REGIMEN DE RECAUDACION SOBRE ACREDITACIONES BANCARIAS A- Contribuyentes I. B. Locales B- Contribuyentes del Convenio.

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Transcripción de la presentación:

REGIMEN DE RECAUDACION SOBRE ACREDITACIONES BANCARIAS A- Contribuyentes I. B. Locales B- Contribuyentes del Convenio

Requisitos para ser excluido del sistema de los contribuyentes locales – R.N. 15/2010 Art. 460 – RN 1 Presentación: F -345 F- 450 Documentación Requerida por D.G.R

Contribuyentes con todos sus Ingresos Exentos Informar en F Si la misma es pleno derecho: normativa - Si no lo es de pleno derecho: Informar actividad y adjuntar documentación

Contribuyentes que tributan por Régimen Especial del art. 184 Micro-emprendedores Entidades sin fines de lucro- Enseñanza,Artesanado y Servicios Personales sin Empleados Presentar F- 345 F- 450

Contribuyentes eximidos de presentar DD.JJ, que les retienen en la fuente Presentar : F- 345 Detallar la Actividad que desarrolla Comunicar que esta sujeto a retención o percepción Informar el encuadre Legal

Sujetos que desarrollan exclusivamente siguientes actividades Las establecidas en los art del C. T. Presentar F- 345 Original y Copia de los F291 y 298

Contribuyentes que realizan operaciones de Exportación - Exclusivamente Presentar F 345 Presentar Original y Copia de los F 291 y F 298

Contribuyentes que al liquidar I.B. tienen en forma permanente saldo a su favor, por ser pasible del régimen de recaudación y tiene saldo a favor permanente Presentar : F-345 Copias de las 6 ultimas DD JJ Nota con proyección de anticipos próximos 6 meses Detalle de los importes recaudados últimos 6 meses y proyecciones futuras Detalle de retenciones o percepciones no tomadas a la fecha

Agentes y sociedades que realizan intermediación en la compra venta de títulos, y cobran comisiones Presentar F- 345 Detallar la Actividad, que es exclusiva Copia y original de los F 291 y 298

Contribuyentes que realizan actividad principal expendio de combustible y G.N.C Presentar F-345 Detallar actividades Copia y Original de los F 291 y 298

Contribuyentes que tributan por el Régimen General y sufrieron incrementos de alícuotas s/ Art. 4 de la RM 52/2009 Presentar F- 450 Acreditar presentación de las DD JJ Si tiene Plan de Pagos, demostrar su cumplimiento

Consideraciones General No tener deuda de ningún tipo de los impuestos que recauda D.G.R. Comunicar cualquier cambio de su situación fiscal La exención se acredita por el F 345 o F 450 según los casos

Contribuyentes Inscriptos en el Convenio Multilateral Deberán consultar todos los meses cual es el coeficiente de distribución por jurisdicción, de las recaudaciones bancarias sufridas, en pagina Web : En CM 03 se detallan en Recaudaciones Bancarias. Los saldos a favor son trasladables Si tiene saldo a favor en forma permanente el sistema lo excluye automáticamente.

DECRETO 986/2010 Ingresos Brutos – Regimenes Generales de retención y percepción- Modificaciones de Alícuotas Modificaciones Introducidas Alícuota General ………. 2,5 % Alícuotas por pagos de liquidaciones o rendiciones periódicas.3,5 %

LOCACIONES DE INMUEBLES Se modifica la determinación de la Base Imponible, para realizar la Retención Se elimina el Minino el Importe No Computable Se debe retener sobre el 100 % del Alquiler o arrendamiento Si el importe mensual o anual es inferior a $ o $ no se debe retener.

Resolución Normativa 16/2010 Plazos para el computo de las Retenciones La retenciones o percepciones, se deben declarar en la DD.JJ del periodo al cual corresponde o en alguna de las dos siguientes. Aquellos que al 08/07/2010, tengan retenciones o percepciones pendientes de tomar, cuya fecha sea anterior al 1/4/2010, deberán hasta el 31/7/2010 exteriorizarlas en la DD JJ del periodo 05/2010- Original o Rectificativa.

SISTEMA DE INFORMACION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS – S.I.F.Co.S. Ley Nº 9693 – 04/11/2009 Decreto Nº 1016/2010

OBJETIVOS Los establece la Ley misma saber: - Transparentar la actividad comercial y servicios, a fin de transparentar la actividad. Posibilitar parámetros para reformular políticas publicas del sector Establecer una base de datos de la oferta comercial y de servicios

INTEGRACION La información obtenidas de la unidades económicas Los sujetos serán personas física o jurídicas La actividad será mayorista o minorista Las unidades económicas serán nacionales o extranjeras La actividad principal venta al publico, individual o en lugares colectivos

AUTORIDAD DE APLICACION UNIDAD DE GESTION Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo Secretaria de Comercio

Registracion de las Unidades Económicas 1- Existentes: Inscripción Procedimiento Certificado Renovación 2-Nuevos 3-Modificaciones 4-Presentación 5-Políticas de Promoción

SANCIONES Apercibimiento Multa hasta 30 Unidades de Multa Clausura de hasta 20 días Procedimiento de instrumentarlas Prescripción Confidencialidad

DECRETO 1016/2010 DEFINICIONES Unidad Económica Acto de Comercio Locacion de Servicios INSCRIPCION Inicial ……… días de la vigencia Renovación. Al año, dentro 30 días Modificacion….Dentro 30 días ocurrida

FORMULARIOS: Para cada tramite existe un formulario, que será provisto por la Unidad de Gestión- Son DD.JJ. Anexo I y II del Decreto 1016/2010 CERTIFICADO Se otorga una vez cumplido y aprobado el tramite que se trate. TASA Tasa Retributiva de Inscripción es de $ 80.- Tasa Retributiva de Renovación es de $ 40.- Sin costo las modificaciones o baja.