Periodistas de Argentina en Red por una comunicación no sexista

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Transcripción de la presentación:

Periodistas de Argentina en Red por una comunicación no sexista Decálogo para el tratamiento periodístico de la trata y la explotación sexual Periodistas de Argentina en Red por una comunicación no sexista

Creada en 2006. 138 periodistas en 17 provincias. Red horizontal; sólo moderadoras. Intercambio diario virtual. Encuentro nacional anual. Debate interno e incidencia pública.

Acciones Apoyo ley de violencia de género, en especial sobre violencia mediática ~ acciones de concientización. Apoyo ley de matrimonio igualitario. Incidencia en la nueva ley de servicios audiovisuales, y en su aplicación. Participación en espacios de capacitación y debate. Participación en acciones emprendidas por otros colectivos. Pedidos de informes sobre violencia de género. Repudio a publicidad sexista. etc. etc. etc.

Cuatro ediciones impresas Inglés, francés, árabe, portugués, italiano. Argentina, Paraguay, Brasil, Colombia, Chile, Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia y Estados Unidos (Sede ONU). Declarado de interés por parlamentos provinciales. Base para ley en Ciudad de Buenos Aires y en La Rioja. Replicado en medios argentinos y extranjeros. Fuente de consulta en distintas publicaciones.

Explotación y trata sexual se basan en: la persistencia de relaciones desiguales entre varones y mujeres la naturalización de la prostitución como “alternativa laboral” la reproducción que hacen los medios de comunicación de la representación de las mujeres en tanto objeto sexual agravado por carencias y/o negligencia en la detección, denuncia y persecución del delito

Sin hombres-prostituyentes no habría prostitución. mujeres reducidas a la condición de objeto sexual disponibles para los varones en los términos de una transacción comercial delito que vulnera la libertad, la integridad y la dignidad de las personas consecuencia de la naturalización de la prostitución Sin hombres-prostituyentes no habría prostitución. Sin prostitución no habría trata.

Los prostíbulos están prohibidos en la Argentina desde 1937 Ley 12.331, de Profilaxis, vigente desde 1937: Prohíbe “el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución, o se incite a ella”. Penaliza a “los que sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente casas de tolerancia”, o sea, a los proxenetas. No penaliza a la mujer en situación de prostitución.

Incidencia de la comunicación y de la prensa: Los medios repiten los conceptos y las palabras de quien comunica la noticia. Los medios “levantan” de otros medios. La sociedad repite lo que lee, escucha y ve en los medios. Comunicadores/as y periodistas pueden ser origen y caja de resonancia de prejuicios, preconceptos, estigmatización, justificación, naturalización de la violencia y la denigración, naturalización del delito.

Prejuicios y preconceptos La profesión más vieja del mundo. Trabajo sexual ~ servicio sexual. Por su propia voluntad. Nadie la obliga. Está porque quiere / Se quedó porque quiso. Lo hace porque le gusta. Le gusta la plata fácil. Lo hace para no laburar. Por cuenta propia. Prostitución no es trata. Sin prostitución aumentan las violaciones.

El lado oculto y ocultado de los prejuicios y preconceptos No es profesión, ni trabajo, ni servicio. Esto invisibiliza al consumidor de prostitución. Sin hombres que pagan por sexo no habría prostitución ~ sin prostitución no habría explotación sexual ni trata. La gran mayoría de las mujeres es introducida en la prostitución antes de los 18 años. La vulnerabilidad (económica, social, familiar, cultural) y/o las amenazas hacen que la prostitución no sea casi nunca una elección libre, sino a lo sumo una opción condicionada, entre muy pocas alternativas.

Camino reversible En un prostíbulo pueden convivir las tres situaciones

El lado oculto y ocultado de los prejuicios y preconceptos Son minoría las mujeres en situación de prostitución que están de manera independiente. Las “cooperativas” son casi inexistentes. La inmensa mayoría de las mujeres que están en los prostíbulos son explotadas (se llevan sólo el 50% de lo que pagan los hombres, tras descontarles todos los gastos). La explotación sexual es un delito. Los prostíbulos están prohibidos desde 1937 (ley 12.331). La mayoría de las violaciones se produce en el ámbito intrafamiliar.

Decálogo para el tratamiento periodístico de la trata y la explotación sexual

~ 1 ~ Entendemos por trata de personas el delito que consiste en la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas con el uso de la fuerza u otras formas de coacción, como el rapto, el fraude o el engaño; el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad;

o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra para propósitos de explotación. Es fundamental que vinculemos el delito de trata para explotación sexual con la prostitución y que, al hacerlo, pongamos en evidencia la trama social, cultural y económica que los relaciona.

~ 2 ~ La trata es una violación de los derechos humanos y de la dignidad de las personas. Por lo tanto es preciso visibilizar este delito y remarcar el impacto devastador que tiene sobre las víctimas, al hacer explícito que se ha ejercido sobre ellas violencia física y psicológica.

~ 3 ~ Consideramos importante explicar en nuestras coberturas los modos de captación de las mujeres, adolescentes y niñas. Dejaremos en claro así que la idea de consentimiento es una falacia, sea cual fuere la edad de las víctimas.

~ 4 ~ Al referirnos a una mujer, una adolescente, una niña o cualquier otra persona en situación de trata o de prostitución, tendremos presente que es la consecuencia de una red de complicidades y de responsabilidades que involucran el sistema político, judicial y policial (sistema prostituyente).

~ 5 ~ No hablaremos de cliente sino de hombre-prostituyente o varón-prostituyente. Al hacerlo pondremos en claro que existe una relación de poder y, como tal, desigual, y no una transacción comercial entre pares. Visibilizamos así los delitos de proxenetismo y de trata de personas con fines de explotación sexual.

~ 6 ~ Al realizar una cobertura periodística sobre prostitución y/o trata de personas no utilizaremos las expresiones “servicio sexual”, “trabajo sexual”, “trabajadora sexual” ni “trabajadora del sexo”, sino “víctima de explotación sexual” o “víctima de trata de personas”.

Tampoco utilizaremos el término “prostituta”, sino “mujer prostituida”; ni emplearemos la expresión “prostitución infantil”, sino “explotación sexual infantil”. Del mismo modo cuidaremos de no utilizar eufemismos ni expresiones que naturalicen o encubran estos delitos.

~ 7 ~ Respetamos los derechos de la persona víctima. Por eso nos comprometemos a no dar su nombre real, ni a difundir imágenes o datos que puedan facilitar su identificación o ubicación.

~ 8 ~ Nuestro relato debe ayudar a entender las causas y a identificar a las víctimas como tales; por lo tanto, también deberá cuestionar que se las arreste por estar en un prostíbulo o por no disponer de su documentación en regla. Haremos conocer sus derechos a la víctima, si no los supiera, y le informaremos dónde puede recibir orientación, asistencia y protección.

~ 9 ~ En el mismo sentido, no haremos ningún juicio de valor sobre su situación. Evitaremos la revictimización y la culpabilización; por eso no daremos detalles de los sometimientos sexuales que padecieron.

~ 10 ~ Buscaremos alentar la denuncia de situaciones de trata y de explotación sexual, para lo cual incluiremos los teléfonos y las direcciones de los lugares donde hacerlo. Del mismo modo publicaremos los teléfonos y las direcciones de servicios de asistencia a las víctimas.

Y trataremos de difundir en forma periódica, con la anuencia de sus familiares o del juzgado interviniente, las fotografías y los datos de las personas desaparecidas que se sospecha han sido secuestradas por redes de trata.

Sobre el punto 1 Ley 26.842 (diciembre de 2012) Agrega otras condiciones de explotación: esclavitud y reducción a la servidumbre servicios o trabajos forzados promoción, facilitación o comercialización de la prostitución ajena u otras formas de servicios sexuales ajenos

Ley 26.842 (diciembre de 2012) promoción, facilitación o comercialización de pornografía infantil o espectáculos con ese contenido matrimonio forzado u otro tipo de unión de hecho forzada extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos El consentimiento de la víctima no es atenuante del delito.

Etapas de la trata Captación a través de: Función de reclutador/a engaño laboral económico amoroso (hacerle el novio) violencia física Función de reclutador/a También puede haber un/a entregador/a: personas del entorno familiar, amistoso o barrial de la víctima

Traslado o transporte de la víctima a otra localidad, ciudad o país por sus propios medios o privada de su libertad para alejarla de toda posibilidad de ser ayudada con complicidad de miembros de las fuerzas de seguridad y/o de Migraciones gracias al descuido o negligencia de las empresas de transporte de pasajeros

Resistencia a tomar la denuncia Dicen que “se fue por su propia voluntad” y que “ya volverá”. Eso da tiempo a los captores para alejarla. Insistir para que tomen la denuncia. Las primeras 24 a 48 horas son vitales para encontrarla. Dar visibilidad al caso suele contribuir para que la liberen.

“Ablande”: la víctima, privada de su libertad, es sometida a violaciones sistemáticas y otras formas de violencia, para quebrar su voluntad. Otras veces es violada por su captor, antes de ser entregada o vendida a la organización que la explotará sexualmente.

Explotación sexual en un prostíbulo. Encierro. Libertad sólo aparente, por: amenazas a ella y a su familia desconocimiento del lugar donde está sustracción de documentos falsa deuda, que nunca termina de saldar

Sucesivos y periódicos traslados a prostíbulos de otras ciudades o provincias; a veces, también de otros países. “Hacer la plaza” una “plaza”: 20 días, un mes o 45 días rotación de víctimas, para: atraer más clientes-prostituyentes que la víctima no pueda escaparse ni pedir ayuda, por estar en un lugar desconocido que no puedan encontrarla

Sobre el punto 2 Pérdida de la libertad Violencia física Violencia psicológica Enfermedades, sobre todo ETS (VIH) Escaso acceso a la atención de salud Abortos frecuentes Maternidad forzada ~ sustracción del bebé

Consumo obligado de drogas Consumo obligado de alcohol Adicciones Dependencia De sus captores

Al ser rescatadas o al poder huir: Discriminación y estigmatización en sus lugares de origen en ámbitos policiales en ámbitos judiciales en ámbitos asistenciales en ámbitos políticos Dificultades para formar pareja – repetición del esquema de dominación Riesgo de hijos con malformaciones congénitas, debido al maltrato corporal

Insistir en: Que las autoridades cumplan con la legislación: asistencia psicológica vivienda eventualmente protección (seguridad) ayuda para poder terminar sus estudios capacitación laboral salida laboral

Sobre el punto 3 Perfil de las víctimas (no excluyente): alta vulnerabilidad social pobreza madres solas muy jóvenes migrantes en busca de ingresos para sí o para su familia

bajo nivel educativo (muchas son analfabetas) patrones patriarcales de sometimiento dentro del grupo familiar familias desestructuradas abuso sexual intrafamiliar violencia física y/o psicológica con intención de abandonar su lugar de origen en busca de mejores oportunidades Víctimas potenciales de trata y explotación sexual

Métodos de captación Fraude amoroso: “hacerle el novio” en especial con adolescentes tiene varias “novias” estudia el entorno familiar y social agudiza los puntos conflictivos de la relación familiar busca convencerlas de que se vayan con él cuando se lleva a una, desaparece sin dejar rastros y corta el contacto con las demás

Oferta laboral falsa por lo general en otra ciudad, provincia o país el falso empleo ofrecido depende del nivel socioeconómico del prostíbulo y de los clientes-prostituyentes: nivel alto – buena presencia: promotoras, modelos, recepcionistas, camareras, o casting de actuación nivel menos exigente: empleadas domésticas o niñeras

Contacto vía Internet a través de redes sociales falseando identidad y edad captación de adolescentes y niñas Insistir con la prevención: supervisión constante de los adultos a cargo crear conciencia de: no subir fotos ni videos íntimos no enviarlos por ningún medio electrónico

La mayoría de las mujeres fueron introducidas en la prostitución antes de los 18 años. La vulnerabilidad y/o las amenazas hacen que la prostitución no sea casi nunca una elección libre. Desterrar el “está porque quiere”, “por su propia voluntad”, “nadie la obligó”, “por cuenta propia”.

Sobre el punto 4 Cadena de negligencias y complicidades En traslados: ausencia de controles corrupción de personal y autoridades de: migraciones fuerzas de seguridad organismos de documentación personal Articulación de redes de tratantes y sectores del poder: del Estado grupos influyentes de la sociedad

Tres sistemas Prohibicionista: Reglamentarista: Represión policial de la prostitución El cliente-prostituyente es víctima. Bien jurídico a proteger: la moral. Reglamentarista: Prostitución = “trabajo sexual” Derechos y obligaciones de prostitutas, clientes, dueños de locales, autoridades policiales y civiles Se delimitan espacios públicos y privados Se regulan horarios y características

La Argentina tiene el sistema abolicionista: Se inspira en principios humanitarios: cualquier forma de prostitución implica la explotación del cuerpo del ser humano. Considera a las mujeres como víctimas del tráfico sexual. Se persigue a quienes inducen, mantienen y se benefician con la prostitución ajena. No se penaliza a la mujer en situación de prostitución.

Corrupción municipal: Habilitación de locales con nombres eufemísticos: whiskerías, cabarets, night clubs, saunas, etc., que en los hechos son prostíbulos. Ordenanzas de espectáculos públicos que definen a las mujeres prostituidas como alternadoras. Instauración de “libreta sanitaria”, para proteger: la salud de los clientes-prostituyentes el negocio de los proxenetas. La Ley de Profilaxis es la más ampliamente violada en tiempo y en espacio en todo el país

Complicidad de las fuerzas de seguridad por omisión por acción directa: coimas extorsión pago por “protección” Funcionarios policiales y judiciales: no clausuran los locales no velan por el cumplimiento de la ley no toman denuncias, o no las atienden en tiempo y forma desvían la investigación

Funcionarios judiciales que administran justicia Sin perspectiva de género Con prejuicios sexistas Con ignorancia de la legislación nacional e internacional Al mantener la impunidad, realimentan estos delitos Todas las personas que facilitan, contribuyen y naturalizan, de manera activa o con su silencio, las condiciones de trata y de explotación sexual.

hombres-prostituyentes: Sobre el punto 5 hombres-prostituyentes: partícipes necesarios invisibilizados complicidad social: tolerancia de las prácticas prostibularias hacen invisible la vulneración de los derechos de las mujeres

Importancia de los medios Reproducen mitos y estereotipos Reiteran prejuicios y juicios de valor que fomentan y permiten la existencia de la explotación sexual y la trata: La mujer como ser inferior La mujer como objeto sexual La mujer como bien de consumo

Elegir con cuidado el lenguaje. Hacer visible el tema Elegir con cuidado el lenguaje. Por ejemplo, “cliente” alude a consumo, a libre circulación de productos y mercaderías Dinero ~ relación asimétrica de poder. Recalcar que la “oferta” de mujeres y niñas existe, porque existe una “demanda” por parte de los varones. Prohibición de cualquier forma de publicidad de oferta y/o demanda de sexo.

Sobre el punto 6 Silvia Chejter (socióloga): “Prostituir es un verbo que habitualmente se conjuga con un sujeto trastocado”: suele decirse que una mujer “se prostituye”, mientras que nadie diría que el esclavo “se esclaviza” a sí mismo, o que el obrero “se explota” a sí mismo. Aún cuando la mujer esté en situación de prostitución sin intermediarios ni explotadores, hablar de “clientes” coloca a los hombres-prostituyentes en un papel de receptores pasivos.

No emplear eufemismos, porque naturalizan y ocultan los delitos: Usar el lenguaje para contrarrestar la naturalización de las diferentes formas de sometimiento y de ocultamiento del proxenetismo y de la esclavitud sexual. No emplear eufemismos, porque naturalizan y ocultan los delitos: No whiskería sino prostíbulo O whiskería y prostíbulo O prostíbulo con fachada de whiskería

Sobre el punto 7 Cuidar a las víctimas: Aun los datos más insignificantes pueden permitir su identificación o su localización, o la de sus familiares. Cuidado de su imagen, aun cuando se haya autorizado su difusión. Peligro para su vida. Riesgo de estigmatización y/o discriminación, de ella y/o de sus hijos e hijas.

Consulta con su psicóloga. Si está desaparecida, no entorpecer la investigación. Consultar qué información conviene mantener en reserva. Consulta con su psicóloga. Eventualmente, permitir su presencia durante la entrevista. No entrevistar a víctimas que acaban de ser liberadas o se hallan en estado de shock.

Sobre el punto 8 Describir el contexto y las condiciones en que fue captada o secuestrada la víctima. Subrayar su vulnerabilidad. No cuestionar su permanencia en la red de trata o en el prostíbulo. No especular con que hubiera tenido la posibilidad de escapar o alejarse de la explotación sexual. No exigir denuncia policial o judicial (quizá no se sienta segura para hacerlo). No obstante, recordar siempre que estamos frente a un delito, o a varios delitos.

Sobre el punto 9 Una víctima de trata es revictimizada cuando es desacreditada, estigmatizada o culpabilizada por la situación en la que estuvo inmersa. El tratamiento de los hechos en forma morbosa y amarillista contribuye a la estigmatización. No reconocerla como una interlocutora válida, no escucharla con respeto es una forma de violar nuevamente sus derechos.

Sobre el punto 10 Recordar siempre que es un delito. Aunque la ley no los sancione, los hombres-prostituyentes son cómplices de ese delito. Instar a denunciar la existencia de víctimas. Difundir teléfonos y direcciones donde hacerlo. Recordar los lugares donde las víctimas pueden recurrir para recibir ayuda psicológica, económica, laboral, etc., y sin recibir presiones de ningún tipo.

Cientos de mujeres desaparecen cada año por el accionar de las redes de trata. La insistencia en tenerlas presentes en los medios será un aporte más para su localización y rescate. Contribuirá a instalar en la sociedad la conciencia de que la trata y la explotación sexual son gravísimas violaciones a los derechos humanos.

“El periodismo le dice basta a la violencia de género” www.issuu.com/redpar/docs/dec_logo_trata_par Facebook: “El periodismo le dice basta a la violencia de género” Twitter: @Red_PAR www.sibilacamps.com info@sibilacamps.com