Dra. Gloria Arellano Bernal.

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Transcripción de la presentación:

Dra. Gloria Arellano Bernal. ESPECIALISTAS EN IMSS, INFONAVIT, AFORES Y DERECHO LABORAL Aspectos Laborales, de Seguro Social e Infonavit Relacionados con la Contratación de Expatriados y del Envío de Trabajadores al Extranjero Dra. Gloria Arellano Bernal. 2011. 1 1 ® Derechos reservados por Sánchez, Arellano Abogados. Prohibida su reproducción total o parcial.

Personal Mexicano Enviado al Extranjero Artículo 28 de la Ley Federal del Trabajo señala: Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito y contendrán para su validez las estipulaciones siguientes: a) Los trabajadores gozan de la protección de la Ley Federal del Trabajo, la costumbre y la jurisprudencia que sea favorable al trabajador. Agosto 2011 2 2

Derechos de los Trabajadores Mexicanos en el Extranjero b) Los gastos de transporte, repatriación, traslado hasta el lugar de origen y alimentación del trabajador y de su familia, en su caso, y todos los que se originen por el paso de las fronteras y cumplimiento de las disposiciones sobre migración, o por cualquier otro concepto semejante, serán por cuenta exclusiva del patrón. El trabajador percibirá íntegro el salario que le corresponda, sin que pueda descontarse cantidad alguna por esos conceptos. Agosto 2011 3 3

Prestaciones de Seguridad Social en el Extranjero El trabajador tendrá derecho a las prestaciones que otorguen las instituciones de seguridad y previsión social a los extranjeros en el país al que vaya a prestar sus servicios. En todo caso, tendrá derecho a ser indemnizado por los riesgos de trabajo con una cantidad igual a la que señala la Ley Federal del Trabajo, por lo menos. Agosto 2011 4 4

Vivienda Digna y Decorosa Tendrá derecho a disfrutar, en el centro de trabajo o en lugar cercano, mediante arrendamiento o cualquier otra forma, de vivienda decorosa e higiénica. Agosto 2011 5 5

Domicilio del Patrón El patrón está obligado a señalar domicilio dentro de la República para todos los efectos legales. Agosto 2011 6 6

Escrito de Condiciones de Trabajo El escrito que contenga las condiciones de trabajo será sometido a la aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje dentro de cuya jurisdicción se celebró, la cual, después de comprobar los requisitos de validez, determinará el monto de la fianza o del depósito que estime suficiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Agosto 2011 7 7

Depósito de la Fianza El depósito de la fianza deberá constituirse en el Banco de México o en la institución bancaria que éste designe. El patrón deberá comprobar ante la misma Junta de Conciliación y Arbitraje el otorgamiento de la fianza o la constitución del depósito. Agosto 2011 8 8

Escrito Visado por el Cónsul El escrito de las condiciones de trabajo, deberá ser visado por el Cónsul de la Nación donde deban prestarse los servicios. Agosto 2011 9 9

Terminación del Contrato Una vez que el patrón compruebe ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que ha cumplido las obligaciones contraídas, se ordenará la cancelación de la fianza o la devolución del depósito. Agosto 2011 10 10

Personal Enviado a Capacitación al Extranjero Trabajadores mexicanos enviados a capacitarse al extranjero, que deseamos regresen a nuestra empresa, ¿podemos obligarlos a prestar servicios y por cuánto tiempo? Agosto 2011 11 11

Trabajadores Capacitados en el Extranjero De acuerdo con el artículo 40 de la Ley Federal del Trabajo, “Los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año”. Agosto 2011 12 12

El artículo 32 de la Ley Federal del Trabajo establece que: “El incumplimiento de las normas de trabajo por lo que respecta al trabajador sólo da lugar a su responsabilidad civil, sin que ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona”. Agosto 2011 13 13

Personal Extranjero que Viene a México Artículo 1o. de la Ley Federal del Trabajo: La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución. Agosto 2011 14 14

Trabajadores Extranjeros en México Artículo 7o de la Ley Federal del Trabajo: En toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un 90% de trabajadores mexicanos, por lo menos. En las categorías de técnicos y profesionales, los trabajadores deberán ser mexicanos, salvo que no los haya en una especialidad determinada, en cuyo caso el patrón podrá emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, en una proporción que no exceda del 10% de los de la especialidad. Agosto 2011 15 15

Obligación de Capacitar a Trabajadores Mexicanos El patrón y los trabajadores extranjeros tendrán la obligación solidaria de capacitar a trabajadores mexicanos en la especialidad de que se trate. Los médicos al servicio de las empresas deberán ser mexicanos. No es aplicable lo dispuesto en este artículo a los directores, administradores y gerentes generales. Agosto 2011 16 16

Trabajadores Extranjeros que Vienen a México De conformidad con lo preceptuado por el artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los extranjeros, cuando prestan trabajos subordinados en México son trabajadores que deben cumplir con todas las leyes mexicanas. Agosto 2011 17 17

Trabajadores Contratados por Empresas Extranjeras No importa si el patrón es mexicano o extranjero, si el trabajador se encuentra en México, debe cumplir con todas las leyes mexicanas. Si el patrón no tiene residencia en México, será patrón solidario la empresa beneficiaría de los servicios y ésta deberá cumplir con todas las obligaciones como patrón. Agosto 2011 18 18

Aspectos de Seguro Social e Infonavit Agosto 2011 19 19

Personal Extranjero que Viene a México Personal extranjero contratado por empresas mexicanas (Art. 1o. de la Ley del Seguro Social): La Ley del Seguro Social es de observancia general en toda la República Mexicana y tiene disposiciones de orden público y de interés social. -Tienen que cumplir con todas las leyes mexicanas. -Aportaciones al SAR. Agosto 2011 20 20

Régimen Obligatorio (Art. 11) I.- Riesgos de Trabajo II. Enfermedades y Maternidad III. Invalidez y Vida IV.- Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez V. Guarderías y Prestaciones Sociales Agosto 2011 21 21

por Empresas Mexicanas Personal Contratado por Empresas Mexicanas Agosto 2011 22 22

Personal Contratado por Empresas Extranjeras -Acuerdo del Consejo Técnico No. 8386, de fecha 26 de agosto de 1981.- Las empresas extranjeras deben ser registradas como patrones y sus trabajadores incluyendo los extranjeros, deben considerarse como sujetos de afiliación al régimen obligatorio. Agosto 2011 23 23

Trabajadores de Empresas Extranjeras Empresa mexicana filial de la empresa extranjera que contrata directamente la prestación de servicios técnicos: el personal que los ejecuta son trabajadores de la empresa mexicana, existiendo subordinación y poder de mando. Debe inscribirlos al IMSS, pues además paga sus salarios. Agosto 2011 24 24

Empresa Extranjera Envía a sus Trabajadores a México La empresa extranjera paga sus salarios y le da instrucciones al personal: la empresa mexicana, que es beneficiaria de los servicios, es responsable solidaria, pero la extranjera en principio debe pagar directamente las cuotas al IMSS. Ello independientemente de que en los servicios u honorarios que le pague directamente a la empresa extranjera se incluyan los salarios relativos, en forma explícita o implícita. Agosto 2011 25 25

Empresa Extranjera Envía sus Trabajadores a México Si una empresa mexicana solicita de una empresa extranjera que le proporcione trabajadores para que la ayuden a instalar nueva tecnología comprada a la extranjera, deben inscribir a los trabajadores al IMSS. Como la empresa extranjera no tiene establecidos en el país medios propios para responder de sus obligaciones, será la empresa mexicana la que deba inscribir a los trabajadores. Agosto 2011 26 26

Personal Mexicano Enviado al Extranjero Agosto 2011 27 27

- Régimen Obligatorio.- Trabajadores. Miembros de Sociedades Cooperativas. Por Decreto del Ejecutivo Federal. Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. - Régimen Voluntario.- Seguro de Salud para la Familia. Seguros Adicionales. Agosto 2011 28 28

CONTINUACIÓN VOLUNTARIA EN EL RÉGIMEN OBLIGATORIO Agosto 2011 29 29

Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio Agosto 2011 30 30

Seguro de Salud para la Familia Agosto 2011 31 31

Cuotas del Seguro de Salud Para la Familia (Art. 242 LSS) ANTES DE REFORMA Titular 22.4% salario mínimo del D.F. Por cada miembro adicional 65% de la cuota del titular REFORMA Se incrementa en Febrero conforme al INPC Edad del miembro de familia CUOTA ANUAL ($) 0 a 19 años 1,320.80 20 a 39 años 1,543.70 40 a 59 años 2,307.30 60 o más 3,472.10 Agosto 2011 32 32

Convenios Internacionales IMSS Agosto 2011 33 33

Estados Unidos Americanos y México Convenios IMSS Estados Unidos Americanos y México Acuerdo respecto al pago de beneficios fijados por las leyes del Seguro Social de ambos países a personas con domicilio en el extranjero firmadas en México, D.F. a 27 de marzo de 1968. Agosto 2011 34 34

Convenios de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Italiana Acuerdo Mexicano y el Gobierno de la República Italiana firmada en México, D.F. a 2 de febrero de 1977. Agosto 2011 35 35

Convenio sobre transferencia de pensiones entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argentina firmado en Buenos Aires el 8 de octubre de 1990 Agosto 2011 36 36

Convenio de Seguridad Social entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España 25 de abril de 1994. Agosto 2011 37 37

Convenio sobre Seguridad Social entre los Estados Unidos Mexicanos y Canadá 27 de abril de 1995. Agosto 2011 38 38

El Sistema del Infonavit Agosto 2011 39 39

Grandes Etapas Histórico-Financieras del Infonavit FECHA ACONTECIMIENTO 24/abril/1972 - Se crea el Infonavit. - Se modifica la LFT para establecer (art. 141-IV) que los trabajadores tendrán derecho a retirar periódicamente el fondo constituído a su fa- vor en los 10 años anteriores. 7/enero/1982 - Se publicaron reformas a la L. Infonavit y LFT para derogar el derecho de retirar periódica- mente los fondos. Agosto 2011 40 40

Grandes Etapas Histórico-Financieras del Infonavit (Cont.) FECHA ACONTECIMIENTO Hasta el 30/abril/ 1992 El Infonavit pagó tasas reales de interés suma- mente negativas. Casos: - Incapacidad permanente total, incapacidad permanente parcial del 50% ó más, invalidez, cesantía, vejez o muerte: entrega depósitos más un 100%. - Trabajador cesante con 50 años ó mas: en- trega depósitos. Agosto 2011 41 41

Grandes Etapas Histórico-Financieras del Infonavit (Cont.) FECHA ACONTECIMIENTO Del 1/mayo/1992 al 30/junio/1997 - Las aportaciones al Infonavit se deposi- tan en una cuenta individual. - Pagó intereses con tasas reales de inte- rés cercanas a 0 (cero). - Las aportaciones y sus intereses (que no se utilicen para pagar un crédito de vivienda) se devuelven al trabajador en los casos señalados en el cuadro ante- rior, o cuando obtenga una pensión de un plan privado de pensiones autoriza- do. Agosto 2011 42 42

Grandes Etapas Histórico-Financieras del Infonavit (Cont.) FECHA ACONTECIMIENTO A partir del 1/julio/1997 - Entra en vigor la nueva Ley del Seguro Social y las reformas a la L. Infonavit (de 6/enero/97) - Pagará intereses a la tasa que determine su Consejo de Admón., la cual deberá ser supe- rior al incremento del salario mínimo del Dis- trito Federal. - Las aportaciones y sus intereses (que no se utilicen para pagar un crédito de vivienda), no se devolverán: se utilizarán para el cálculo del monto constitutivo de las pensiones. Agosto 2011 43 43

E-mail: sanchezarellanoabogs@attglobal.net   Querétaro No. 226. Desps. 4-A y 4-B. Col. Roma. Deleg. Cuauhtémoc. 06700 D.F. Tels. 55-64-73-75 55-64-22-62 www.sanchezarellanoabogs.com E-mail: sanchezarellanoabogs@attglobal.net Agosto 2011 44 44