Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación Ministerio de Educación y Cultura Dirección General de Educación Superior Reglamento Orgánico.

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Transcripción de la presentación:

Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación Ministerio de Educación y Cultura Dirección General de Educación Superior Reglamento Orgánico Marco ROM

Resolución CFE Nº 72/08 ARTÍCULO 12º.- Cada jurisdicción deberá sancionar un reglamento orgánico marco y un régimen académico marco, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y sus Anexos, generando los procesos de consulta, debate y consenso necesarios para su formulación. Serán obligatorios para todos los institutos, estipulando los aspectos que serán de definición institucional. Los Institutos Superiores de Formación Docente incorporarán sus especificaciones y particularidades a estos reglamentos con la debida aprobación jurisdiccional para su validez. Cada jurisdicción deberá sancionar también un reglamento de concursos docentes que regirá para todos los institutos de formación docente bajo su dependencia, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y su Anexo respectivo, promoviendo los procesos de consulta, debate y consenso necesarios

Anexo I Resolución72   PRINCIPIOS ESTRUCTURALES   - Identidad del ISFD, con mención a su pertenencia al Sistema Formador Jurisdiccional   - Principios generales que enmarcan y orientan la gestión institucional   - Misión sustantiva del ISFD   - Funciones centrales que aseguran el cumplimiento de su misión

ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL   A modo de ejemplo:   Cargos de responsabilidad en la gestión institucional. (rector, vicerrector, representante legal, secretaría administrativa, otros)   Definición, condiciones de acceso, responsabilidades y funciones, mecanismos de renovación y remoción, incompatibilidades; cobertura de ausencias y vacancias.

  Cargos de responsabilidad en la gestión académico pedagógica. (regente, coordinador, secretario académico, otros).   Cargos de responsabilidad en los procesos de apoyo. (gestión de la información, tutorías, biblioteca, bedelía, laboratorio, otros)   Órganos colectivos de conducción y/o consulta (consejo directivo, consejo consultivo, consejo de unidad académica, consejo académico, consejo comunitario asesor, comité de autoevaluación institucional, otros )

COMUNIDAD EDUCATIVA   Hace referencia específicamente al personal, los estudiantes, los egresados, la definición del rol, así como sus derechos y obligaciones.   Asimismo incluye a otros actores con que la institución se vincula, dentro del sistema educativo o de otras instituciones educativas, sociales.   Deberán establecerse los criterios que regulan las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa.

REFORMA   14. Es necesario establecer los mecanismos previstos ante la necesidad de reforma del Reglamento Orgánico y para la aprobación de las mismas

ANEXOS   Se recomienda incluir lo relativo a Régimen Académico, Régimen Electoral y   Reglamento de Prácticas como anexos independientes al Reglamento Orgánico, ya que de esta manera se facilita su modificación como cuerpos separados u otros   Anexos tales como Régimen de Convivencia o Códigos de Ética, Manual de Procedimientos, entre otros.

Revisar anexo III Res 72  Confrontar con normativas de Concursos local :  Decreto no. 3029/05  Resolución 2894/05. Reglamento de Concursos para Nivel Superior

Consulta  Se recuerda que los documentos bases son: la Resolución 72, el material entregado y ya acordado en reunión anterior para el RAM, la normativa ya existente remanente de la  En caso de no recibir aportes se tomara como que se acuerda con lo existente respecto de los temas consultados.  Se analizara, organizara y dará formato provisorio a los aportes. A continuación se llamaran reuniones zonales (entre agosto y octubre) y una reunión general de todos los estamentos para deliberar sobre aquellos puntos en que haya diferencias y acordar por consenso o votación mayoritaria.