Derechos de los trabajadores Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Derechos básicos Derecho a elegir libremente Tiene derecho a elegir libremente un empleo. Nadie puede obligarlo a asumir un puesto o a trabajar en una empresa específica Derecho a no ser discriminado En un proceso de postulación no puede ser discriminado por factores como sexo, raza, religión, preferencia política, estado civil o estrato socioeconómico
Derechos básicos Derecho a no ser acosado Igualdad de género Ni laboral ni sexualmente. Entran en esta categoría todo tipo de hostigamientos, agresiones, amenazas o presiones sexuales Igualdad de género Las trabajadoras tienen derecho a igualdad de salarios con los hombres si ejercen las mismas funciones. Sólo son aceptadas las diferencias que se funden en capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad
Protección a la maternidad Prenatal y postnatal Las trabajadoras tienen derecho a todas las medidas legales de protección a la maternidad. Eso incluye el prenatal, el postnatal, y el postnatal parental que lo pueden tomar el padre o la madre. El prenatal dura 12 semanas, el postnatal dura otras 12 semanas y se extiende por 12 semanas más, mediante el denominado permiso posnatal parental, que se entrega a la madre trabajadora, aunque puede ser traspasado al padre
Jornada de trabajo Máximo de horas semanales El trabajador dependiente tiene derecho a trabajar una jornada ordinaria de máximo 45 horas semanales. La jornada extraordinaria es todo el tiempo que excede a la jornada ordinaria de trabajo. No puede ser de más de dos horas diarias y deben pactarse por escrito para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa.
Derechos ante el despido Indemnización Si el trabajador dependiente es despedido por la causal “necesidades de la empresa” y su contrato estuvo vigente por un año o más, tiene derecho a una indemnización por años de servicio, equivalente a la última remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados continuamente a dicho empleador, con un límite máximo de 330 días de remuneración.
Derechos ante el despido Seguro de cesantía Los trabajadores dependientes tienen derecho a seguro de cesantía. Es un seguro que protege a los trabajadores dependientes cuando quedan cesantes, entregándoles beneficios monetarios, de salud, asignación familiar, becas de capacitación y acceso a la Bolsa Nacional de Empleo
Seguridad en el trabajo Accidentes del trabajo Ante un accidente sufrido en su lugar de trabajo o en el trayecto de ida o regreso del lugar en que labora, el trabajador tiene derecho a ser atendido en forma gratuita ya sea en el centro hospitalario con el que su empresa tenga convenio o en la salud pública, dependiendo del caso. Los trabajadores tienen derecho a coberturas especiales de salud que están señaladas en la legislación
Remuneraciones Derecho a remuneración Horas extraordinarias El sueldo mínimo nacional actual (vigente hasta el 31 de julio de 2014) es de $210.000 Horas extraordinarias Tiene derecho a que le paguen todas las horas trabajadas que excedan su jornada laboral ordinaria, que no pueden exceder a dos diarias. El detalle del pago debe constar por escrito
Descansos y permisos Derecho a vacaciones Permiso por duelo Vacaciones de 15 días hábiles, con remuneración íntegra Permiso por duelo En caso de la muerte de su cónyuge o de un hijo, tiene derecho a un permiso pagado de siete días corridos, adicional a las vacaciones, para atender sus necesidades familiares Permiso por nacimiento En caso del nacimiento de un hijo, el padre tiene derecho a un permiso pagado de cinco días, adicional a las vacaciones
Sindicalización y negociación colectiva Derecho a sindicalizarse Derecho a unirse con otros trabajadores de la misma empresa para defender sus derechos e intereses Negociación colectiva Derecho de los trabajadores a negociar colectivamente con el dueño de la empresa temas tales como el sueldo o las condiciones laborales
Sindicalización y negociación colectiva Derecho a huelga La huelga es un derecho que tienen los trabajadores y trabajadoras involucrados en procesos de negociación colectiva reglada para suspender las actividades a que se encuentran obligados en conformidad a sus contratos individuales. No pueden declararse en huelga funcionarios del Estado, de las municipalidades y quienes trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera sea su naturaleza, finalidad o función, que atienda servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional.
Demandas judiciales Defensor laboral El trabajador que demanda al empleador ante los tribunales laborales tiene derecho a un defensor laboral. El defensor laboral es un abogado especializado de la Corporación de Asistencia Judicial, que lo representará en forma gratuita, si carece de recursos para pagar un abogado particular