ANTECEDENTES. FIRMA DE CONVENIOS DE AUTOMATICIDAD ENTRE LOS GOBERNADORES DE LOS ESTADOS Y EL SNTE.

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Transcripción de la presentación:

FIRMA DE CONVENIOS DE AUTOMATICIDAD ENTRE LOS GOBERNADORES DE LOS ESTADOS Y EL SNTE

ANTECEDENTES

ANTECEDENTES Corresponde a la federación, los estados y los municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas necesarias. El Articulo 3º prevé que la federación , los estados, el distrito federal y los municipios impartan Educación Básica y Media Superior. El articulo 6º Transitorio de la LGE establece que: “Las autoridades competentes se obligan a respetar los derechos de los trabajadores de la Educación, y reconocer la TITULARIDAD de las relaciones colectivas de su Organización Sindical”

ANTECEDENTES El 26 de Febrero de 2013, se reformaron el articulo 3º y 73 de la constitución, para establecer la obligación publica del estado de garantizar la calidad de la educación básica y media superior. La ley de coordinación fiscal establece que el ejecutivo federal y los gobiernos de las entidades federativas concurrirán en el financiamiento del gasto en servicios personales para la educación publica. El ejecutivo federal proveerá los recursos necesarios para cubrir los pagos de servicios personales a que se refieren los Artículos 26, 26-A y 43 de la Ley de Coordinación Fiscal.

ANTECEDENTES Los Gobiernos de los estados cubrirán con cargo a sus propios ingresos, las plazas distintas a las señaladas anteriormente. La negociación del incremento en remuneraciones se llevará a cabo por los patrones con la participación del SNTE y de la SEP. El convenio se aplicará al personal docente y de apoyo y asistencia a la educación, en el sub-sistema de educación básica; así como en los sub-sistemas de educación media superior y personal de apoyo y asistencia a la educación de este nivel en las entidades federativas

ANTECEDENTES El día 14 de Marzo del presente año el presidente del SNTE en cumplimiento del mandato estatutario, hizo entrega a la SEP del Pliego General de Demandas 2014, en donde se incluyeron los 31 anexos de cada una de las secciones de Nuestro Sindicato. • El 26 de febrero de 2014 en el marco de la Cuadragésima Sexta Reunión Ordinaria de la CONAGO, los titulares de los ejecutivos estatales se pronunciaron por la sustitución del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) por el FONDO DE APORTACIONES PARA LA NÓMINA EDUCATIVA Y EL GASTO EDUCATIVO (FONE), bajo una sola negociación con el Gobierno Federal, y tener la AUTOMATICIDAD EN EL ÁMBITO LOCAL El 7 de Abril de 2014, se instalaron las mesas de negociación SEP-SNTE para atender el Pliego General de Demandas y por primera vez se instaló la mesa de “Personal de la Educación en las Entidades Federativas”.

DECLARACIONES

1. DECLARA “EL ESTADO” El apego a los términos de los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que concurre a la celebración del presente convenio a través de los Gobernadores de las entidades federativas.

2. DECLARA “EL SNTE” Ser el titular de las relaciones laborales colectivas de sus agremiados. Que es una persona moral legalmente constituida por acuerdo del Congreso Nacional de Trabajadores de la Educación, en diciembre de 1943. Derivado de la XXXVI Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional, fue modificado y aprobado el Estatuto del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

2. DECLARA “EL SNTE” Que el maestro Juan Díaz de la Torre, de conformidad con lo establecido en el estatuto del SNTE, cuenta con las atribuciones y facultades necesarias para representar al SNTE en las negociaciones, así como para suscribir el presente convenio. Que en su objeto social y fines tiene entre otros; el defender los derechos de sus miembros, así como el desarrollo personal de sus agremiados.

3. DECLARAN “LAS PARTES” ÚNICA: Que reconocen mutuamente las facultades con las que se ostentan sus representantes, así como las atribuciones con las que cuentan para celebrar el presente convenio y es su voluntad obligarse en los términos de las siguientes:

CLAUSULAS

CLAUSULAS A partir de la respuesta nacional que emita la Secretaría de Educación Pública al Pliego General de Demandas o peticiones, como resultado de la Negociación . Nacional Única , las autoridades de los Estados Replicarán automáticamente los incrementos salariales y prestacionales a favor de los trabajadores de la educación en el Estado. “EL ESTADO” Y “EL SNTE”, vigilarán que los incrementos derivados de la Negociación Nacional Única para los trabajadores de la educación, se cumplan de manera irrestricta.

CLAUSULAS Los aspectos de naturaleza laboral y seguridad social, de los trabajadores de la educación, serán atendidos localmente en el marco de la normatividad aplicable. En el ejercicio de los recursos federales que reciba la autoridad educativa estatal, para dar cumplimiento al presente convenio, se deberá observar en todo momento, la normatividad federal.

CLAUSULAS “LAS PARTES” establecen el compromiso que la Negociación Nacional Única, a que se refiere el presente convenio, sustituye en lo sucesivo las negociaciones estatales que llevaban el Comité Ejecutivo Nacional y las Secciones Sindicales. (En acuerdo secretarial emitido por la SHCP, se establecen los procedimientos para salvaguardar los bonos, estímulos y prestaciones obtenidas localmente por las secciones sindicales) La vigencia de este convenio será por tiempo indefinido Las partes convienen que cualquier adición o modificación al presente, se formalizará de común acuerdo y por escrito.

Suscribieron este convenio por "EL ESTADO", los Gobernadores de las Entidades Federativas, por "EL SNTE", el Presidente del ConsejoGeneral Sindical, y los Secretarios Generales de las Secciones Sindicales, el día Martes 13 de mayo de 2014.Acompañando el Lic. Emilio Chuayffet, quien fungió como testigo de honor, en representación del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto.