El contrato de trabajo: generalidades Notas típicas y cuestiones conexas
Concepto de contrato de trabajo Una posible definición La noción legal (art. 1.1 ET) [notas características del contrato de trabajo]
ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO ART. 1.1 ET: La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que vo-luntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y direc-ción de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario
ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO DISP. FINAL 1ª: Trabajo por cuenta propia. - El trabajo realizado por cuenta propia no estará sometido a la legislación laboral, excepto en aquellos aspectos que por precepto legal se disponga expresa-mente EL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO (L 20/2007, 11-VII)
CARACTERES DEL TRABAJO SO-METIDO AL RÉGIMEN JURÍDICO-LABORAL (1) a) Voluntariedad o libertad trabajo forzoso b) Ajenidad trabajo por cuenta propia
CARACTERES DEL TRABAJO SO-METIDO AL RÉGIMEN JURÍDICO-LABORAL (2) c) Dependencia o subordinación autonomía (trabajo autónomo) d) Retribución gratuidad (trabajo gratuito) La ausencia de alguno de ellos determina la exclusión del régimen jurídico-laboral
«Presunción» de existencia del contrato Virtualidad del art. 8.1 ET «Presunción» de existencia del contrato “Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquél”
Principales grupos de contratos Indefinidos (común, para el fomento de la contratación indefinida, fijos dis-continuos) Temporales (causales y de fomento del empleo) Formativos (prácticas y formación) A tiempo parcial y de relevo Otros (de grupo, a domicilio)
Algunas figuras afines Virtualidad de las notas definidoras del contrato de trabajo (art. 1.1 ET) Supuestos tradicionalmente proble-máticos: becas, transportes, medios de comunicación, teletrabajo Contratos civiles y mercantiles. En especial, el arrto. de servicios El caso de los TRADE
La relación jurídica entre cliente y TRADE Vínculo civil o mercantil... ...con adición de elementos “labo-rales” cliente TRADE
La noción legal (art. 11 LETA) Actividad desarrollada Dependencia económica No condición de empleador Infraestructura adecuada Autonomía Contraprestación económica Asunción del riesgo
Exclusiones legales Titulares de establecimientos o loca-les comerciales e industriales Titulares de oficinas y despachos Profesionales en ejercicio con régi-men societario
Las peculiaridades de su régimen jurídico (1) Una explicación para el establecimien-to de fórmulas tuitivas Contrato Acuerdos de interés profesional Jornada Extinción contractual. Régimen de indemnizaciones
Las peculiaridades de su régimen jurídico (2) Jurisdicción social Soluciones extrajudiciales Derechos colectivos del trabajador au-tónomo (Título III) Seguridad Social
Exclusiones legales (art. 1.3 ET) [Relaciones excluidas] Funcionarios públicos Prestaciones personales obligatorias Consejeros o miembros de C.A…. Trabajos amistosos, benévolos… Trabajos familiares, excepto… Mediadores mercantiles no dependientes Transportistas autónomos
Elementos del contrato Consentimiento y capacidad para con-tratar (remisión) Objeto del contrato Causa del contrato Aplicación de las previsiones generales del Código Civil (arts. 1254 y ss.)
Relaciones laborales de carácter especial (art. 2 ET) Alta dirección Servicio del hogar familiar Penados en instituciones penitenciarias Deportistas profesionales Artistas en espectáculos públicos Mediadores mercantiles dependientes Minusválidos en centros especiales Estibadores portuarios Especialistas en Ciencias de la Salud Abogados dependientes en despachos