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Transcripción de la presentación:

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: – – tlf: INICIATIVA PARA LA CONSULTA POPULAR SOBRE LA NO URBANIZACION DEL AHN –TORRELODONES

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: FUNDAMENTOS DE DERECHO Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.(LBRL)  Artículo 18.1 (de los derechos y deberes de los vecinos) : 18.1.f.- PEDIR LA CONSULTA POPULAR en los términos previstos en la Ley h.- EJERCER LA INICIATIVA POPULAR en los términos previstos en el artículo 70 bis.artículo 70 bis.

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.(LBRL) –CAPÍTULO IV. INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAS.  Artículo 70.bis.2 : 1)Los vecinos que gocen del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales podrán ejercer la iniciativa popular, presentando propuestas de acuerdos o actuaciones o proyectos de reglamentos en materias de la competencia municipal. 1)Dichas iniciativas deberán ir suscritas al menos por el siguiente porcentaje de vecinos del municipio: a. Hasta habitantes, el 20 %. b. De a habitantes, el 15 %. c. A partir de habitantes, el 10 %.

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.(LBRL) –CAPÍTULO IV. INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAS.  Artículo 70.bis.2 (continuación): 3)Tales iniciativas deberán ser sometidas a debate y votación en el Pleno, sin perjuicio de que sean resueltas por el órgano competente por razón de la materia. En todo caso, se requerirá el previo informe de legalidad del secretario del ayuntamiento, así como el informe del interventor cuando la iniciativa afecte a derechos y obligaciones de contenido económico del ayuntamiento. 4)Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio de la legislación autonómica en esta materia. 5)Tales iniciativas pueden llevar incorporada una propuesta de consulta popular local, que será tramitada en tal caso por el procedimiento y con los requisitos previstos en el artículo 71.artículo 71.

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.(LBRL) –CAPÍTULO IV. INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAS.  Artículo 71 :  De conformidad con la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, cuando ésta tenga competencia estatutariamente atribuida para ello, los Alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local.

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: EVOLUCION PADRON TORRELODONES

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf:

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: ESQUEMA DEL PROCESO I.Información a los vecinos sobre la I.P. (Propuesta a los ciudadanos) II.Recogida de firmas de respaldo vecinal a la I.P. (Respaldo de los ciudadanos) III.Presentación de la I.P. y las firmas de respaldo vecinal en el Ayuntamiento con petición a la Alcaldía de sometimiento a debate en el Pleno IV.Emisión de Informe de Legalidad del Secretario municipal, sobre el cumplimiento de todos los requisitos legales exigibles V.Pleno Municipal, (decisión potestativa del Pleno) con sometimiento a debate de la I.P. propuesta y adopción de acuerdo plenario al respecto FASES

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: A partir de aquí el proceso puede seguir obviamente varios caminos en función del contenido especifico de la I.P.: A.Si el acuerdo es desfavorable y se desestima : Fin del proceso de la I.P B.Si el acuerdo plenario es favorable o estimatorio: según el contenido concreto de la iniciativa propuesta, esta puede: - ser directamente ejecutiva por el Ayuntamiento y llevar a cabo la iniciativa popular pretendida directamente en el ámbito de sus competencias - o requerir la resolución positiva por terceros (otras administraciones o entidades públicas o privadas) : en caso de que la I.P. implique convenios o peticiones concretas a éstas. En este supuesto la I.P. queda ya supeditada al devenir propio de dichos procesos de relación legal y administrativa con dichas entidades u organismos RESOLUCION

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: PROCESO PARTICIPATIVO ESTRUCTURACIÓN GRUPO DE COORDINACIÓN GRUPO DE APOYO Comisión de Seguimiento GRUPO DE TRABAJO 1 GRUPO DE TRABAJO 2 GRUPO DE TRABAJO “n”

INICIATIVA CONSULTA POPULAR AHN - – – tlf: Tlf: