SAO PAULO 22, 23 y 24 de Octubre de 2013

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Transcripción de la presentación:

SAO PAULO 22, 23 y 24 de Octubre de 2013 SEMINARIO LATINOAMERICANO DE POLITICAS AGRARIA Y FUNDIARIA SAO PAULO 22, 23 y 24 de Octubre de 2013

REGULARIZACION DE LA TENENCIA Y POSESION DE LA TIERRA RURAL EN ARGENTINA

La República Argentina, cuenta con una extensión de 376. 127 La República Argentina, cuenta con una extensión de 376.127.400 hectáreas*, de las cuales 35.628.833 están destinadas a la actividad agrícola, la superficie pastoreada es de 108.533.862 has. y la destinada a forestación es de 34.214.719 has. * Considerando las Islas Malvinas, Georgia del Sur, Sándwich del Sur y Aurora; y la Antártida Argentina.

El territorio está dividido en 23 provincias  y una ciudad autónoma, Buenos Aires que es la Capital de la Nación y sede del Gobierno Federal. Las Provincias pueden “crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines”. NOA- Noroeste Argentino 1- Provincia de Jujuy 2- Provincia de Salta 3- Provincia de Santiago del Estero 4- Provincia de Tucumán 5- Provincia de Catamarca 6- Provincia de La Rioja Cuyo 7- Provincia de San Juan 8- Provincia de Mendoza 9- Provincia de San Luís Pampa Húmeda 10- Provincia de Córdoba 11- Provincia de La Pampa 12- Provincia de Buenos Aires 13- Provincia de Santa Fe NEA - Noreste Argentino 14- Provincia de Formosa 15- Provincia del Chaco 16- Provincia de Entre Ríos 17- Provincia de Corrientes 18- Provincia de Misiones Patagonia 19- Provincia de Neuquén 20- Provincia de Río Negro 21- Provincia de Chubut 22- Provincia de Santa Cruz 23- Provincia de Tierra del Fuego

El 95% de la superficie del país corresponde a Tierras Rurales R U A P TIERRAS RURALES El 95% de la superficie del país corresponde a Tierras Rurales Se Podria decir que corresponden a EJIDOS RURALES?? UNIDADES AGROPECUARIAS Cada una de las Parcelas Catastrales donde se desarrolle real o potencialmente una actividad Agropecuaria Productiva

De la superficie continental argentina (2 78. 040 De la superficie continental argentina (2 78.040.000 has), según el CNA en el año 2002 existen 333.533 Explotaciones agropecuarias(EAP) de las cuales 297.425 tienen límites definidos y 36.108 de Explotaciones agropecuarias no tienen límites definidos. Provincia Explotaciones agropecuarias Censo Nacional Agropecuario 1988 Censo Nacional Agropecuario 2002 Censo Nacional Agropecuario 2008* Total Con límites definidos Sin límites definidos Total del país 421.221 378.357 42.864 333.533 297.425 36.108 276.581 251.082 25.499 * Datos Preliminares Fuente: INDEC, Censo Nacional Agropecuario 1988 y 2002. Explotaciones agropecuarias (EAP) por tipo de delimitación. Total del país. Años 1988, 2002 y 2008.

Explotaciones agropecuarias (EAP) por tipo de delimitación. Total del país. Años 2002 y 2008. 297.425 36.108 251.082 25.499 50000 100000 150000 200000 250000 300000 Cantidad de EAPs Con límites definidos Sin límites CNA 2002 CNA 2008 Fuente: Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias en base a datos del CNA 2002.

Algunos factores de cambio de la estructura agraria: La creciente demanda de productos alimentarios de origen agrícola, y el aumento de población mundial Los avances tecnológicos, como la mejora genética de los cultivos, siembra directa, los nuevos agroquímicos, etc La concentración en la gestión de la tierra, a veces con transferencia de la propiedad y otras desde la figura de arrendamiento, que permiten manejar miles de has. en distintas provincias, distribuyendo el riesgo. El aumento de precio internacional de la soja, que desde lo social, genera dos realidades: a) existencia de actores altamente integrados; b) productores pequeños y medianos que no tienen la capacidad de apropiarse de la renta generada en la cadena. El cambio de uso de la tierra por el crecimiento que registra la mega minería, el desarrollo del turismo ; el avance de la desertificación de zonas patagónicas, fragmentación de bosques nativos y los procesos de patrimonialización.  

El cambio de estructura agraria acentúan la tendencia de que muchos pequeños productores campesinos e indígenas no puedan acceder a la titulación de tierras que han poseído durante años. Esta irregularidad esta dada por la falta de recursos para acceder a la justicia, normas del siglo pasado (usucapión, sucesiones indivisas, acciones posesorias, código minero, entre otro.) requieren una modificación de los marcos jurídicos aplicables, y el compromiso político de modificar las políticas de acceso y democratización del acceso a la información y a la justicia. Es posible identificar al menos tres problemáticas: 1. Inseguridad en la tenencia de la tierras: desalojos de familias campesinas y desarraigo rural ; 2. Vulnerabilidad: dificultad o imposibilidad de acceso a la tierra y al agua; 3. Situaciones de falta de titulación de tierras de aquellos poseedores que trabajan la tierra.

Situación de tenencia de la Tierra Estos cambios en las estructuras agrarias, impactan sobre los distintos actores sociales, tanto públicos como privados; pero en especial incide sobre los pequeños y medianos productores que no son propietarios de las tierras que trabajan, lo que revitaliza el debate sobre la regularización del dominio.  Estos cambios se constataron a través de las estadísticas del CNA 2002, en el cual se clasifica las Explotaciones Agropecuarias (EAP) de la siguiente manera: en propiedad (tanto personal, como familiar o en sucesión indivisas) en contratos agrarios (arrendamiento, aparcerías[Nota:4] y contratos accidentales; en ocupaciones (con permisos, de hecho y en otras formas).

Cantidades de EAPs según régimen de tenencia 203.391 17.700 1.592 4.765 13.355 4.067 1.018 3.077 50000 100000 150000 200000 250000 Cantidad de EAP Propiedad Arrendamiento Aparcería Contrato Ocupación con Ocupación de Otros Sin discriminar Régimen de Tenencia en EAP con toda su tierra 119.355.020 8.821.745 441.404 1.288.916 4.451.534 1.759.709 632.186 1.366.298 20000000 40000000 60000000 80000000 100000000 120000000 Hectáreas Propiedad Arrendamiento Aparcería Contrato Ocupación con Ocupación de Otros Sin discriminar Régimen de Tenencia de la tierra en has. con toda su tierra Fuente: Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias en base a los datos del CNA 2002.

EAP que combinan tierras en propiedad con otras formas de tenencia u ocupación EAP que combinan tierra en propiedad con Otras combinaciones sin tierra en propiedad Arrendamiento Aparcería Contrato accidental Ocupación Sin discriminar Otras con permiso de hecho Otros tenencia combinaciones EPA 28.020 1.742 7.650 4.414 768 360 667 3.142 1.697 Sup.24.354.617,1 826.717,5 3.865.597,6 2.437.904,3 614.522,0 449.170,7 415.966,0 2.879.168,5 848.088,2 Fuente: CNA 2002

28.020 1.742 7.650 4.414 768 360 667 3.142 1.697 5000 10000 15000 20000 25000 30000 Cantidad de EAP Arrendamiento Aparcería Contrato Ocupación de hecho Otros Sin discriminar Otras combinaciones sin tierra en propiedad Regimen de Tenencia en EAP que combinan tierra en propiedad 24.354.617 826.718 3.865.598 2.437.904 614.522 449.171 415.966 2.879.169 848.088 5000000 10000000 15000000 20000000 25000000 Hectáreas Arrendamiento Aparcería Contrato Ocupación Ocupación de hecho Otros Sin discriminar Otras sin tierra en propiedad Régimen de Tenencia de la tierra en EAP que combinan tierra en propiedad Fuente: Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias en base a los datos del CNA 2002.

Régimen de Tenencia de la tierra en EAP sin límites definidos Total   Arrendamiento Aparcería Ocupación Derechoso[1] Integrante Sin discriminar con permiso de hecho Total del país 36.108 1.534 628 13.266 15.874 2.902 1.172 732 Fuente: CNA 2002 [1] Son explotaciones que se caracterizan por tener límites imprecisos o carecer de ellos. En ellas, por diversos motivos, no están delimitadas las parcelas que la integran y por lo general forman parte de una unidad mayor.

Régimen de Tenencia de la tierra en EAP sin límites definidos 15.874 16.000 13.266 14.000 12.000 Cantidad de EAP 10.000 8.000 6.000 2.902 4.000 1.534 1.172 628 732 2.000 Arrendamiento Aparcería Ocupación Ocupación de Derechoso Integrante Sin Discriminar con permiso hecho Fuente: Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias en base a los datos del CNA 2002.

IMPORTANCIA DE LA REGULARIZACION DEL DOMINIO La regularización dominial de tierras rurales, es condición estructural para ejecutar los programas de desarrollo productivo. Un territorio reorganizado y saneado jurídicamente, viabiliza la incorporación de nuevas tecnologías que promuevan unidades agropecuarias mas eficientes, con capacidades de acceso a infraestructura productiva, a créditos y al desarrollo de la inversión privada individual.    A través de las mejoras en las condiciones materiales de la unidad agropecuaria y de las condiciones de vida del poblador rural, se puede revertir la tendencia al fenómeno de la migración del campo a las grandes ciudades, fortaleciendo el arraigo rural y el desarrollo de las economías regionales y artesanales.

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra A. Ocupación de tierras fiscales:  Cuando productores agropecuarios –ganaderos y agricultores se ubican en tierras que permanecen a los Estados provinciales. Son superficies de diferentes tamaños, sin embargo predominan numéricamente los pequeños productores minifundistas según la capacidad productiva de la zona que se trate. La condición de ocupante adopta diversos grados: • ocupantes sin permiso: no figuran en los registros oficiales pero pueden haber desarrollado sus actividades por generaciones. • ocupantes con permiso: pagan un canon al gobierno provincial por el uso de la tierra, generalmente inferior a los valores de mercado. adjudicatarios en venta: han accedido a un contrato de adjudicación en venta con el gobierno provincial y el título definitivo les será otorgado cuando cumplan con la condiciones impuestas por la normativa provincial de colonización o acceso a la tierra.

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra B. Ocupación de tierras privadas: Los ocupantes de tierras privadas son aquellos que viven y trabajan en predios que se encuentran registrados bajo el dominio de otra persona, ya sea física o jurídica. Estos productores, podrían por el transcurso del tiempo y la inacción del titular registral, ejercer derechos de usucapión o prescripción adquisitiva.

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra C. Campos comuneros: Esta designación incluye las explotaciones que derivan de formas de tenencia originarias de la época colonial. Estas tierras fueron generalmente otorgadas en concesión por la corona española, con una delimitación muy poco precisa . Dentro de la unidad mayor coexisten diversas explotaciones de superficie sin límites definidos, y es frecuente observar la existencia de un sector que es utilizado en forma común por los productores (generalmente para pastoreo)

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra D. Aparcerías precarias: Los aparceros son productores que no poseen tierra y participan en contratos mediante los cuales una parte, el propietario cede la explotación en mutua colaboración de un fundo rural o de una porción de este, con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que resulten de la explotación. En estos casos el apoyo a estos agentes es para el fortalecimiento del acceso a instrumentos de producción (capital fijo agrario) y de esta forma mejorar sus condiciones de producción y negociación y en algunos casos en que se pueden plantear estrategias de acceso a la tierra (tierras fiscales, colonizaciones, etc.)

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra E. Comunidades indígenas: Se trata de tierra en propiedad de la persona jurídica que es el grupo poblacional indígena reconocido por la legislación de la provincia respectiva. Las características legales propias de la naturaleza jurídica de la reserva indígena y en la usual conducta de las familias integrantes de estos grupos que desarrollan sus actividades agrarias sin establecer subdivisiones internas.

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra F. Sucesiones indivisas y divisiones condominiales fácticas: Se trata de situaciones jurídicamente difíciles y se dan tres casos posibles: a) Juicios sucesorios terminados pero sin partición. Es decir, procesos judiciales sucesorios que, por voluntad de las partes, han culminado en un condominio. b) Juicios sucesorios en curso o no comenzados. De modo que no se sabe si terminarían sin partición -condominios- o en particiones individuales para cada sucesor. c) Situaciones sucesorias nunca resueltas -o tal vez ni siquiera iniciadas- desde hace dos (2) o más generaciones.

Situaciones de conflicto en tenencia de la tierra G. Otros casos especiales: El caso de algunos productores asentados en las llamadas ANP (áreas naturales protegidas): parques nacionales, parques provinciales, reservas naturales, etc. Entre 1930-1993 se crearon 27 ANP en jurisdicción nacional acumulando una superficie de 2,8 millones de ha. y 197 ANP en jurisdicción provincial en una superficie acumulada de 10,9 millones de ha.

El desarrollo de una política territorial requiere de mejoras en el acceso a la tierra, de inversiones en infraestructura y vivienda que mejoren la calidad de vida, y las condiciones de producción de las comunidades locales y de los pobladores rurales, posibilitando el arraigo, la sustentabilidad social y ambiental. En Argentina existen tantas políticas y procedimientos para el acceso a tierras, como provincias. Esta dispersión normativa obstaculiza la implementación de políticas homogéneas de equidad que logren un impacto significativo en la democratización del acceso a las tierras y políticas públicas armónicas que desarrollen las economías productivas de manera justa  

Las Provincias argentinas son dueñas de sus recursos naturales, son ellas las competentes para determinar planes de colonización o acceso a la tierra y para efectuar expropiaciones de tierras privadas para adjudicar a poseedores. Características de los Procesos Provinciales: Implican una carga económica para el poseedor rural (pago de mensuras; escrituras, entre otros). Otorgan títulos provisorios; que se transforman en definitivos cuando se cumplen las condiciones fijadas (tiempo, inversiones; etc). No siempre tiene en cuenta la vocación productiva de los suelos.

Con la sanción de la Ley 26737/11, sobre Protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, se vislumbra un cambio de paradigma sobre el enfoque que hasta entonces se tenía sobre la tierra, la cual pasa a ser un recurso natural estratégico y no renovable. Desde fines del 2012, en el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se produjo un cambio en el diseño, formulación y ejecución de las políticas públicas, en materia de tierras rurales, creándose un nuevo organismo que se ocupe de unificar las políticas publicas del sector.

Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias Objetivos Institucionales: Contribuir con la reducción de la precariedad en la forma de ocupación y tenencia de las tierras rurales de la República Argentina y ejecutar junto con los gobiernos provinciales y municipales acciones en este sentido. Diseñar y formular políticas públicas y estrategias destinadas a mejorar la planificación territorial rural, como así también generar y poner en marcha proyectos de planificación territorial de tierras rurales, usos y conservación de las mismas. Participar en la elaboración o modificación de leyes relacionadas con la ordenación y planificación de tierras rurales. *Generar sistemas de información geoestadistico para la toma de decisiones en políticas públicas sobre tierras rurales y su uso en Argentina.

El Programa Nacional de Titulación y Arraigo A-Objetivo general: Contribuir a la reducción de la precariedad en la forma de ocupación y tenencia de las tierras rurales de Republica Argentina, y ejecutar junto con los gobiernos provinciales y municipales acciones en este sentido, promoviendo prácticas de preservación y optimización en el uso de la tierra.   B-Objetivos específicos:  B.1 Promover el acceso a la tierra en áreas rurales y estimular su protección.   B.2 Contribuir a la regularización dominial referida a la tenencia u ocupación de las tierras rurales. B.3 Favorecer el arraigo e impulsar la actividad de los productores/as agropecuarios/as en áreas rurales, propendiendo a la mejora de sus condiciones de vida a través de la articulación de acciones a nivel nacional, provincial y municipal.

Beneficiarios : personas físicas, asociaciones civiles, cooperativas o consorcios dedicados a la actividad agropecuaria, o comunidades de pueblos originarios, que se encuentren cumpliendo una posesión pacífica, continua e interrumpida por el plazo que establezcan las legislaciones nacionales y provinciales; o poseedores de tierras fiscales de Estados Provinciales que cumplan con los requisitos establecidos por las legislaciones locales para ser adjudicatario de tierras Procedimiento para la gestión de beneficios: Los organismos de los Estados Provinciales y/o Municipales que ejecuten política pública en materia de administración de tierras y producción agropecuaria, deberán presentar con la solicitud de incorporación al Programa Nacional, el documento del Proyecto y los requerimientos que administrativamente correspondan. Para los proyectos incluidos en el Programa, y de acuerdo a las actividades productivas que realicen los beneficiarios, se podrá financiar: mensuras, deslindes y amojonamientos; alambrados o cercos; e inversión que propenda al agregado de valor en origen en la actividad productiva de la región.

Etapas en los proyectos presentados Diagnóstico: Estudio de suelo, clima y agua de la tierra a titular; la que se realiza con la metodología determinada por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). Relevamiento territorial de la situación de tenencia Relevamiento de la actividad productiva del poseedor. Estudio de título y Antecedentes de dominio del inmueble rural. Descripción de los mecanismos establecidos por la legislación local para la titulación de tierras: Ejecución: El procedimiento de titulación esta a cargo de la Provincia o Municipio con el contralor de la DNTyUA, quien aprueba cada una de las etapas del proyecto y otorga el financiamiento.

Rubros financiables: Estudio de suelo, clima y agua; Relevamiento territorial de la situación de tenencia ; Relevamiento de la actividad productiva del poseedor:; Estudio de título y antecedentes del dominio Propuesta de Uso del Suelo; Mensura, deslinde y/o amojonamiento; Alambrado o cerco (según el ordenamiento provincial); Escrituración; Inversión en infraestructura para el sector productivo; Formulación del Proyecto.

La articulación entre organismos Nacionales, Provinciales y municipales, fortalece el análisis y la manera de incidir sobre las problemáticas de la tenencia de la tierra en forma integral, llegando con acciones concretas y garantizando el acceso a derechos y la seguridad jurídica en relación a la titularidad y posesión de la tierra, teniendo el desafío mejorar las condiciones de vida denlos pobladores rurales, fomentando el agregando valor en origen, el desarrollo de las economías regionales y artesanales, trabajando por la igualdad de oportunidades.

GRACIAS POR SU ATENCION Dra. Mariana R. URIA Directora Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA REPUBLICA ARGENTINA www.minagri.gob.ar/areas/tierras