«Derecho mercantil» Definición, origen y característica del derecho mercantil. Profesora: Candelaria Beatriz Arroyo Denis.

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Transcripción de la presentación:

«Derecho mercantil» Definición, origen y característica del derecho mercantil. Profesora: Candelaria Beatriz Arroyo Denis

DEFINICIÓN Es el que se ocupa de las normas que regulan la actividad empresarial, tanto en la forma de constitución y desenvolvimiento de las empresas como en sus relaciones con terceras personas. Por tanto el Derecho Mercantil estudia entre otras cosas: el empresario individual y social, los contratos mercantiles, los documentos usados en el tráfico comercial, la quiebra y suspensión de pagos y el Derecho marítimo. Sintetizando podríamos decir que el Derecho Mercantil es el que establece los derechos y obligaciones de cada una de las partes que intervienen en el comercio.

ORIGEN El Derecho Mercantil surgió en la Edad Media con el desarrollo del comercio. Las normas mercantiles estuvieron ligadas al principio a las costumbres de los comerciantes y la actividad de sus gremios. Éstos recogieron en estatutos escritos los usos mercantiles y además crearon tribunales mercaderes, denominados consulados, encargado de resolver los conflictos surgidos como resultado de la actividad comercial. También durante la Edad Media, para regular el comercio las ordenanzas de ciertas ciudades (Florencia, Venecia...) desempeñaron un importante papel en el nacimiento del Derecho Mercantil como un derecho de comerciante. Este carácter profesional se mantuvo hasta el principios del siglo XIX, cuando se desarrollo la codificación. El triunfo del liberalismo que propugnaba la libertad de comercio y la ruptura de las barreras y controles gremiales, hacía que careciera de sentido en esa realidad un Derecho profesional.

Para sustituir la idea de un derecho de mercaderes, el Código de Comercio francés de 1807 intentó circunscribir el Derecho Mercantil a los actos objetivos de comercio; esto es, aquellos actos que por su propia naturaleza sean comerciales, con independencia de la profesión de quién lo realice. La idea de que el Derecho Mercantil regulase actos objetivos de comercio, resultó un fracaso debido a la dificultad para determinar en la práctica dicho concepto: existen actos jurídicos que pueden ser civiles y mercantiles. Por esta razón se ha vuelto a la primitiva concepción subjetivista, considerando el Derecho Mercantil como un Derecho de comerciantes. En la actualidad la evolución de esta rama según el profesor Sánchez Calero se caracteriza por varias tendencias: Progresiva uniformidad de la legislación mercantil. Control y supervisión de la Administración Pública sobre determinadas actividades mercantiles. Defensa de la competencia y de los consumidores de lo

CARACTERISTICA Es un derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios. Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos. Es un derecho consuetudinario ya que a pesar de estar codificado se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes. Es un derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el derecho mercantil ha de ir actualizándose.