PONENCIA DE EXTRANJERÍA

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
MESA RÉGIMEN COMUNITARIO
Advertisements

Orden de convocatoria de uso privativo.
Anteproyecto de Reforma de la Ley de Extranjería
Jornadas Universitarias de Inmigración e Interculturalidad
Agencia Tributaria Cesión de información a las Administraciones Públicas por correo seguro - Internet Departamento de Organización,
MESA 5 DERECHO A LA VIDA EN FAMILIA Y EXTRANJEROS.
CLASIFICACION Y AMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMATIVA VIGENTE
IV ENCUENTROS DE RedUGI TALLER: LA CONTRATACIÓN DE INVESTIGADORES EXTRANJEROS MIGUEL ANGEL GUARDIA LÓPEZ 1 DE ABRIL DE 2009.
CÁLCULO DEL SUBSIDIO ESPECIAL PARA TRABAJADOR MAYOR DE 45 AÑOS QUE HA AGOTADO LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO DE 24 MESES DE DURACIÓN GRUPO TRACK Jose Mª Ríos.
TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO
Proceso: de Propio a Cooperativa
Buenos Días.
PROCEDIMIENTO DE ESCOLARIZACIÓN PARA EL CURSO
NUEVA LEY DE MIGRACIÓN VIGENTE EL 26 DE MAYO DE 2011
EL CONTRATO DE TRABAJO.
Reglamento de Extranjería
La adopción internacional
Concepto y modalidades
PERMISOS Y LICENCIAS BOC 24 de agosto 2006 Informa sobre Familiares de 1º grado son: Esposo/padres/hijos/suegros/hijos políticos Familiares de 2º grado.
LICENCIA ANUAL Y SALARIO VACACIONAL
Subsecretar í a de Poblaci ó n, Migraci ó n y Asuntos Religiosos Coordinaci ó n General de la Comisi ó n Mexicana de Ayuda a Refugiados “ 2014, A ñ o de.
Decreto para los pueblos indígenas.
Cómo entrar en España Documentos necesarios Pasaporte Visado
Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia 5 de julio de 2013
Consecuencias de las modificaciones de la reforma sanitaria en la normativa de extranjería Ayuntamiento de Fuenlabrada 23 noviembre 2012.
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE RESIDENCIAS
REDUCCIONES FISCALES REDUCCIÓN TIPO GRAVAMEN IBI 0,570,51 REDUCCIÓN COEFICIENTES SITUACION IAE PLAN MUNICIPAL FRENTE A LA CRISIS.
Renovación de autorizaciones de residencia temporal Ayuntamiento de Fuenlabrada 23 noviembre 2012.
NACIONALIDAD.
IRPF 2013 DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN CASTILLA Y LEON Colegio Oficial de Gestores Administrativos de C y L.
PLAN DE FORMACIÓN TERRITORIAL RED ARIADNA PLAN DE FORMACIÓN TERRITORIAL RED ARIADNA JORNADA “MARCO JURIDICO ESPAÑOL DE LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL Y SITUACIÓN.
SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA.
PLANTEAMIENTO Problemas de la vivienda:
“Efectos económicos del matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación. ********************************** Convenciones matrimoniales. Régimen.
CONVOCATORIA AYUDAS VIVIENDA 2010 CONSEJERÍA DE FOMENTO CONSEJERÍA DE FOMENTO AYUDAS VIVIENDA 2010.
INICIO DE ACTIVIDAD Circular 04 – 14 S.I.I.. OBLIGATORIEDAD Según el artículo 68 del Código Tributario, "Las personas que inicien negocios o labores susceptibles.
Ayuntamiento de Gerena REGISTRO MUNICIPAL DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA DE GERENA Gerena, 29 de Marzo de 2011.
EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA)
Real Decreto-ley 16/2012, de 20 abril, medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud Noviembre 2012.
ARRAIGO SOCIAL “A los extranjeros que: Acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años. carezcan de.
DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS Fecha: 08/02/ CRITERIOS PARA DEVOLUCIONES AUTOMATICAS CRITERIOS 1.- Es una facilidad administrativa para el contribuyente.
TEMA 2 LA PERSONA FÍSICA.
LUCES Y SOMBRAS LA NUEVA LOEX. PUEBLOS UNIDOS
Test UD 8.
¿Qué es la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos? De acuerdo con la Ley 32/2010, de 5 de agosto, los trabajadores autónomos cuentan.
Visas de Residente Temporal Estudiante y
Test UD 8.
LIC. CLAUDIO HIDALGO PORTES
12/09/2012.
Tutelas NOMBRE: ESTEFANIA ANDREA MONTENEGRO CHICA
UNION GENERAL DE TRABAJADORES Departamento de Migraciones
Concesión administrativa
EL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
ALUMNO: JORGE BAQUERIZO PROFESORA: JACQUELINE CABANILLA.
INVESTIGADORES NO COMUNITARIOS (L.O. 4/2000) Estancia por estudios (art b) Excepción a la autorización trabajo (art. 41) Régimen especial investigadores.
Uniones convivenciales
Impuesto Directo: recae directamente sobre la persona, como es el caso del impuesto de renta o el impuesto al patrimonio. Impuestos indirectos: impuesto.
RESPONSABILIDAD CIVIL PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
Adopción Eduardo G. Roveda
Cajas de Compensación Son corporaciones sociales de carácter privado, autónomas, sin fines de lucro.
Cristina Bonilla Molina Paula Castaño López. Se denomina empresa de trabajo temporal a aquella cuya actividad fundamental consiste en poner a disposición.
II.- LOS INSTRUMENTOS NOTARIALES.
AFILIACIÓN AL SGSSS.
CONTRATOS PLURIANUALES
ORDEN CRONOLOGICO DE LOS TRAMITES DE CREACION DE UNA EMPRESA para empresarios individuales y sociedades civiles basta con el DNI CERTIFICACIÓN NEGATIVA.
Movilidad laboral, reconocimiento cualificaciones profesionales UNIVERSIDAD DE OVIEDO 4 de noviembre de Carlos García de Cortázar y Nebreda.
Abril 2012 EXTRANJERÍA. MODELO ATENCION JURIDICA PARA USUARIOS BILTZEN PARA PROFESIONALES D.I.- UCAI (Unidad de Coordinación y Apoyo a Inmigrantes) ENTIDADES.
NUEVO DESCANSO POST NATAL Arturo Mandiola abogado.
EL CONTRATO DE TRABAJO Y SUS MODALIDADES
Orden de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales reguladora de las bases para la concesión de ayudas económicas para favorecer la convivencia familiar.
Transcripción de la presentación:

PONENCIA DE EXTRANJERÍA Reagrupación familiar Residencia de Menores

NORMATIVA Directiva 2003/86/CE del Consejo, sobre el derecho a la reagrupación familiar LO 4/2000 (LO 2/2009) Cap. II art. 16 – 19 Reglamento Extranjería Art. 38 y ss Instrucción DGI/SGRJ/08/2009 de la Dirección General de Inmigración,

Figuras de reagrupación familiar en el Reglamento de Extranjería Residencia temporal por reagrupación familiar (art. 38 y ss) - Adopción internacional Residencia de hijo del residente legal (art. 94) Residencia cir. exc. por arraigo (art.45.2) Residencia cir. exc. protección internacional a familiares de refugiado (art. 45.3: en relación con el art. 34.1 del Rgto de Asilo) Residencia a familiares del residente de larga duración CE

Reagrupante El extranjero residente legal deberá: haber obtenido la renovación de su residencia inicial (residencia de larga duración en el caso de ascendientes) disponer de vivienda adecuada (CE 7.1.a “normal para una familia de tamaño comparable en la misma región”) tener medios de subsistencia suficientes (CE 7.1.c “fijos y regulares suficientes; no asistencia social”)

Reagrupados Familiares reagrupables cónyuge del residente o pareja con relación de afectividad análoga a la conyugal (que no se encuentre separado de hecho o de derecho ni casado en fraude de ley) sus hijos o los de su cónyuge o pareja, incluidos los adoptados menores de edad o discapacitados cuyo representante legal sea el reagrupante ascendientes directos del residente o del cónyuge, si están a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia

Reagrupados CÓNYUGES Que no se encuentre separado de hecho o de derecho No existencia de fraude de ley En ningún caso más de 1 cónyuge aunque su ley personal permita esta modalidad Si 2ª nupcias: procedimiento judicial que fije la situación del cónyuge anterior y sus hijos

Reagrupados PAREJAS Relación de afectividad análoga a la conyugal Certificación expedida por registro público Certificación expedida con una antelación máxima de 3 meses

Reagrupados HIJOS Menores de 18 años Mayores de edad discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades. Si lo es de un solo cónyuge, éste habrá de: ejercer la patria potestad en solitario o tener otorgada la custodia, y tenerlo efectivamente a su cargo Acreditar que al menos durante el último año de su residencia en España ha transferido fondos o soportado gastos familiares en una proporción que permita inferir una dependencia económica efectiva.

Reagrupados REPRESENTACIÓN LEGAL Menores de 18 años Mayores de edad discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades.

Reagrupados REPRESENTACIÓN LEGAL de MENORES Resolución de autoridad competente de su país (preferentemente judicial) Reconocida en España (que reúna los requisitos para producir efectos en nuestro país) Causas de denegación: Si vive uno de los progenitores y no hay una declaración judicial de desamparo (no vale la cesión o delegación de la patria potestad en tercera persona) Si el menor está legalmente emancipado Si el reagrupante está privado legalmente de la patria potestad o de los derechos de guarda o educación o legalmente removido de su tutela o cumpliendo pena privativa de libertad o condenado por delito que haga suponer que no desempeñará bien la representación del menor

Reagrupados REPRESENTACIÓN LEGAL de MAYORES Declaración judicial Presentación de originales legalizados y traducidos

Mayores de 65 años (salvo razones humanitarias) Reagrupados Ascendientes Mayores de 65 años (salvo razones humanitarias) Razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España (escrito explicativo y documentos acreditativos) Vivir a cargo (transferencias dinerarias durante el último año)

Informe Comunidad Autónoma o Ayuntamiento Reagrupante Acreditación Vivienda Informe Comunidad Autónoma o Ayuntamiento Extremos que deberá reflejar: título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento

Vivienda: habitabilidad DECRETO 19/2006, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid.( BOCM 22 de febrero de 2006) Artículo 8 .- Unidad familiar: cónyuge e hijos menores Artículo 10 .- Adecuación de la superficie de la vivienda a la composición familiar

Títulos de vivienda 1. Propiedad o copropiedad El reagrupante es propietario o copropietario (con otro u otros) de la vivienda 2. Arrendamiento o coarrendamiento El reagrupante es arrendatario o coarrendatario (con otro u otros) de la vivienda. El contrato de arrendamiento urbano se regula en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre(LAU) Si bien algunos contratos pueden haberse celebrado bajo la vigencia del Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre o por el Real Decreto Ley 2/1985, de 30 de abril. La celebración del arrendamiento con opción de compra no afecta a la condición de arrendatario del que lo suscribe. 3. Cesión El reagrupante es titular de un derecho de cesión regulado en el artículo 8.1º de la LAU: “El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador”. La LAU no permite la cesión de vivienda a familiar (Disposición Transitoria 2ª apartado 3) a diferencia de lo previsto en el artículo 24.1º del Decreto 4104/1964n que sí lo contemplaba. 4. Subarriendo El reagrupante puede ser subarrendatario ( artículo 8.2º de la LAU), subarriendo que debe ser parcial, requiere consentimiento escrito del arrendador, se extingue cuando lo haga el derecho del arrendatario que lo arrendó y el precio no puede exceder, en ningún caso, del que corresponda por el del arrendamiento del que trae causa. 5. Comodato El reagrupante puede ser comodatario. El comodato se regula en los artículos 1.741 y siguientes del Código Civil, es esencialmente gratuito, pero el comodatario ha de pagar los gastos ordinarios para el uso y conservación de la vivienda prestada. 6. Precarista (NO VÁLIDO por carecer de título) El reagrupante puede ser precarista. El precario se regula en el artículo 1.750 del Código Civil y se extiende a aquellos que sin pagar merced utilizan la posesión del inmueble sin título para ello, en sentido amplio abarca los supuestos de posesión concedida o tolerada o situaciones posesorias de puro hecho. Al carecer de título no bastaría para acreditar la ocupación de la vivienda. 7. Usufructo El reagrupante es titular de un derecho de usufructo, uso y disfrute de un bien ajeno, que se regula en los artículos 467 y siguientes del Código Civil.

Reagrupante Medios económicos Directiva 2003/86/CE art. 7.1.c): “el reagrupante deberá disponer de recursos fijos y regulares suficientes para su propia manutención y la de los miembros de su familia, sin recurrir al sistema de asistencia social del Estado”

Medios económicos IPREM IPREM : Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Cuantía 2010 : 532,51 €/mes 1º miembro unidad familiar  100% IPREM 2º miembro unidad familiar  + 100% IPREM 3º miembro y siguientes  + 50% IPREM 2 personas = 1.065 €/mes 3 personas = 1.331 €/mes 4 personas = 1.598 €/mes 5 personas = 1.864 €/mes

Medios económicos - justificación Trabajadores por cuenta ajena Siempre, en todo caso, mediante Declaración de la Renta del último ejercicio Si no están obligados a presentar declaración de la Renta: Certificado de la Agencia Tributaria sobre rentas que percibe. Contrato de trabajo y nóminas de al menos los tres últimos meses de todos los miembros de la unidad familiar junto con certificados de parentesco. Cuentas bancarias: acreditación de titularidad y extracto de movimientos bancarios de, al menos, los últimos 12 meses.

Medios económicos - justificación Trabajadores por cuenta propia Declaración de la Renta del último ejercicio (tienen obligación de hacerla). Se podrá reforzar con declaraciones trimestrales a cuenta del IRF del año en curso en el caso de Estimación Directa (M. 130). Cuentas bancarias: acreditación de titularidad y extracto de movimientos bancarios de, al menos, los últimos 12 meses.

Medios económicos - justificación Empleados de hogar discontinuos Declaración de la Renta del último ejercicio Si no están obligados a presentar declaración de la Renta: Certificado de la Agencia Tributaria sobre rentas que percibe. Cuentas bancarias con indicación del saldo medio mensual de, al menos, los últimos 12 meses y números de titulares de cada una de ellas (certificado expedido por la entidad bancaria). Declaraciones empleadores junto con copias de sus DNI: inicio relación laboral, nº horas, cuantía retribuciones

Reagrupación familiar: efectos Habilita para trabajar a Cónyuges / Parejas Hijos en edad laboral No necesita ningún otro trámite administrativo

Residencia independiente Cónyuges, parejas, e hijos con mayoría de edad legal (18 años) Contar con medios de vida suficientes (residencia no laboral) Situación de alta en SS + contrato trabajo mín. 1 año + retribución SMI Situación de alta en SS + requisitos cuenta propia

Residencia independiente Víctimas de violencia de género No necesidad de medios económicos suficientes Obtención de autorización de residencia y trabajo independiente Orden de protección o informe del ministerio fiscal o sentencia condenatoria Los otros familiares reagrupados: mantienen residencia y cambian de dependencia en su renovación

Residencia independiente Muerte del reagrupante Condiciones a fijar en el Reglamento Obtención de autorización de residencia independiente Los otros familiares reagrupados: mantienen residencia y cambian de dependencia en su renovación Ruptura vínculo conyugal No vigente art. 41.2.a): ruptura + convivencia en España 2 años

Adopción internacional Fotocopias DNI de los adoptantes Copia del Informe de idoneidad para la adopción emitido por la Comunidad Autónoma de Madrid Si es posible, copia de pasaporte del menor o cualquier otro documento donde se reflejen sus datos personales

Familiares de residentes de larga duración Tienen derecho los mismos familiares que para una reagrupación normal (cónyuge, hijos y ascendientes) La solicitud podrá presentarla el propio familiar pero siempre después de la solicitud del familiar reagrupante (en cualquier caso no se resolverá hasta que se haya resuelto la de éste) Deberá aportar prueba de que ha sido residente legal en el país de la Unión de donde viene, y dependiente a su vez del familiar reagrupante Deberá acreditar medios económicos y vivienda suficientes como en una reagrupación familiar normal.

Residencia de hijo de residente legal Regulado en el art. 94 del Reglamento Diferencias con la Reagrupación Familiar No es necesario que el padre/madre disponga de tarjeta independiente No es necesario que el padre/madre acredite disponer de tarjeta renovada

Nacidos en España Adquirirán la misma residencia que sus progenitores No interfieren las salidas o permanencias fuera del territorio español

No nacidos en España Menores de edad o incapacitados Hijos o tutelados Dos años de permanencia continuada en España (ausencias de 90 días max) Escolarización obligatoria Medios económicos y vivienda suficientes (idem. reagrupación familiar)

Residencia circunstancias excepcionales: violencia de género. Autorización de residencia y trabajo Orden de alejamiento o en su defecto informe del ministerio fiscal. No se resolverá hasta la conclusión del proc. penal Deberá carecer de antecedentes penales en España o en los países anteriores de residencia No deberá figurar como rechazable en espacio Schengen Su duración será de 1 año desde la resolución de concesión Su concesión no está supeditada a los requisitos normales de autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena (no se exige por tanto oferta de trabajo o proyecto de inversión) Su eficacia no está condicionada a alta alguna en SS

Residencia PROVISIONAL: violencia género Hasta la resolución del procedimiento penal Previa solicitud de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales Carecer de antecedentes penales No figurar como rechazable en espacio Schengen Habilitará a trabajar, por cuenta propia o ajena, en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial La fecha de comienzo de su eficacia será la de la resolución por la que se conceda Su vigencia estará condicionada a la finalización del proceso penal

Legalizaciones Vía diplomática Apostilla de la Haya (países firmantes) Autoridades internas del país de origen conforme sus leyes Ministerio de Exteriores del país de origen Embajada o Consulado Español en su país de origen Mº Asuntos Exteriores y Cooperación español (Legalizaciones: C/ Juan de Mena, 4) Apostilla de la Haya (países firmantes) Convenio de Atenas - Países antigua URSS Convenio de Viena (Acta plurilingüe)