EL ESTADO Y LA GESTION PUBLICA Plan de Desarrollo Presupuesto Sistema General de Participaciones Contratación estatal
Gestión Publica La gestión publica es el conjunto articulado de procesos de planeacion, ejecución, control y evaluación para atender las necesidades sociales y resolver los problemas de interés general de las comunidades. Cuando es realizada por entidades del Estado se llama gestión publica estatal. Si la ejecuta otro actor Privado- se habla de gestión publica no estatal. La gestión publica estatal tiene unas etapas y cada una de ellas un propósito.
(Comprende el tesoro nacional y los bienes fiscales) HACIENDA PUBLICA Están constituidas por los recursos económicos, bienes de propiedad de la Nación recaudados y administrados por el Estado para ser devueltos a la población bajo la forma de servicios públicos y satisfacción de necesidades generales. (Comprende el tesoro nacional y los bienes fiscales)
POLITICA FISCAL Conjunto de normas y procedimientos que establece un gobierno para administrar los bienes que constituyen el patrimonio estatal y los ingresos que percibe, para lograr el bienestar colectivo, la estabilidad y el desarrollo económico.
PLAN DE DESARROLLO
La Constitución Política estableció el Sistema Nacional de Planeacion conformado por el Consejo Nacional de Planeacion y los Consejos Territoriales de Planeacion en distritos, departamentos y municipios. La planeacion del desarrollo del país y sus entidades territoriales se concibe y estructura como un todo integral y armónico al que deben concurrir las entidades públicas y desde sus respectivos ámbitos funcionales y de competencia. El ordenamiento territorial se refiere a una serie de mecanismos que le permiten a los municipios promover el ordenamiento de su territorio para el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes.
El Estado organiza su actividad con criterio territorial, a través de planes, programas y proyectos surgidos del gobierno nacional, departamental y municipal. Los candidatos a los cargos de mandatarios inscriben un programa de gobierno. Al ser elegidos por la figura de voto programático, los ciudadanos les imponen la obligación de cumplir ese programa. Una vez en el gobierno lo primero que deben hacer es convertir su programa electoral en un Pan de Desarrollo y para ello cuenta con el Consejo de Gobierno, Consejo territorial del planeacion, se evalúan las propuestas del plan, se señalan prioridades, etc. Definido el plan lo pasa al congreso, asamblea o concejo, quienes estudian su conveniencia material, técnica, presupuestal y política Los planes de desarrollo son el instrumento con que los gobiernos orientan y racionalizan su acción y sirve de referente para evaluar su desempeño. Ley 152 de 1994.
PLAN DE DESARROLLO Art. 339 CN y Ley 152 de 1994 PARTE GENERAL Propósitos Objetivos y Estrategias PLAN DE INVERSION Programas y Proyectos
PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES ESTRATEGIAS OBJETIVOS METAS PLAN DE DESARROLLO POAI INSTRUMENTO DE GESTION QUE PERMITE OPERACIONALIZAR LOS OBJETIVOS Y LAS METAS DEL PLAN DE DESARROLLO. TIENE POR OBJETO DETERMINAR LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSION A EJECUTAR EN CADA AÑO Y QUE SON FINANCIABLES CON LAS DISTINTAS FUENTES DE RECURSOS. (DECRETO 2680/93)
EN LA NACION ES APROBADO APROBACION DEL POAI PRESUPUESTO POAI EN LA NACION ES APROBADO POR EL CONPES, PREVIO CONCEPTO DEL CONFIS ( Dto .111/96, Artículo 49) DEBE SER INCLUIDO EN EL PRESUPUESTO ANUAL PARA SU APROBACION POR EL CONGRESO, ASAMBLEA O CONCEJO
INCLUSION DE LOS RECURSOS DEL SGP EN EL POAI LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SE PROGRAMAN EN EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES Y EN EL PRESUPUESTO ARTICULANDO CON ESTRATEGIAS OBJETIVOS Y METAS DEL PLAN DE DESARROLLO Ley 715 del 2001, Artículo 89 SE DEBEN INCLUIR INDICADORES DE RESULTADOS PARA MEDIR EL IMPACTO DE LAS INVERSIONES CADA AÑO SE DEBEN PRESENTAR INFORMES DE EJECUCION A LAS OFICINAS DE PLANEACION PARA EFECTOS DE SEGIMIENTO Y AVALUACION
PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES SECTORIAL OBJETIVOS METAS PROYECTOS APROPIACION FUENTES RESPONSABLE INDICADORES CRONOGRAMA
EL PRESUPUESTO PUBLICO
EL PRESUPUESTO PÚBLICO Es un acto administrativo por el cual se prevén o computan anticipadamente los ingresos y se autorizan los gastos, por parte del nivel administrativo competente, para un determinado período, en el ámbito del respectivo nivel
COMPONENTES DEL SISTEMA PRESUPUESTAL Plan Financiero Plan Operativo Presupuesto Anual de la Nación
PRINCIPIOS DEL SISTEMA PRESUPUESTAL LA PLANIFICACIÓN LA ANUALIDAD LA UNIVERSALIDAD LA UNIDAD DE CAJA LA PROGRAMACIÓN INTEGRAL LA ESPECIALIZACIÓN INEMBARGABILIDAD. LA COHERENCIA MACROECONÓMICA LA HOMEÓSTASIS PRESUPUESTAL
COMPONENTES DEL PRESUPUESTO DECRETO 111 DE 1996 EL PRESUPUESTO DE RENTAS EL PRESUPUESTO DE GASTOS DISPOSICIONES GENERALES
PRESUPUESTALES LOS INGRESOS DEL ESTADO PARA EFECTOS PRESUPUESTALES LOS INGRESOS DEL ESTADO SE CLASIFICAN EN : Ingresos corrientes Recursos de capital
INGRESOS CORRIENTES Son los ingresos que genera el Estado con su propia actividad fiscal o empresarial. Estos ingresos corrientes se clasifican en: Ingresos corrientes tributarios Ingresos corrientes no tributarios
Ingresos Corrientes Tributarios Son los impuestos Ingresos Corrientes no Tributarios Tasas o tarifas Contribuciones Rentas contractuales Venta de bienes y servicios y las transferencias.
CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL DEL GASTO Gastos de funcionamiento Servicio de la deuda Gastos de inversión
El Programa de Caja Art. 73 Decreto No 111/96 Instrumento para determinar el ritmo de realización de los gastos previstos en el presupuesto, de tal manera que guarden armonía con los ingresos disponibles para efectuar su pago
CIERRE DE LA VIGENCIA PRESUPUESTAL
CUENTAS POR PAGAR Y RESERVAS COMPROMISOS SE CONSTITUYEN RESERVAS PRESUPUESTALES ANTES DE ENERO 31 SE PAGAN CON CARGO AL PAC DE RESERVAS DE LA VIGENCIA APROPIACIÓN AUTORIZACIÓN MÁXIMA DE GASTOS DICIEMBRE 31 EXPIRA AUTORIZACIÓN MÁXIMA DE PAGOS SE CONSTITUYEN CUENTAS POR PAGAR ANTES DE ENERO 10 SE PAGAN CON CARGO AL PAC DE CUENTAS POR PAGAR PAC CUENTAS POR PAGAR
REGISTROS PRESUPUESTALES De obligatorio diligenciamiento por todos los órganos que hagan parte del presupuesto. Para efecto de llevar el registro de todas las operaciones presupuestales las dependencias encargadas deben llevar libros
LIBROS REGISTRO DE INGRESOS REGISTRO APROPIACIONES, COMPROMISOS, OBLIGACIONES Y PAGOS REGISTRO DE VIGENCIAS FUTURAS REGISTRO DE RESERVAS PRESUPUESTALES REGISTRO CUENTAS POR PAGAR
RESERVAS PRESUPUESTALES CONSTITUCION DE RESERVAS PRESUPUESTALES Código Nombre del rubro Nombre del beneficiario # Registro presupuestal Valor pendiente de pago orden Contrato REQUISITOS Ordenación del Gasto Imputación presupuestal Registro presupuestal Contrato, orden de prestación de servicios, etc.
CONSTITUCION DE CUENTAS POR PAGAR REQUISITOS Código Nombre del rubro Nombre del beneficiario # Orden de Pago Valor Orden de pago orden REQUISITOS Ordenación del Gasto Imputación presupuestal Comprobante de recibo de bienes o servicios Orden de pago
INCONSISTENCIAS MÁS FRECUENTES
Sólo pueden incluirse partidas para atender: INCLUSIÓN DE GASTOS NO AUTORIZADOS Sólo pueden incluirse partidas para atender: Créditos judicialmente reconocidos, Gastos decretados conforme a ley anterior, El funcionamiento de la administración. El cumplimiento del Plan de Desarrollo. Constitución Nacional, Art. 346.
Inclusión de gastos no autorizados Constitución Nacional, Art. 355 Es prohibido decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. Constitución Nacional, Art. 355
No inclusión de apropiaciones para pago de sentencias, déficit fiscal, servicio de la deuda y servicios públicos domiciliarios Decreto 111 de 1996, Art. 19, 44, 45, 46 Ley 734/02 Es deber de los servidores públicos tramitar, proyectar y aprobar en los presupuestos públicos, apropiaciones suficientes para el cumplimiento de las sentencias que condenen a la administración.
Ordenar gastos no autorizados en el presupuesto Ninguna autoridad puede contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes. Decreto 111 de 1996, Art. 71. Los ordenadores y pagadores serán solidariamente responsables de los pagos que efectúen sin el lleno de los requisitos legales. Decreto 111 de1996, Art. 113.
EXPEDIR CHEQUES SIN FONDOS El librador de un cheque debe tener provisión de fondos disponibles en el banco librado. Decreto 410 de 1971, Art. 714 El librador de un cheque presentado en tiempo y no pagado por su culpa abonará al tenedor, como sanción, el 20% del importe del cheque. Art. 731 Decreto 410 de 1971.
Comprometer vigencias futuras sin autorización legal Las Entidades Territoriales pueden comprometer vigencias futuras con la aprobación de la Asamblea o Concejo, siempre que estén contempladas en el Plan de Desarrollo y no se exceda su capacidad de endeudamiento. Decreto 111 de 1996, Art. 23.
Constitución Política Art. 345, 346, 348, 350, 352, 354 Del Presupuesto No se puede percibir contribución o impuesto que no figure en el presupuesto de rentas. No se puede ordenar erogación alguna que no se halle incluida en el de gastos. Es obligatorio que el gasto hubiese sido aprobado por el Congreso, Asamblea, Concejo.
EL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
Recursos y Competencias Art. 356, 361, 363, 364 Constitución Política Establece competencias para la Nación y las entidades territoriales. Crea el denominado situado fiscal, estableciendo beneficiarios y sectores de financiación. Crea la participación de los municipios en los Ingresos Corrientes de la Nación.
Crea el Fondo nacional de Regalías. Continuación... Establece la participación en la explotación de los recursos no renovables. Crea el Fondo nacional de Regalías. Determina los principios del sistema tributario. Establece la base para reglamentar el endeudamiento interno y externo de la Nación.
Ley 715 -2001 Reglamenta las competencias y recursos, mediante el Sistema General de Participaciones, para la educación, la salud y la participación de propósito general.
PROCESO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS DEL S. G. P. INCLUIR INDICADORES CALCULAR VALOR GLOBAL 1. EL MINISTERIO DE HACIENDA CALCULA EL VALOR GLOBAL DE LA PARTICIPACION DISTRIBUIR 2. DNP DISTRIBUYE POR DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS COMUNICAR DISTRIBUCION 3. DNP COMUNICA A LAS ENTIDADES ELABORAR POAI 4. ENTIDAD TERRITORIAL ELABORA POAI DE ACUERDO A RECURSOS 5 ENTIDAD INCLUYE EN EL POAI INDICADORES DE RESULTADO QUE PERMITAN MEDIR IMPACTO
PROCESO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS DEL S. G. P. EVALUAR Y CONTROLAR INCORPORAR POAI A PRESUPUESTO ELABORAR PAC GIRAR RECURSOS MANEJAR 6. ENTIDAD INCORPORA PROYECTOS DEL POAI AL PRESUPUESTO 7. NACION Y ENTIDADES TERRITORIALES ELABORAN PAC 8. DIRECCION GENERAL DEL TESORO GIRA DURANTE LOS 10 PRIMEROS DIAS DE CADA MES LA PARTICIPACION DEL MES ANTERIOR, A LA RESPECTIVA ENTIDAD 9. ENTIDAD TERRITORIAL MANEJA LOS RECURSOS EN CUENTAS ESPECIALES 10. PLANEACION DEPARTAMENTAL Y ORGANISMOS QUE HACEN EVALUACIÒN CONTROL DE LA UTILIZACION DE LOS RECURSOS
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES AGUA POTABLE SANEAMIENTO BASICO 41% DEPORTE Y RECREACION 7% CULTURA 3% OTROS 49% DEDUCCION PREVIA 4% 440.727 TOTAL DE RECURSOS 11.018.180 100 % EDUCACION 58.5% 6.187.810 MUNICIPIOS CATEGORIA ESPECIAL, 1,2,3 NETO A DISTRIBUIR 10.577.453 SALUD 24.5% 2.591.476 72 % FORZOSA DESTINACION PROPOSITO GENERAL 17% 1.798.167 28 % MUNICIPIOS CATEGORIA 4,5,6 LIBRE DESTINACION
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES - DEDUCCION PREVIA - 0.52% RESGUARDOS INDIGENAS MUNICIPIOS CUYO TERRITORIO LIMITE CON EL RIO GRANDE DE LA MAGDALENA 0.08% DISTRITOS Y MUNICIPIOS PARA ALIMENTACION ESCOLAR 0.5% FONDO NACIONAL DE PENSIONES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES FONPET 2.9%
17,0% 58,5% 24,5% SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES -DISTRIBUCION- EDUCACION SALUD PROPOSITO GENERAL
DESTINO DE LOS RECURSOS PARA EDUCACION GASTOS DE PERSONAL FALTANTE NOMINA DEPTAL A DIC 31/2001 FUNCIONAMIENTO EDUCACION 58.5% TRANSPORTE ESCOLAR PROVISION CANASTA EDUCATIVA CONTRATACION SERVICIO EDUCATIVO INFRAESTRUCTURA CALIDAD EDUCATIVA
DESTINO DE RECURSOS PARA SALUD .MUNICIPIOS Y DISTRITOS REGIMEN SUBSIDIADO (SUBSIDIOS A LA DEMANDA) 48% PRESTACION DE SERVICIOS (SUBSIDIOS A LA OFERTA) 39.5% DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS DESCENTRALIZADOS SALUD 24.5% SALUD PUBLICA 12.5 NACION, DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS
FLUJO DE FONDOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES FECHA DE GIRO MESES D 01 10 FLUJO J A S O N F M E 08 09 11 12 04 05 06 07 02 03
RENDICION DE CUENTAS
CUENTA Es el informe acompañado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario.
RENDICION DE CUENTA Es el deber legal y ético que tiene todo funcionario o persona de responder e informar sobre la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.
REVISION DE CUENTAS Es el estudio especializado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario durante un período determinado, con miras a establecer la economía, la eficacia, la eficiencia y la equidad de sus actuaciones.
CONTRATACION SICE