MARZO 2014 Resolución de Proyecto FISE N°4-2014-OS-FISE.

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Transcripción de la presentación:

MARZO 2014 Resolución de Proyecto FISE N° OS-FISE

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PARA OPTIMIZAR LA OPERATIVIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DEL VALE DIGITAL FISE

Normativa: Resolución del Proyecto FISE N° —OS-FISE Definiciones: FISE: Fondo de Inclusión Social Energético Administrador FISE: Encargado de la administración del FISE EDE: Empresa de Distribución Eléctrica Agente: Agente Autorizado Beneficiario: Beneficiario FISE BD: Base de Datos Autoridad Local: Autoridad debidamente designada tales como Jueces de paz, Gobernadores, Defensoría del Pueblo, entre otros, que de acuerdo a sus funciones tienen acceso a la población beneficiaria del FISE en su localidad.

La EDE deberá elaborar mensualmente una BD sobre Vales digitales FISE y otra sobre sus agentes vigentes. Estas BD serán entregadas a la entidad financiera. Como sustento al entregar la BD se debe elaborar un expediente que servirá como cargo del envío. Artículo 4°.- De la entrega de información del Vale Digital FISE por parte de la Distribuidora Eléctrica. La EDE deberá demostrar que los vales fueron trasladados y entregados de manera oportuna y adecuada a los beneficiarios. Ante irregularidades, la EDE, deberá realizar las investigaciones necesarias y evaluará la pertinencia de suspender al Agente en conflicto. Si los hechos son muy graves, la EDE tendrá que adoptar medidas legales pertinentes. Artículo 5°.- De la cautela de la Información y actuación ante irregularidades

Artículo 6°.- Aseguramiento del funcionamiento del Sistema Medidas para Emisión y entrega de Vales Digitales a) Entregar anualmente al Beneficiario, un código de seguridad aleatorio de 8 dígitos en un sobre cerrado en remplazo del DNI. b) Mejorar el funcionamiento del sistema comercial para garantizar la entrega de los recibos que contienen en Vale Digital FISE. c) Implementar medidas de seguridad que resguarden el Código del Vale Digital FISE. Uso de Cuaderno de Registro de Canje por Agentes Autorizados a) Proporcionar un cuaderno al agente para que lleve el control diariamente. b) La entrega del cuaderno será verificada con la firma del cargo por parte del Agente, debiendo informar al Administrador FISE. c) Se capacitará al Agente sobre cómo utilizar el cuaderno d) El Agente deberá poner a disposición el cuaderno de canjes, cuando se requiera. e) La EDE podrá verificar el cuaderno cuando crea conveniente. f) Si el agente no registra o no proporciona la información registrada, se podrá evaluar la continuidad del convenio. g) La EDE será responsable y tendrá la custodia de los cuadernos llenados por los agentes. La EDE debe garantizar el adecuado canje del Vale Digital FISE. Las medidas que se adopten para dicho proceso deberán ser comunicadas al Administrador FISE.

La EDE deberá realizar las siguientes actividades de comunicación, debiendo informar mensualmente al Administrador FISE. Artículo 7°.- De las actividades de Difusión a) Comunicar a la autoridad local el cronograma de entrega de recibos. Para que así en conjunto proceden a una adecuada difusión. b) Entregar folletos a los Agentes y autoridades locales, detallando las obligaciones de los agentes con respecto al canje de los vales. c) Hacer campañas y acciones de difusión.

La fecha de inicio del Vale Digital FISE debe ser igual a la fecha emisión del Recibo. Artículo 8°.- De la vigencia del Vale Digital El Administrador FISE y la EDE, podrán utilizar cualquier medio para hacer llegar una comunicación, inclusive SMS, para poder enviar información relevante a los Agentes y Beneficiarios. Los criterios y textos de envío de información serán dados por el Jefe de Proyecto FISE. Artículo 9°.- Comunicaciones al Agente Autorizado La EDE deberá realizar una campaña de difusión radial en las localidades que presenten denuncias o reclamos referidos al canje de vales o simplemente los canjes sean menores a 50%. La campaña deberá durar 15 días, 7 días antes de la entrega y 7 días después de esta. Después de 1 mes la EDE informará al Administrador FISE. Artículo 10°.- De la Campaña de Difusión Inicial

OSINERGMIN%20No OS-FISE.pdf Puede encontrar la Resolución completa en:

MARZO 2014