IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES PARA LA GESTIÓN Abog. CPCC. JULIÁN CONTRERAS LLALLICO Lima - 2011
REVISIÓN DE CONCEPTOS Y GENERALIDADES Seguimiento de la Implantación de Medidas Correctivas en las Entidades del Estado REVISIÓN DE CONCEPTOS Y GENERALIDADES
NORMAS FUNCIONARIOS Obligatoriedad En interés de Consentimiento LEGITIMIDAD GOBERNADOS PODER
FUNCIONES DEL PODER Legislativas Jurisdiccionales Administrativas Especiales : Control Distribuído : varios detentadores
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Nº 27785 publicada 23/07/2002 Ley Nº 27785
Control Gubernamental Prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente Utilización y gestión de recursos y bienes del Estado. El desarrollo honesto y probo de las autoridades, funcionarios y servidores públicos Cumplimiento de metas y resultados Art. 2º Ley 27785
Sistema Nacional de Control - SNC ÓRGANOS DEL SNC Contraloría General de la República Sociedades de Auditoría Órgano de Control Institucional
Atribuciones del Sistema Formular recomendaciones Efectuar supervisión, vigilancia y verificación de la gestión y utilización de bienes del Estado Impulsar modernización y mejoramiento de gestión pública Propugnar capacitación de funcionarios
Atribuciones del Sistema Exigir a funcionarios y servidores Públicos responsabilidad por sus actos. Emitir informes con sustento Técnico y legal. Brindar apoyo técnico al Procurador público
velar por implantación Atribuciones de la Contraloría General Ordenar acciones de control Supervisar cumplimiento de recomendaciones. Acceso a registros, documentos e información Disponer inicio de acciones legales. Normar y velar por implantación de OAI’s
REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL
OBJETIVO DEL OCI Unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad. Promueve la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad.
OBJETIVO DEL OCI Cautela la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de labores de control.
FUNCIONES DE LOS OCI Remitir los informes resultantes de sus labores de control a la Contraloría , como al titular de la entidad y del Sector cuando corresponda. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las labores de control, comprobando su materialización efectiva.
EJERCER LAS ACTIVIDADES DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL AUTORIDAD LEGAL PARA EJERCER LAS ACTIVIDADES DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL La auditoría debe realizarse de acuerdo a disposiciones legales establecidas.
APLICABILIDAD DE LAS NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL Las NAGU determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, uniforman el trabajo.
LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SE DIRIGE A LA MEJORA DE LAS OPERACIONES DE LAS ENTIDADES Dirigido a mejorar operaciones futuras antes que criticar los hechos pasados.
PLANEAMIENTO. EJECUCIÓN. INFORME. SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS. FASES DE LA AUDITORÍA PLANEAMIENTO. EJECUCIÓN. INFORME. SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS.
PROCESO DE LA AUDITORÍA SUB PROCESOS ÁREAS CRÍTICAS PLAN Y PROGRAMA DE AUDITORÍA CONCEPTO DE LA AUDITORÍA PREPARACIÓN DE LA AUDITORÍA PRODUCTOS REUNIÓN DE APERTURA COMPROBACIONES ESTRUCTURA BUSQUEDA DE EVIDENCIA REUNIÓN DE TRABAJO REDACCIÓN FINAL CONTENIDO CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA AUDITORÍA DOCUMENTOS DOCUMENTACIÓN FORMULACIÓN Y COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS COMENTARIOS Y/O ACLARACIONES CONTROLES DE CALIDAD CONTRIBUCIÓN AL INFORME REMISIÓN A LOS ÓRGANOS COMPETENTES ADOPCCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS BALANCE DE RESULTADOS PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA EXAMEN IN SITU ELABORACIÓN DE LAS CONCLUSIONES 3 2 1 PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN 4 PRESENTACIÓN DEL INFORME 5 SEGUIMIENTO 6
Fase del Informe de Auditoría NAGU 4.40 y modificatorias. Tipos de Informes. Estructura del informe del Examen Especial. D. Informe Especial Legal.
Informe de Auditoría A. NAGU 4.40 Tiene por finalidad regular el contenido del informe largo de auditoría financiera, de gestión y de otros tipos que se deriven de los mismos, tales como exámenes especiales. Informe
TIPOS DE INFORMES GENERAL ESPECIAL CONTROL INTERNO Financieros y Presupuest. Legales Gestión Institucional Seguimiento de medidas correctivas GENERAL I N F O R M E S Faltas graves Indicios de Comisión de delito Responsabilidad Civil ESPECIAL CONTROL INTERNO Debilidades de diseño y funcionamiento de los sistemas
Informe de Auditoría Medio a través del cual el auditor, emite su juicio profesional sobre los aspectos examinados. Expresión escrita donde el auditor expone su conclusión sobre la tarea auditora.
RECOMENDACIONES Medidas específicas para la administración. Promover superación de causas. Dirigidas al Titular o Funcionarios competentes. Constructivas y que posibiliten mejoras. Procesamiento de responsabilidades. Factibilidad de implementación.
Elevación de Informe Titular de la Entidad. CONTRALORÍA GENERAL
CASUÍSTICA
CASO Nº 1 Incumplimiento de pago de dietas a regidores, existiendo disponibilidad económica correspondiente. Penalidades La ocurrencia de esta acción constituye delito de Abuso de Autoridad y Peculado en la modalidad de Retardo Injustificado de Pago, previstos y penados en los artículos 376º y 390º del Código Penal.
CASO Nº 2 Autorizar rendiciones de caja, cargados al despacho de alcaldía sin documentación sustentatoria y/o con en documentos que no precisan las razones o motivos por los cuales se autorizaron y que no evidencien la urgencia o necesidad del gasto. Penalidades Esta acción constituye los hechos en comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal
CASO Nº 3 Contratar servicios, fraccionando el monto, correspondiendo efectuarse un proceso de adjudicación directa con publicación, además favoreciendo a uno de los postores, otorgándose la buena pro al postor que carece de licencia de funcionamiento y que no se encuentra legalmente constituido. Penalidades Constituye la comisión del delito de Corrupción de Funcionarios en la modalidad de Negociación Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el artículo 397º del Código Penal.
CASO Nº 4 Efectuar gastos corrientes con recursos provenientes del FONCOMUN y que no estén relacionados con la operatividad de la Municipalidad. (alimentos, cervezas, fotografías....) dándoseles una aplicación definitiva diferente de aquella a la que estaban destinados. Compras de artículos de limpieza, útiles de oficina, servicios de fotocopias, tipeos, honorarios profesionales , sin el sustento debido y cargados a los diferentes proyectos u obras ejecutadas por la entidad.
CASO Nº 4 Penalidades Estos hechos constituyen perjuicio económico para la entidad y hacen presumir comisión de delitos de Peculado en las modalidades de Malversación y de Peculado Doloso, previstos y penados en los artículos 389º y 387º del Código Penal, respectivamente.
CASO Nº 5 Otorgar incentivos a la Productividad a funcionarios, sin corresponderles por haber sido designados con el carácter de Ad Honorem, es decir sin derecho a retribución económica alguna. Comentarios Se produce perjuicio económico a la entidad debido a que se efectúa un desembolso económico sin sustento legal para el caso de los funcionarios Ad Honorem, dada su especial naturaleza. La misma que por su propia definición exige que no se perciba retribución alguna, independientemente de su carácter remunerativo o pensionable, aspectos que no resulta relevantes para tal efecto.
VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN Seguimiento de la Implantación de Medidas Correctivas en las Entidades del Estado VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN
FINALIDAD OPTIMIZAR EL SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS, A FIN DE FORTALECER EL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL EN EL MARCO DEL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO.
FINALIDAD DESTACAR QUE EL SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES EN EL PROCESO DE AUDITORÍA ES UNA CONTRIBUCIÓN A LA TAREA DE ADMINISTRAR LOS RECURSOS DE UNA ORGANIZACIÓN LA CUAL DESCANSA EN LA ALTA DIRECCIÓN.
ETAPAS ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR RESUMEN DEL INFORME DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS
DIRECTIVA Nº 014-2000-CG/B150 VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES DERIVADAS DE INFORMES DE ACCIONES DE CONTROL.
A. OBJETIVOS ESTABLECER PROCEDIMIENTOS PARA LA VERIFICACIÓN Y SS.MM A LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN LOS INFORMES DE AUDITORÍA. ESTABLECER PAUTAS PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS JUDICIALES DERIVADOS DE LAS ACCIONES DE CONTROL.
APLICACIÓN OBLIGATORÍA B. ALCANCE APLICACIÓN OBLIGATORÍA TITULAR JEFE OCI CGR SOA
C. RESPONSABILIDAD Titulares de las Entidades. Jefes de los Órganos de Control Institucional. Jefes de las Unidades Órganicas de la CGR. Sociedades de Auditoría designadas por la CGR. El incumplimiento de la Directiva genera responsabilidad administrativa.
D. VIGENCIA La presente Directiva rige desde el 01 de enero del 2001 y su aplicación es para las acciones de control que se inician a partir de esa fecha.
E. DISPOSICIONES GENERALES Responsable de disponer las acciones: Titular. Responsable de efectuar la Verificación, Seguimiento y Registro: OCI. Entidades sin OCI: La CGR encargará el Seguimiento. OCI que realicen acciones de control por encargo: Responsables del Seguimiento.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
REGISTRA RESUMEN DEL INFORME EN EL SISTEMA INFORMES DE AUDITORÍA REGISTRA RESUMEN DEL INFORME EN EL SISTEMA SAGU, SEGÚN FORMATO 4 O C I ELEVA INFORME AL TITULAR DE LA ENTIDAD AUDITADA Y DEL SECTOR. SIMULTANEAMENTE A CGR, ADJUNTADO FORMATO 4 Y DISQUETE (SAGU)
Según datos solicitados ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR T I U L A R DESIGNA A LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES Según datos solicitados en el formato 4 INFORMA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA En un plazo de 15 días útiles de recepcionado el informe Para su registro y seguimiento en el Sistema SAGU ENVIA COPIA DEL FORMATO 4 AL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR FORMATO 4 ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR ( XXX ) NOMBRE DE LA ENTIDAD : ABC FORMATO Nº 4 ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR INFORME DE ACCIÓN DE CONTROL TITULAR DE LA ENTIDAD Nroº FECHA : NOMBRE : TÍTULO CARGO : FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE LA IMPLANTACIÓN DE RECOMENDACIONES N Nº de REC. FUNCIONARIOS RESPONSABLES APELLIDO APELLIDO NOMBRES CARGO UNIDAD ORGANICA PATERNO MATERNO O DEPENDENCIA DOCUMENTO DE ASIGNACIÓN Nº FECHA PLAZO DE ATENCIÓN
CASOS ESPECIALES EL TITULAR COMUNICA ENTIDADES QUE NO DIRECTAMENTE LAS ACCIONES ADOPTADAS. ENTIDADES QUE NO CUENTAN CON OAI EL RESPONSABLE DE LA IMPLANTACIÓN SERÁ: -TITULAR DEL ÓRGANO RECTOR O DEL QUE EJERCE TUICIÓN - EL QUE DESIGNE LA CONTRALORÍA COMO ENCARGADO DE IMPLANTAR DICHAS MEDIDAS. DE ESTAR COMPRENDIDO EL TITULAR, EN EL INFORME, EN PRESUNTA RESPONSABILIDAD CIVIL O PENAL
VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES REGISTRA LA INFORMACIÓN DEL FORMATO 5A – 5B Según lo requerido en el Sistema SAGU. O C I A informes de auditorías: - realizadas a su entidad por la CGR, OCI y SOA - realizadas por sí mismo, en entidades que no cuentan con OAI. EFECTÚA EL SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS COMUNICA EL SEGUIMIENTO SEMESTRALMENTE A LA CONTRALORÍA Formato 5A – 5B al 30 junio y 31 diciembre con vcmto. al 31 julio y 31 de enero.
VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN DE RECOMENDACIONES FORMATO 5A – 5B SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS ( ABC ) NOMBRE DE LA ENTIDAD FORMATO 5A-5B VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN DE RECOMENDACIONES SITUACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES Nº INFORME 001- 2003 – 2 - ABC Nº De Seguimiento 001 Período de Seguimiento DEL ( FECHA ) AL (FECHA) TIPO DE ÓRGANO INFORMANTE Órgano de Auditoría Interna Código del Órgano Inf. NOMBRE DE LA ENTIDAD (ABC) Nº RECOM. ACCIONES ADOPTADAS ACCIONES POR REALIZAR FECHA SITUACIÓN
AUDITORÍAS REALIZADAS POR OCI EN ENTIDADES QUE CARECEN DE OCI CASOS ESPECIALES AUDITORÍAS REALIZADAS POR OCI EN ENTIDADES QUE CARECEN DE OCI EL OAI AUDITOR SERA RESPONSABLE DE EFECTUAR EL SEGUIMIENTO, VERIFICACIÓN Y REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS DISPUESTAS POR EL TITULAR. AUDITORÍAS REALIZADAS POR CGR O SOAS EN ENTIDADES QUE CARECEN DE OCI LA CGR DESIGNARÁ AL ÓRGANO DEL SISTEMA COMO ENCARGADO DEL SEGUIMIENTO, VERIFICACIÓN Y REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS.
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SITUACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES PENDIENTE CUANDO EL TITULAR NO HA DESIGNADO A LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE APLICAR LAS RECOMENDACIONES. CUANDO LOS FUNCIONARIOS DESIGNADOS POR EL TITULAR, NO HAN INICIADO ACCIONES ORIENTADAS A APLICAR LAS RECOMENDACIONES. EN PROCESO CUANDO LOS FUNCIONARIOS DESIGNADOS POR EL TITULAR, HAN INICIADO LAS ACCIONES DE IMPLANTACIÓN CORRESPONDIENTES. IMPLANTADA CUANDO SE APLIQUEN LAS MEDIDAS SUGERIDAS EN LAS MISMAS, CORRIGIENDO EL HECHO OBSERVADO, DESAPARECIÉNDO LA CAUSA QUE MOTIVÓ LA OBSERVACIÓN.
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SITUACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES PRESCRITO: El proceso administrativo disciplinario deberá iniciarse en el plazo no mayor de un año a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la falta, bajo responsabilidad. En caso contrario se declarará prescrita, sin perjuicio del proceso civil o penal a que hubiere lugar. RETOMADA: Cuando se realiza el seguimiento a través de otro Informe más reciente, con la misma Observación. NO APLICABLE
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SITUACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES EN CASO DE RECOMENDACIONES QUE COMPRENDAN PROCESOS, ESTAS SE CONSIDERARÁN IMPLANTADAS, SEGÚN CORRESPONDA: PROCESO ADMINISTRATIVO CUANDO SE HA APLICADO LA SANCIÓN DISCIPLINARIA ADMINISTRATIVA. PROCESO CIVIL CUANDO EL JUZGADO HA EMITIDO RESOLUCIÓN QUE PROMUEVE LA ACCIÓN, ESTO ES EL AUTO DE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA. PROCESO PENAL CUANDO EL JUZGADO HA EMITIDO RESOLUCIÓN QUE PROMUEVE LA ACCIÓN, ESTO ES EL AUTO APERTORIO DE INSTRUCCIÓN.
Situación de Recomendaciones de inicio de Acciones Legales PENDIENTE No se han efectivizado acciones EN PROCESO Denuncia o Demanda interpuesta Situación de Recomendaciones de inicio de Acciones Legales IMPLEMETADA Auto apertorio de instrucción penal Admisión de la Demanda ARCHIVADO DEFINITIVO No hay mérito para el inicio del Proceso
ACCIONES JUDICIALES Una vez emitido el auto apertorio de instrucción o admisión de la demanda. Información General: Dentro de los cinco días de haberse iniciado el proceso, se remitirá POR UNA SOLA VEZ en el formato Nº 6A “Acciones Judiciales” – Información General.
SEGUIMIENTO DE PROCESOS JUDICIALES Formato Nº 6B “ Acciones Judiciales” – Seguimiento de Procesos Judiciales. Primer Semestre enero – junio 31 de julio Anual enero – diciembre 31 enero año siguiente
ACCIONES JUDICIALES - FORMATO 6A CONDICION NOMBRE DELPARTICIPE APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES CARGO EXPEDIENTE Nroº UBICACIÓN GEOGRAFICA ORGANO JURISDICCIONAL DISTRITO TIPO DE ORGANO JURISDICCIONAL DEPARTAMENTO PROVINCIA FECHA Nº INFORME NATURALEZA MATERIA MONTO DISCUTIDO ENCARGADO DE LA DEFENSA DE LOS INTERESES DEL ESTADO CODIGO DELPROCESO LEGAL INFORMACION GENERAL I. DATOS GENERALES DE INICIO II. PARTICIPES III. OBSERVACIONES ACCIONES JUDICIALES (XXX) NOMBRE DE LA ENTIDAD FORMATO 6A
SEGUIMIENTO DE PROCESOS FORMATO - 6B (XXX) NOMBRE DE LA ENTIDAD FORMATO 6B ACCIONES JUDICIALES VERIFICACION Y SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS TIPO DE ORGANO INFORMANTE : Organo de Auditoría PERIODO DEL SEGUIMIENTO DEL ( FECHA) AL (FECHA) CODIGO DEL PROCESO LEGAL C INICIO PERIODO SEGUIMIENTO Nº EXPEDIENTE ENACARGADO DE LA DEFENSA DE INTERESE DELESTADO INSTANCIA EN LA QUE SE ENCUENTRA EL PROCESO ETAPA PROCESAL ESTADO DEL PROCESO FORMA DE CONCLUSION MONTO RECUPERADO
PARA LAS ACCIONES DE CONTROL INICIADAS Hasta el 31- Dic. – 2000 Directiva 06-99-CG/SDE-PLF S1 Resumen del Informe S2 Acciones Adoptadas por el Titular S3 Verificación y Seguimiento de MM.CC. A partir del 01 - Ene. – 2001 Directiva 011-2000/B150 Formato 2 Resumen del Informe. Directiva 014-2000/ B150 Formato 4 Acciones Adoptadas por el Titular Formato 5 Verificación y Seguimiento de MM.CC. Formato 6 Acciones Judiciales INFOPRAC SAGU