GARANTIZAR EL ACCESO DE LOS CONTRIBUYENTES A LA JUSTICIA EN MATERIA FISCAL EN EL ORDEN FEDERAL, VELANDO POR EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE SUS DERECHOS.

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Transcripción de la presentación:

GARANTIZAR EL ACCESO DE LOS CONTRIBUYENTES A LA JUSTICIA EN MATERIA FISCAL EN EL ORDEN FEDERAL, VELANDO POR EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE SUS DERECHOS. PARA ELLO:

A LOS CONTRIBUYENTES DE ACTOS ILEGALES Y CONDUCTAS EXCESIVAS DE LAS AUTORIDADES FISCALES (SAT, IMSS, INFONAVIT, COORDINADAS) A LOS CONTRIBUYENTES DE ACTOS ILEGALES Y CONDUCTAS EXCESIVAS DE LAS AUTORIDADES FISCALES (SAT, IMSS, INFONAVIT, COORDINADAS) PROTEGE

A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE VEN AFECTADOS CON CRÉDITOS FISCALES DE HASTA 30 VECES EL SALARIO MÍNIMO DEL DISTRITO FEDERAL ELEVADO AL AÑO. A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE VEN AFECTADOS CON CRÉDITOS FISCALES DE HASTA 30 VECES EL SALARIO MÍNIMO DEL DISTRITO FEDERAL ELEVADO AL AÑO. DEFIENDE

LAS CONDUCTAS, ACTOS Y PRÁCTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE TRANSPARENTARLAS PARA LOGRAR SU CORRECIÓN Y MEJORA EN BENEFICIO DEL CONTRIBUYENTE. LAS CONDUCTAS, ACTOS Y PRÁCTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE TRANSPARENTARLAS PARA LOGRAR SU CORRECIÓN Y MEJORA EN BENEFICIO DEL CONTRIBUYENTE. OBSERVA

Motivos de la iniciativa: Acceso a la justicia fiscal alejada de los contribuyentes de bajos recursos que no puedan pagar los servicios profesionales de asesoría y representación. Desconocimiento y complejidad de las leyes fiscales. Tardanza en la impartición de justicia. Existencia de la figura del Ombudsman Fiscal en países como España (Defensor del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid) y en Estados Unidos de América.

Designación del Procurador mediante terna propuesta por el Ejecutivo Federal al Senado de la República. (Artículo 9, primer párrafo). Seis consejeros independientes designados por el Senado de la República o, en su caso, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión (Artículo 12, fracción II).

DESESTIMÓ: El agravio relativo a la inconstitucionalidad en el procedimiento de designación del Procurador por terna presentada por el Titular del Ejecutivo Federal, pues aunque la mayoría de los Ministros coincidieron en que la designación del Procurador correspondía a aquél, no se alcanzó la votación necesaria (8 votos). INVALIDÓ: El artículo 12, fracción II, de la Ley Orgánica, relativo al procedimiento de designación de consejeros independientes, por considerarse que esta facultad es exclusiva del Presidente de la República.

DEFENSOR DE OFICIO a)En asuntos cuyo monto no exceda de treinta veces el salario mínimo del Distrito Federal elevado al año ($655,029.00); b)La interposición de todos los recursos o juicios necesarios hasta la resolución final de la controversia; c)Prestará el servicio de defensa a través de asesores jurídicos con experiencia acreditada en materia fiscal.

OBSERVA Y EMITE RECOMENDACIONES PÚBLICAS recomendaciones Emisión de recomendaciones Específicas A través de la presentación de quejas y reclamaciones por cualquier tipo de contribuyente afectado por actos de autoridad fiscal.Generales Mediante la identificación de problemas de carácter sistémico que ocasionen perjuicios a los contribuyentes.

Presentación: Por escrito; A través de la página web de la Procuraduría sujeto a ratificación, o Por cualquier otro medio de comunicación en casos urgentes (Artículos 16 y 17). Plazo: En cualquier tiempo o dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del acto o resolución si se pretende impugnar el acto a través de cualquier medio (Artículo 18).

Procedimiento sumario Plazo de TRES días para : Ad mitir la queja o apercibir al quejoso en aquellos casos en que no se precise el acto materia de la queja. Requerir a la autoridad responsable sobre los hechos materia de la queja. Para que la autoridad acepte o no la recomendación emitida por la PRODECON. Plazo de CINCO días para: Resolver la queja mediante un acuerdo de no responsabilidad o una Recomendación pública no vinculatoria. Plazo de DIEZ días (prorrogable por una sola vez ) para que la autoridad acredite mediante la exhibición de las pruebas correspondientes el cumplimiento a la recomendación.

OBSERVA E IDENTIFICA LOS PROBLEMAS SISTÉMICOS DE LOS CONTRIBUYENTES. Planteados por los contribuyentes, detectados por la Procuraduría, o bien, como resultado de reuniones periódicas con autoridades fiscales, síndicos, colegios profesionales, sindicatos, cámaras empresariales, confederaciones y en general, grupos de contribuyentes legalmente constituidos. Propone al Servicio de Administración Tributaria las modificaciones a su normatividad interna. Proponer a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, modificaciones a las disposiciones fiscales; Propone al Servicio de Administración Tributaria las modificaciones a su normatividad interna. Proponer a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, modificaciones a las disposiciones fiscales;

Contará con 20 Delegaciones Regionales en las localidades donde se encuentren Sedes de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. (Art. 4 LOPDC) Cada Delegación contará con un Delegado Regional y el número de asesores jurídicos necesarios para que pueda prestar eficientemente sus funciones.

Trámite de queja o reclamación Defensoría de Oficio Asesoría y consulta Las Delegaciones Regionales llevaran a cabo los mismos servicios de la Oficina Central, como son:

Los Delegados Regionales propondrán a la Procuradora: Recomendaciones públicas no vinculatorias Modificaciones a las normas tributarias que consideren pertinentes.

. Órgano Técnico Especializado Consultor. Interpretación de disposiciones fiscales y aduaneras a solicitud del Servicio de Administración Tributaria; Atención y orientación a las solicitudes de asesoría y consulta presentadas por los contribuyentes derivadas de actos de autoridades fiscales federales, y Fomento de una nueva cultura contributiva.

Licenciada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara Procuradora de la Defensa del Contribuyente Teléfonos: