesgo Laboral Comisión por Administración Aporte Nacional Solidario 1,00% 5,00% TOTAL A PAGAR 432,60 TOTAL APORTES

Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones Total Ganado y Total Solidario TOPE SALARIAL: La declaración del Total Ganado y Total Solidario en el SIP debe considerar lo siguiente: Tope máximo de sesenta (60) Salarios Mínimos Nacionales vigentes, será considerado para los efectos del cálculo del Total Ganado y el pago de las contribuciones Laborales y Patronales: 10% de la Cotización Mensual a la Cuenta Personal Previsional, 1.71% de Riesgo Común 1.71% de Riesgo Profesional 0.5% Comisión 3% Aporte Patronal Solidario 0.5% Aporte Solidario del Asegurado No existe Tope Salarial, para efectos del cálculo del Total Solidario y el pago del 1%, 5% y 10% de las personas cuyos ingresos superan Bs. 13,000, correspondiente al Aporte Nacional Solidario del dependiente

Prestaciones y Beneficios SIP Pensión de Jubilación Pensión por Muerte Pensión por Invalidez Gastos Funerarios

Prestaciones de Jubilación Régimen Contributivo – Pensión de Vejez Régimen Semicontributivo – Pensión Solidaria Requisitos y cálculos

ANTES de los 58 años cuando Régimen Contributivo Cuentas Individuales Sistema de Cuenta Individual Es el Sistema que brinda prestaciones de la Seguridad Social de Largo Plazo con base al: Ahorro de los Aportes Rentabilidad Comp. Cotizaciones Pensión de Vejez con Cuenta Individual Requisitos: ANTES de los 58 años cuando PENSION ≥ CC Compensación de Cotizaciones FSA Fracción de Saldo Acumulado 60% Referente Salarial A partir de los cincuenta y ocho (58) años, aún sin cumplir el requisito señalado precedentemente, el Asegurado podrá acceder a una Pensión de Vejez con la Fracción de Saldo Acumulado más su Compensación de Cotizaciones Mensual cuando corresponda.

Cuenta Personal Previsional Régimen Contributivo Pensión de Vejez Requisitos de acceso 1) Asegurados al SSO o SIP Cuenta Personal Previsional Aportes Rendimientos Pensión Sin requisito de edad 60% de Referente Salarial 2) Asegurados con aportes al Sistema de Reparto 55 años hombres; 50 años mujeres. 60% de Referente Salarial Certificado de CC emitido y registrado- Asegurados con 58 años de edad. Beneficios: Sin requisito de 60% del RS Mínimo 10 años de Aportes Pensión de Vejez. Pensión por Muerte. -Gastos Funerarios. Monto mayor a la Pensión Solidaria

Compensación de Cotizaciones Fracción de Saldo Acumulado Régimen Semicontributivo Requisitos para la Pensión Solidaria Pensión Solidaria = CC Compensación de Cotizaciones FSA Fracción de Saldo Acumulado FSOL Fracción Solidaria Pensión Solidaria de Vejez Edad de acceso: 58 años, Mujeres: Un año de reducción por cada hijo nacido vivo hasta un máximo de tres hijos. Densidad de aportes mínima: 10 años Se tomarán en cuenta los aportes al sistema de reparto, al sistema de capitalización individual (de las AFP’s) y los aportes realizados con posterioridad a la promulgación de la nueva Ley de Pensiones. Referente Salarial: promedio de los 24 últimos aportes Pensión de Jubilación dentro del área de la Pensión Solidaria: 20 años de aportes = 60% del Referente Salarial. 25 años de aportes = 65% del Referente Salarial. 30 años de aportes o más = 70% del Ref. Salarial. Se aplica los límites inferior y superior (ver Escalas de la Pensión Solidaria)

Ejemplo Cálculo de la Pensión Solidaria de Vejez A continuación se detalla el cálculo de pensión con la actual Ley Nº 065 de Pensiones: Trabajador. 58 años de edad, que a la fecha tiene 30 años de aportes. Realizó 20 años de aportes al Sistema de Reparto (hasta abril de 1997). Realizó 10 años de aportes al Seguro Social Obligatorio (administrado AFP’s) Ultimo total ganado Bs3.000 Promedio Salarial de las últimas 24 boletas de Pago Bs2.930 CC Bs560 FSA Bs300 FSOL Bs1.190 PJUB Bs2.050 La Pensión de Jubilación actual Bs2.050 alcanza al 70% del promedio de las últimas 24 papeletas CC: Compensación de Cotizaciones FSA: Fracción de Saldo Acumulado PJUB: Pensión de Jubilación

Pensión Solidaria Fuentes de financiamiento de la Pensión Solidaria La Fracción Solidaria tiene las siguientes fuentes de financiamiento: Aporte patronal de 3% sobre el total ganado de todos los trabajadores del sector público y privado. Aportes Laboral de 0,5% sobre el total ganado de todos los trabajadores con destino al Fondo Solidario. 20% de la recaudación de primas de riesgos previsionales, lo que no afecta la otorgación ni el financiamiento de las pensiones por invalidez y muerte financiadas por Riesgo Profesional y Riesgo Común. Aporte solidario de trabajadores dependientes y personas naturales que tienen ingresos altos, a partir de: (Bs13.000) (Bs25.000) (Bs35.000) Recursos constituidos en la Cuenta Básica Previsional (a septiembre 2010 son Bs602 millones).

Fondo Colectivo de Riesgo Prestaciones de Invalidez y Muerte Por Riesgo Común Por Riesgo Profesional Por Riesgo Laboral Gastos Funerarios

Fondo Colectivo de Riesgos Riesgo Común, Profesional y Laboral Son los seguros colectivos y solidarios para los Asegurados (as) al Sistema Integral de Pensiones que se invalidan o fallecen por accidente o enfermedad y que previo cumplimiento de requisitos, acceden a prestaciones de invalidez o sus derechohabientes a prestaciones por muerte. Se financian: Riesgo Común: aporte de 1,71% Asegurados Dependientes e Independientes Riesgo Laboral: aporte de 1,71 Asegurado Independientes Riesgo Profesional: aporte de 1,71% Empleador por Asegurados Dependientes

Fondo Colectivo de Riesgos Riesgo Común Seguros Colectivos-Riesgo Común Fondo Colectivo de Riesgos Riesgo Común Pensión por Invalidez Parcial Pensión por Invalidez Total Pensión por Gran Invalidez Aporte mensual del 10% Cuenta Personal Previsional 50% <= Invalidez <60% Invalidez >= 60% Invalidez >= 80% Gastos Funerarios Pensión por Muerte Bs1,800.- 70% del RSR Cobertura hasta 12 meses computados desde que se dejó de pagar las primas. Para la verificación de requisitos se considera únicamente las primas pagadas anteriores a la fecha de invalidez

Fondo Colectivo de Riesgos Riesgo Profesional Seguros Colectivos-Riesgo Profesional Fondo Colectivo de Riesgos Riesgo Profesional Pensión por Invalidez Parcial Pensión por Invalidez Total Pensión por Gran Invalidez Aporte mensual del 10% Indemnización Global Cuenta Personal Previsional 10%<= Invalidez<25% 25%<=Invalidez<60% Invalidez>=60% Invalidez >=80% Gastos Funerarios Pensión por Muerte Bs1,800.- 100% del RSR

Beneficios contributivos por Concurrencia Hasta los 65 años de Edad Asegurados con pensión de invalidez Cumple Requisitos Pensión de Vejez o Pensión Solidaria

Principales CAMBIOS Ley 065 Principales mejoras de la Ley Nº 065 de Pensiones

Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones Pensión Solidaria Orientada a favorecer a personas con bajos ingresos, sustentado en una política de redistribución de ingreso. Sostenibilidad Cuenta con fuentes de financiamiento vinculadas a la actividad económica de largo plazo y políticas de redistribución de ingreso. Equidad - Género Reconoce los periodos de gestación de las mujeres, con la flexibilización de requisitos para el acceso a la Pensión Solidaria o un incremento en su cuantía. Para el cálculo de prestaciones en el Sistema Integral de Pensiones, se aplicará una tabla de mortalidad única para hombres y mujeres, de acuerdo a reglamento.

Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones Apoyo PyMEs Flexibilización de Requisitos Antes de los 58 años, se requiere financiar sesenta (60%) de Referente Salarial. A partir de los 58 años, aún sin cumplir el requisito señalado. Incremento en la Cobertura Acceso de trabajadores Independientes, choferes, gremiales, artesanos, campesinos, etc. Retiros Temporales, Parciales y Totales de aportes voluntarios y adicionales. Mejoras en el acceso a Pensiones de RP y RC Se amplía la cobertura para casos de enfermedad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes. Implementa Invalidez parcial por Riesgo Común. Implementa suplemento por Gran Invalidez. Apoyo PyMEs Hasta el cinco por ciento (5%) de los recursos de cada Fondo de Ahorro Previsional, puede ser invertido en Valores o Instrumentos Financieros emitidos por pequeñas y medianas empresas sin calificación de riesgo.

Mejoras en las prestaciones Bondades de la Ley Nº 065 de Pensiones Mejoras en las prestaciones Concurrencia de Pensiones, los Asegurados Inválidos podrán percibir simultáneamente la Pensión de Invalidez y la Pensión de Vejez. Las viudas o viudos con pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, continuarán percibiendo su pensión aún si contraen nuevas nupcias. Se amplía la cobertura para Pensiones de Invalidez y Muerte por Riesgo Común.

Gracias!