Los hechos en el Derecho Administrativo UNIDAD V – PUNTO 2 Los hechos en el Derecho Administrativo
¿Qué se entiende por “hecho”? Una expresión, consecuencia o efecto en que se traduce una fuerza Una acción consumada, un acontecimiento, un suceso, una situación
¿Qué se entiende por “hecho jurídico”? Todo evento al que el derecho le asigna una consecuencia jurídica (Art.896 C.C.) Pueden ser humanos o naturales
¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE HECHO ADMINISTRATIVO Y ACTO ADMINISTRATIVO? El hecho administrativo es un evento El acto administrativo es una declaración
LAS “VÍAS DE HECHO” ADMINISTRATIVAS Son ilícitas Siempre interviene un funcionario o empleado público Es una acción material (Vía de hecho y no vía de derecho)