Código de Autorregulación Ernesto Ortiz Díaz. Director Jurídico.

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Transcripción de la presentación:

Código de Autorregulación Ernesto Ortiz Díaz. Director Jurídico.

¿Por qué autorregularse? Un compromiso moral. Cumplimos con uno de los objetivos de la CCI. Riesgo reputacional para el gremio y sus afiliados. Queremos que con los años ser miembro de la CCI sea sinónimo de probidad. 2

Estrategias Código de autorregulación de la CCI Manuales de buenas prácticas 3

Contenido 1.Objetivo y ámbito de aplicación 2.Conductas de Autorregulación 3.Procedimiento de Autorregulación 4.Etapa de investigación 5.Etapa de decisión 6.Sanciones 7.Reformas al Código de Autorregulación

Objetivos y ámbito de aplicación El Código de Autorregulación de la CCI tiene como objetivos: Consolidar la sana y leal competencia en los procesos de contratación en los que participen los afiliados a la organización; Constituirse en un instrumento para combatir la corrupción de la infraestructura. El Código no pretende sustituir los mecanismos de control fiscal, disciplinario o de otra índole del Estado en relación con la contratación pública, si no ser un instrumento que recoja un acuerdo común de los afiliados sobre las reglas que orientan su actuación en el desarrollo de los procesos de contratación.

Conductas de Autorregulación Se ejerce a través de funciones normativas, investigativas, disciplinarias y de promoción de acciones colectivas de los afiliados. Se ejerce por medio de los órganos de autorregulación (Rector, Consejo de Autorregulación y Tribunal de Autorregulación). Autorregulación gremial El Código de Autorregulación de la CCI plasma aquellas conductas identificadas por los afiliados al gremio que comprometen principios y valores fundamentales para la transparencia y la sana competencia, y que son objeto de autorregulación gremial.

Procedimiento de Autorregulación El procedimiento de autorregulación cuenta con dos etapas, la etapa de investigación y la etapa de decisión. Etapa de investigación (finalidades) Establecer la comisión de las conductas establecidas en el Código Recaudar o practicar las pruebas pertinentes Archivar las investigaciones Elevar la formulación de cargos al tribunal Etapa de decisión (finalidades) Determinar la existencia o inexistencia de una infracción al Código de Autorregulación por parte del investigado

Etapa de investigación Investigación y solicitud de explicaciones A petición de los afiliados Por solicitud de la Junta Directiva de la CCI Por solicitud de la presidencia de la CCCI De oficio Rendición de explicaciones El investigado cuenta con cinco días hábiles para rendir explicaciones y aportar pruebas Análisis y evaluación de las explicaciones Recibidas las explicaciones el Rector cuenta con 20 días Someter el caso al Tribunal de Autorregulación Archivar Reglas de Investigación El rector debe formar un expediente que contenga todas las actuaciones y pruebas El proceso disciplinario inicia con el envío de una solicitud formal de explicaciones al investigado, con indicación de la conducta censurada, las pruebas pertinentes y la norma probablemente violada.

Etapa de decisión Formulación de cargos Una vez puesta en conocimiento del Panel de Decisión la investigación, este cuenta con cinco días hábiles para convocar al Rector y al investigado. El panel cuenta con cinco días posteriores a la convocatoria Decretar pruebas de oficio Solicitar al Rector ampliación de la investigación respecto de los hechos Devolver el proceso disciplinario al Rector Decisión Contra la decisión adoptada por el Panel de Decisión procederá recurso de revisión. El recurso de revisión tendrá efectos suspensivos respecto al acto impugnado. El tribunal en pleno cuenta con cinco días hábiles para decidir sobre el recurso interpuesto, frente a dicha decisión no procede recurso alguno.

Sanciones El Tribunal de Autorregulación puede imponer cuatro tipo de sanciones, las cuales se determinan de acuerdo a los criterios de graduación. AmonestaciónMultas SuspensiónExpulsión

Reformas al Código de Autorregulación Modificar el catálogo de conductas de autorregulación. Modificar el modo de designar los órganos de regulación. Simplificar el procedimiento de autorregulación. Modificar el régimen sancionatorio.

Manual de buenas prácticas Maduración de proyectos. Nivel de información adecuada y suficiente que debe ofrecer el Estado en los procesos de selección. Con los proyectos de pliegos deberán publicarse los estudios y documentos previos. (Art. 4 Ley 1150 & Art. 87 Ley Anticorrupción) Manejo del riesgo. Los pliegos deben incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles en los contratos. (Art. 4 Ley 1150) Construcción de pliegos. En ningún caso se podrá incluir el precio como factor de escogencia para la selección de consultores. (Art. 5 Ley 1150)