Cuestión prejudicial Art. 267TFUE (Tratado Funcionamiento Unión Europea) Chiara Favilli Roma 7-8 de abril de 2014.

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Transcripción de la presentación:

Cuestión prejudicial Art. 267TFUE (Tratado Funcionamiento Unión Europea) Chiara Favilli Roma 7-8 de abril de 2014

Función Aplicación uniforme del derecho UE Cooperación jurisdiccional entre los jueces nacionales y el Tribunal de Justicia Funciones ejercidas por el TJ No se utiliza el art. 225, párr. 3, sobre atribución de competencia al Tribunal de Primera Instancia (posibilidad de remitir poderes al Tribunal de Justicia en el caso de las decisiones de principio y revisión) Sobrecarga de trabajo

Dorsch Consult: origen legal, carácter permanente, obligatoriedad jurisdicción, carácter contradictorio del procedimiento, aplicación de normas de derecho, independencia No aplicación estricta También Tribunales constitucionales nacionales Jurisdicción nacional

Exclusión del arbitraje voluntario Críticas Impugnación eventual del laudo: presentación del recurso de apelación a título prejudicial Obligatoriedad

Objeto Interpretación del tratado Interpretación y validez de los actos de derecho derivado y de la BC -Validez: sinónimo de legitimidad, antiguo art Por lo tanto, los mismos vicios de la acción de nulidad -También actos no vinculantes Interpretación de los estatutos de los organismos creados por un acto del consejo (de hecho, son siempre actos comunitarios) También las sentencias del TJ Acuerdo de la Comunidad: siempre actos de la UE pero no convincente. Mejor antiguo art. 218 TFUE -P.ej. acuerdo GATT donde la CE ha sustituido a los EM ya que la política comercial es exclusiva Normas internas que remiten a normas comunitarias, p.ej. para igualar el tratamiento con disposiciones fiscales más favorables aplicables al capital circulante. P.ej. sentencia Leur Bloem

Procedimiento Tres fases Ordenanza de reenvío Examen, juicio y forma de interpretar las normas comunitarias Aplicación de los principios en el proceso nacional

Art. 104 bis -Acelerado Art.104 ter -De urgencia Procedimientos abreviados

Procedimiento Notificación de la demanda del tribunal nacional -a las partes en el procedimiento principal -gobiernos de los Estados miembros -instituciones comunitarias Su participación eventual Suspensión procedimiento nacional antigua ley 204/1958

Fases sucesivas Observaciones escritas Audición Decisión -Resumen de los hechos -Dato normativo -Indicación de las cuestiones -Decisión

Instancia De parte De oficio Valoración de la relevancia y necesidad Discrecionalidad del juez: -Mazzalai 1976: no competente para juzgar -Laurenco dias: no pertinente -Telemarsicabruzzo: información insuficiente

Última instancia: obligación pero siempre valoración de la pertinencia No última instancia: facultad Evitar que la aplicación no correcta del derecho comunitario se consolide en las jurisdicciones superiores Evitar la sobrecarga del TJ Facultad/obligación

Sentencia CILFIT Valoración de la pertinencia Cuestión idéntica a otra ya resuelta Ya resuelto el mismo punto de derecho litigioso (aunque las normas son diferentes) Acto claro: es evidente la correcta aplicación -Misma evidencia para los otros jueces de los EM y el TJCE -Técnicas de interpretación: párr. 17/20

Sentencia Foto-Frost Los jueces nacionales nunca pueden pronunciarse sobre la validez de los actos comunitarios Si admiten la validez pueden aplicarlos, de otra manera tienen que recurrir -Uniformidad -Coherencia del sistema con el recurso de anulación -TJ más adecuado para valorar la legitimidad de la participación de las instituciones en el procedimiento

Mitigación del principio Foto-Frost Zuckerfabrik, 1991: suspensión cautelar si el j. nacional considera que el acto comunitario es inválido -Suspensión de los actos nacionales basados en el acto comunitario considerado inválido: P.ej. cobro de un impuesto Serias dudas sobre la validez del reglamento Carácter provisional de la suspensión Obligación de proponer la cuestión prejudicial si decide por la suspensión Perjuicio grave e irreparable Interés comunitario Suspensión cautelar

Modificación de la demanda del juez nacional -P.ej.: solicitud valoración de compatibilidad entre la norma interna y el derecho comunitario: el Tribunal va a decir cómo debe ser interpretada la norma comunitaria y, junto con el contenido de la norma italiana, llega a la posible conclusión de incompatibilidad de la ley. -A veces la valoración de la norma interna es más evidente Para afirmar una cierta orientación en un punto no planteado por el juez interno Juicio interpretativo de desestimación: el acto es legítimo si se interpreta de una manera determinada Reformulación

Efectos Vinculación del juez a quo incluso el de grado superior encargado Si no se conforma puede haber un juicio de infracción -Respuesta de la Comisión a una interrogación por escrito del PE Separación de poderes Actitud de colaboración Solución alemana: el j. no colaborador quita al juez natural el caso Sentencia Koebler del : indemnización de daños al Estado miembro por una decisión judicial: aplicación incorrecta; no reenvío prejudicial; no conformidad con la sentencia del TJ

Stare decisis pero se puede proponer un nuevo recurso aunque sobre la misma cuestión Derogación de la obligación del j. de última instancia si ya se ha decidido sobre la cuestión El Estado antiguo art. 4 T UE debería abrogar la legislación nacional incompatible De acuerdo con la Corte Const. la sentencia perjudicial es jus superveniens y tiene efecto directo Interpretación

Validez Obligatoria para el juez a quo También otros jueces, excepto incertidumbre sobre los alcances de la sentencia También nuevo recurso sobre un acto declarado válido con la presentación de nuevas motivaciones Declarativa por lo tanto el acto continúa existiendo, pero la institución que lo expidió adoptará las medidas necesarias para eliminar los vicios encontrados mediante su modificación o abrogación

Validez La sentencia que reconoce la invalidez será para cualquier otro juez razón suficiente para considerar tal acto no válido El j. nacional podría proponer la cuestión para aclarar los efectos de la declaración de invalidez -Razones, alcances y consecuencias de la invalidez comprobada

Efectos en el tiempo Interpretación Retroactividad Solicitud de aplicación retroactiva Restricciones por razones económicas -Sentencia Blaizot La seguridad jurídica y el sistema financiero de la enseñanza en Bélgica excepto los que habían interpuesto el recurso antes del juicio

Efectos en el tiempo Validez Retroactividad Aplicación 264 como para el procedimiento prejudicial de validez -Limitación también para el juez a quo: FRAGD Desaplicación del acto inválido que deberá de ser revocado por las instituciones competentes

Efectos Declarativa No objeto de revisión o de reposición de un tercero No puede ser impugnado por invalidez Nuevo reenvío si el tribunal encuentre dificultades para comprender o aplicar la sentencia

Relaciones con otros recursos Con infracción y carencia -Infracción que resultará de la sentencia prejudicial -El reenvío prejudicial no se puede utilizar para hacer valer la carencia Anulación: -No legitimación a la persona para impugnar directamente. Puede impugnar el acto interno y proponer el recurso a título prejudicial de validez -TWD: Sí legitimación para impugnar el acto pero no lo hizo dentro del plazo, no puede apelar a título prejudicial ni siquiera de oficio.