ÓRGANOS AUXILIARES JURISDICCIONALES

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Transcripción de la presentación:

ÓRGANOS AUXILIARES JURISDICCIONALES Docente: Abg. Jimy Alonzo Díaz Chávez Curso: Derecho Judicial

1. FINALIDAD DE LA CARRERA AUXILIAR JURISDICCIONAL Cuya finalidad es la de cooperar a la labor que realizan los magistrados, razón por la cual realizan labores auxiliares a la actividad jurisdiccional. Secretarios y Relatores de la Corte Suprema Carrera de Auxiliar Secretarios y Relatores de la Corte Superior Secretarios de Juzgado Auxiliares de Justicia

2. Requisitos: Peruano de nacimiento Ciudadano en ejercicio Comunes Carecer de antecedentes penales Requisitos No incompatibilidades Especiales Para cada uno de los grados

2.1. Requisitos especiales: Edad Titulo Cargo anterior Abogacía o Docencia universitaria Relator o Secretario de Sala Suprema Mayor de 25 Abogado Mas de 2 años como secretario o relator de Sala Suprema Mas de 2 años Relator o Secretario de Sala Superior Mayor de 23 Mas de 2 años como secretario de juzgado Secretario de Juzgado Mayor de 24 Abogado, por excepción bachilleres, egresados de Derecho, testigo actuario, según el orden en caso no hayan postulante letrados Auxiliar de Justicia Mayor de 21 Estudiante, egresado de Derecho, en su defecto secundaria, en cuyo caso deben ser examinados y aprobados por el Jurado

3. Secretarios de sala: Obligaciones Puntualidad en el horario de atención. Recibir bajo constancia por medio de mesa de partes, los expedientes que las salas envíen en grado o en consulta y los escritos, los recursos que presenten los interesados. Entregar diariamente a la Sala los expedientes que estén al despacho. Recibir de la relatoría, bajo cargo, el despacho de cada día para la prosecución de su tramite. Confidencialidad.

3. Secretarios de sala: Obligaciones Devolver y vigilar que los expedientes de los casos resueltos en segunda y ultima instancia se devuelvan en el menor tiempo posible. Informar diariamente el Presidente de Sala, sobre los procesos en que hayan vencido los términos, para que sean resueltos. Facilitar el estudio de expedientes. Cuidar que se notifique conforme a ley. Controlar que el personal autorizado redacte las actas de audiencias, durante el juzgamiento y que sean agregados al expediente en 48 Horas. De terminada la diligencia, e informar al Presidente de Sala en retardo en que incurra dicha redacción de las actas (Sala Penal).

4. Relatores Puntualidad. Confidencialidad. Recibir bajo constancia los procesos que deben ser tramitados durante las horas de despacho, dando cuenta a la sala el mismo día. Hacer presente a la Sala y al Vocal ponente en su caso, las nulidades, omisiones que advierta de autos y la insuficiencia de los poderes. Hacer presente a la Sala, sobre el impedimento de alguno de los vocales. Escribir las resoluciones que expida la Sala. Cuidar que ninguna resolución, no se quede sin firmar.

4. Relatores Cuidar de las nominaciones de los vocales en las resoluciones corresponda a los miembros de la sala. Devolver los expedientes a secretaria. Registrar en los libros respectivos, con el visto bueno del Presidente de Sala, la distribución de las causas entre los ponentes y su devolución, así como los votos en caso de discordia. Llevar el registro de autos y sentencias, con el visto bueno del vocal menos antiguo. Comunicar de palabra a los Magistrados llamados a dirimir, el decreto por el que se les llama y poner en autos la constancia respectiva.

5. Secretarios de juzgado Mesa de partes Preparación del despacho y diligencias Áreas de actividad procesal Diligencias fuera del Juzgado Notificaciones

5.1. Obligaciones y atribuciones Actuar únicamente en su juzgado. Residir en la localidad donde funciona el Juzgado. Puntualidad. Atención personalizada. Confidencialidad. Vigilar y controlar la recepción de documentos. Dar cuenta al Juez de los recursos y escritos a mas tardar dentro del día siguiente de su recepción. Autorizar los documentos en que se han redactado lo sucedido en diligencias. Autorizar las resoluciones.

5.1. Obligaciones y atribuciones Actuar personalmente en las diligencia, salvo las excepciones establecidas por ley. Vigilar que la notificación se realice en el plazo procesal establecido. Emitir razones o informe ordenadas por el superior. Facilitar el expediente para su lectura a las partes, abogados y personas con legitimo interés acreditado. Conservar los expedientes (debidamente foliados) y documentos. Llevar los libros y tarjetas de control actualizados y ordenados Expedir copias certificadas. Remitir los expedientes fenecidos al archivo, después de 5 años.

5.1. obligaciones y atribuciones Admitir consignaciones en derecho. Atender los decretos de mero tramite. Redactar las resoluciones dispuestas por el Juez. Elaborar el cuadro de procesos a sentenciar cada 3 meses Confeccionar semanalmente la relación de las instrucciones en tramite. Confeccionar trimestralmente la relación de causas falladas y pendientes. Compilar los datos necesarios para la estadística judicial. Cuidar que sus subalternos cumplan sus obligaciones.

6. Auxiliares de justicia Actuar únicamente en la Sala, el Juzgado o en la Secretaria a la que se encuentren adscritos. Residir en el lugar en que aquellos funcionan. Puntualidad. Asistir a los Jueces, Secretarios, Relatores de Sala y a los Secretarios de Juzgado, en las actuaciones, diligencias que se realizan en o fuera del local jurisdiccional.

7. Terminación del cargo de auxiliar jurisdiccional Por muerte. Por cesantía o jubilación. Por renuncia, desde que es aceptada. Por destitución. Por la separación de su cargo. Por incurrir en incompatibilidades. Por inhabilitación física o mental comprobada.

8. ORGANOS DE AUXILIO JUDICIAL Son aquellos que prestan apoyo, colaboración a la labor jurisdiccional, sin que tenga que ver directamente con la actividad jurisdiccional. Por lo que casi en su generalidad no dependen del Poder Judicial, salvo casos excepcionales. Peritos Traductores PNP Organos de auxilio judicial Depositarios Martilleros