RELIGIÓN Y ESTADO LAICO EN LA SOCIEDAD ACTUAL

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Transcripción de la presentación:

RELIGIÓN Y ESTADO LAICO EN LA SOCIEDAD ACTUAL Introducción Autonomía entre Iglesia y sociedad civil La relación religión-estado en la Historia El Estado laico en la sociedad actual La libertad religiosa Autonomía de las realidades temporales Diálogo entre sociedad civil y confesiones religiosas.

BIBLIOGRAFÍA Concilio Vaticano II: -Declaración Dignitatis Humanae -Constitución pastoral Gaudium et spes Ratzinger, Joseph: Fe, verdad y tolerancia, Ed. Sígueme, Salamanca, 2005. Congregación para la Doctrina de la Fe: Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política. 24-11-2002

Los documentos del Magisterio se pueden encontrar en Izquierdo, César; Soler, Carlos (ed.): Cristianos y democracia, EUNSA, colección Astrolabio, Pamplona, 2006 Los documentos del Magisterio se pueden encontrar en www.vatican.va www.zenit.org

1. INTRODUCCIÓN Terminología: laico - fiel no consagrado. - estado que no asume una religión como propia. Resumen: -autonomía y diálogo entre Iglesia y sociedad civil -derecho de libertad religiosa del ciudadano y libertad del fiel en lo temporal.

Interés actual por: -enseñanza de la religión en la escuela pública -colaboración del estado en la financiación de las confesiones religiosas -derechos de las minorías religiosas -legitimidad de las autoridades religiosas para pronunciarse sobre algunas actuaciones políticas.

2. AUTONOMÍA ENTRE IGLESIA Y SOCIEDAD CIVIL Dos sociedades con dos fines distintos: -Fin de la Iglesia: salus animarum -Fin del Estado: el bien común temporal. Consecuencias: 1. A la Iglesia no le compete pronunciarse sobre cuestiones temporales opinables: libertad del fiel en cuestiones temporales ante la sociedad eclesiástica.

2. Al Estado no le compete pronunciarse sobre la verdad revelada y lo sobrenatural: libertad religiosa del ciudadano ante la sociedad civil. Pero los súbditos son los mismos, por lo tanto, necesidad de diálogo y colaboración.

3. LA RELACIÓN RELIGIÓN-ESTADO EN LA HISTORIA La primera vez que se formula la separación es cuando Jesús explica “Dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios” (Mt. 22, 21) La explicación definitiva a esta frase es de San Gelasio I, papa desde 492 a 496, en carta al emperador Anastasio:

“De los dos, el poder espiritual es el más alto y éste tiene que someterse también el emperador. A éste último le corresponde exclusivamente el ejercicio del poder temporal. Por lo que concierne a las cosas materiales, también los ministros de Dios se someten a las leyes imperiales.” “Dualismo gelasiano”

Cuius regio, eius religio A lo largo de la Historia, no se ha puesto mucho en práctica: Cesaropapismo, galicanismo, querella de las investiduras, anglicanismo, Real Patronato, regalismo, el derecho de presentación… Reforma protestante y guerras de religión, que terminan con la máxima: Cuius regio, eius religio

Dos tipos de Estado laico: -Norteamericano, separación para garantizar la libertad religiosa (1776) -Francés: separación por medio de la erradicación de la religión de la vida pública (1789)

4. EL ESTADO LAICO EN LA SOCIEDAD ACTUAL Para qué: para garantizar la libertad religiosa de todos. La laicidad: “es un valor adquirido y reconocido por la Iglesia, y pertenece al patrimonio de civilización alcanzado” (Mensaje para la celebración de la Jornada Mundial de la Paz, 1991: “si quieres la paz, respeta la conciencia de cada hombre”

El Estado debe: -garantizar la libertad religiosa de todos, ni exigir ni impedir nada, salvo por razones de orden público. -proveer los medios para que todos puedan practicar, enseñar, organizarse, vivir privada y públicamente su religión. Dos extremos: -el Estado laicista -el Estado clerical

Educación para la ciudadanía: www.profesionalesetica.org Ejemplos de laicismo: Educación para la ciudadanía: www.profesionalesetica.org La clase de religión: www.vozclasereligion.org Ejemplos de clericalismo: Matrimonio sólo canónico en la época de Franco

5. LA LIBERTAD RELIGIOSA Es un derecho humano básico Su fundamento no es el relativismo, sino la obligación de toda persona de buscar la verdad con sinceridad y libertad y obedecer a su conciencia. No solo a nivel individual, sino a nivel colectivo: culto público, enseñanza pública, publicaciones, promoción de instituciones y actividades…

El deber de la autoridad civil es proteger y promover la libertad religiosa de todos. 6. AUTONOMÍA DE LAS REALIDADES TEMPORALES Libertad del fiel en lo temporal: a lo que corresponde la responsabilidad de actuar con coherencia. Misión del laico. Esta autonomía no significa que las cosas creadas no dependan de Dios, y no se deba seguir sus leyes en esos campos.

-Legitimidad del juicio de la jerarquía -Legitimidad del juicio de la jerarquía. Que las verdades naturales sean enseñadas por la Iglesia no significa que no sean verdad. 7. DIÁLOGO ENTRE SOCIEDAD CIVIL Y CONFESIONES RELIGIOSAS. La Iglesia y otras confesiones tienen un potencial impresionante de mejora de la sociedad, por su concepto del ser humano como hijo de Dios, amado por Él, frente a los totalitarismos y utilitarismos.

La Iglesia se enriquece en su diálogo con el mundo: “La experiencia del pasado, el progreso científico, los tesoros escondidos en las diversas culturas, permiten conocer más a fondo la naturaleza humana, abren nuevos caminos para la verdad y aprovechan también a la Iglesia” (Gaudium et spes, n. 44) FIN