D IRECCIÓN G ENERAL DE R ECURSOS H UMANOS D EPARTAMENTO DE C ONTROL DE A SISTENCIA DEL P ERSONAL DE LOS C ENTROS DE T RABAJO 08-DRH-P09-I01/REV.00-A.

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Transcripción de la presentación:

D IRECCIÓN G ENERAL DE R ECURSOS H UMANOS D EPARTAMENTO DE C ONTROL DE A SISTENCIA DEL P ERSONAL DE LOS C ENTROS DE T RABAJO 08-DRH-P09-I01/REV.00-A

Las libros de asistencia juegan un papel decisivo en las inspecciones de trabajo, practicadas por los Órganos de Control Administrativo de las Secretarías. Ello es así porque dichas autoridades, al practicar una visita al centro de trabajo para revisar las condiciones de trabajo, solicitarán, entre muchos otros documentos, las libros de asistencia, para verificar que la jornada de trabajo laborada corresponde con la contenida en los horarios establecidos por la Secretaría.

 Llenado correcto de:  Libro de Asistencia  Reportes de Inasistencias.  Tiempo y forma de entrega de reportes.  Normatividad o Leyes y Reglamentos o Tipos de licencias aceptadas  Circular para aceptación de constancias médicas.

Los Jefes de Sector, Supervisores y Directores, deberán utilizar el libro de asistencia y los formatos de reportes que le sean entregados por la Secretaría de Educación y Cultura, cumpliendo con sus requisitos, mismos que serán revisados por la OCDA de la SEC. Estos no deberán ser modificados ya que son formatos controlados por los Sistemas de Gestión de Calidad por los certificados de ISO.

Es obligación del titular del centro de trabajo, sellar y firmar de recibido las incapacidades y/ó permisos (fecha y hora) que le sean entregados por los trabajadores.

En cada uno de los centros de trabajo se deberá crear un expediente para cada trabajador (Incluyendo al responsable del centro de trabajo), donde serán archivadas copias de cada uno de los permisos e incapacidades, con los datos mencionados en el punto anterior, los cuales serán revisados por la OCDA de la SEC. En los casos que el responsable del centro de trabajo se ausente de sus labores, deberá contar en su expediente con el permiso debidamente autorizado por su Jefe Inmediato.

Elaborar los días 15 y último de cada mes, los reportes de Inasistencias justificadas e injustificadas. Cuando los días 15 y último sean inhábiles, los reportes se elaborarán el día hábil anterior, en los formatos impresos para tal efecto. Los Directores enviarán los reportes de Inasistencias a la Dirección General de Recursos Humanos, con copia al Supervisor Escolar, y de la misma manera los Supervisores Escolares enviarán los reportes del personal a su cargo a la Dirección anteriormente citada, con copia a su Jefe de Sector (en caso de existir) y estos únicamente enviarán los correspondientes a su personal, a la Dirección General de Recursos Humanos.

En los casos de los Directores de Escuelas de Educación Primaria, Preescolar y Educación Especial, deberán llevar el control de asistencia de los maestros de Educación Física, únicamente de las horas curriculares que desempeñan en su centro de trabajo y de igual forma incluirlas en los reportes de inasistencias, también deberán entregar copia de dichos reportes al Supervisor de Educación Física. Los permisos a que tenga derecho el trabajador de Educación Física, solamente podrán ser autorizados por el Supervisor de Educación Física.

El personal de apoyo de Educación Especial que este asignado a un Centro de Trabajo de Educación Regular, firmará su asistencia en el libro del Centro de Trabajo de Educación Regular en que se encuentre asignado, sólo que la responsabilidad de elaborar los reportes de inasistencias será de los Directores de Educación Especial, basándose éstos en los registrado en el Libro de Asistencia de las escuelas regulares.

Los reportes de inasistencias injustificadas y justificadas, serán entregados con la firma de enterado de cada trabajador ó notas aclaratorias en caso de su ausencia.

Anexo a los reportes de inasistencias justificadas se enviarán únicamente, incapacidades médicas originales, cuando estas no generen interinato, y se deberán anexar solamente fotocopias cuando originen algún interinato, ya que la incapacidad médica original en este caso, se enviará para él tramite del pago del interinato mencionado. Así mismo, se deberá anexar únicamente copia de las licencias e incapacidades en el reporte que comprenda el inicio de las mismas.

Los formatos de reportes se deberán entregar, existan o no inasistencias. En el caso que no se reporte ningún tipo de inasistencias, sólo se hará la aclaración en dichos formatos.

La falta de cumplimiento de las actividades encomendadas a los Directores, Supervisores y Jefes de Sector, para el control de asistencia del personal a su cargo, los hará acreedores a las sanciones que señala el Artículo 25 y el Artículo 77 del Reglamento Interior para los Trabajadores de la S.E.P.

Tiempo y forma de entrega de los reportes: SEC HERMOSILLO D.G.R.H. C.T. cercanos a Hermosillo 4 días hábiles UNIDAD REGIONAL A brevedad C.T. en comunidades lejanas y de dificil acceso Por medio de habilitado C.T. cercanos a una de las 14 Unidades Regionales 4 días hábiles

En los casos que un trabajador se ausente 48 hrs. antes a la elaboración a los reportes de inasistencias y el Director no identifique si su falta es justificada o injustificada, deberá considerar la posibilidad de que exista una incapacidad médica y por lo tanto el trabajador cuenta con 48 hrs. para entregar dicho documento. Cuando se presenten estos casos el Director deberá incluir estas incidencias hasta el reporte de la quincena siguiente, una vez que haya verificado el tipo de incidencia que corresponda ya sea justificada o injustificada.

Para cualquier duda ó aclaración, podrá comunicarse al Tel.: (01 662) ext Del Departamento de Control de Asistencia en la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Educación y Cultura.