Dr. Marcos Rodríguez del Castillo

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Transcripción de la presentación:

Dr. Marcos Rodríguez del Castillo Los datos personales en posesión de los partidos políticos y sus niveles de seguridad Dr. Marcos Rodríguez del Castillo

Datos personales Nombre Vida afectiva y familiar Apellidos Afiliación sindical Género Opiniones políticas Origen racial o étnico Preferencia sexual Características físicas Patrimonio Estado de salud presente y futuro Domicilio Información genética Número telefónico Creencias religiosas, filosóficas y morales Cualquier otra que afecte su intimidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Instituto Nacional Electoral cuentan con facultades reglamentarias para establecer los órganos, criterios y procedimientos institucionales para proporcionar el acceso a la información reservada y confidencial.

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que toda persona tiene derecho para acceder a la información de los partidos políticos y la obligación a cargo de éstos de cumplir con las obligaciones que se establecen en materia de transparencia y acceso a la información que obra en su poder. La información que los partidos políticos proporcionen al INE y la que éste genere respecto de los mismos, estará a disposición de los ciudadanos en la página electrónica del propio Instituto.

Los partidos políticos están obligados a publicar en su página electrónica lo siguiente: Sus documentos básicos, plataformas electorales y programas de gobierno Facultades de sus órganos directivos Normatividad Directorios Tabulador de remuneraciones Convenios de frente, coalición, fusión o participación ciudadana Convocatorias a elección de candidatos o dirigentes Montos de financiamiento durante los cinco últimos años y hasta el más reciente, así como descuentos por sanciones Informes anuales o parciales de ingresos y gastos Estado de situación patrimonial Inventario Donantes y los montos aportados por cada uno Resoluciones que emitan sus órganos disciplinarios, una vez que causen estado Nombres de sus representantes ante los órganos del INE.

No podrán dar a conocer la siguiente información: Reservada Confidencial La relativa a los procesos deliberativos de sus órganos internos Estrategias políticas y de campaña electoral La contenida en todo tipo de encuestas por ellos ordenadas La referida a actividades de naturaleza privada, personal o familiar de sus afiliados, dirigentes, precandidatos y candidatos Juicios en curso en que el partido sea parte, hasta que se encuentren en estado de cosa juzgada Información que contenga datos personales de los afiliados, dirigentes, precandidatos y candidatos, salvo lo concerniente a los directorios de sus comités directivos

Asegurar el buen manejo de la información que se encuentre bajo su resguardo, a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Publicar el padrón de afiliados o militantes, que deberá contener al menos el nombre completo del afiliado o militante y su entidad federativa. La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que la publicación del nombre y la entidad federativa de los militantes de los partidos políticos no supone una restricción indebida al derecho a la privacidad respecto de la publicación de datos personales, ya que su difusión de manera aislada, por sí sola, no revela ningún otro dato que afecte la vida privada o intimidad de un militante.

Artículo 171, párrafo 3 (…) “Los documentos, datos e informes que los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores, en cumplimiento de las obligaciones que les impone la Constitución y este Código, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer salvo cuando se trate de juicios, recursos o procedimientos en que el Instituto fuese parte, para cumplir con las obligaciones previstas por este Código en materia electoral y por la Ley General de Población en lo referente al Registro Nacional del Ciudadano o bien, por mandato de juez competente.”

Acceso de los partidos a la información del RFE Padrón electoral Listas nominales Tendrán acceso a la información que lo conforma de manera permanente, exclusivamente para el cumplimiento de sus funciones y no podrán darle o destinarle una finalidad u objeto distinto al de su revisión. Para su revisión en medio magnético Para su uso de manera impresa en la jornada electoral Elecciones federales Elecciones locales

Datos que contiene la solicitud de incorporación al Registro Federal de Electores y por consiguiente al padrón electoral Nombre Tiempo de residencia en el domicilio Apellidos paterno y materno Ocupación Sexo Firma Edad Fotografía Lugar y fecha de nacimiento Huellas dactilares Domicilio Clave única del registro de población Entidad federativa, municipio y localidad que corresponden al domicilio Número y fecha del certificado de naturalización en su caso

Entrega de Listas Nominales para revisión Entrega de la Lista Nominal de Electores para Revisión Recepción de las Observa-ciones formuladas por los partidos políticos Análisis y dictamina-ción de las Observa-ciones formula-das Actualiza-ción de la Lista Nominal de Electores Informe para el Consejo General y la Comisión Nacional de Vigilancia Declaración de validez y definitivi-dad del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores por el Consejo General del IFE

Entrega de Lista Nominales Definitivas Proceso Electoral Federal La entrega deberá realizarse a los presidentes de los Consejos Locales y de éstos a los Consejos Distritales, quienes a su vez lo harán al representante del partido político. Mecanismos de control y seguridad. Mensaje de advertencia sobre el manejo de los datos personales. Los representantes acreditados serán responsables del uso de los datos personales. Devolución a más tardar 15 días hábiles posteriores a la conclusión del proceso electoral federal Proceso Electoral Local Los términos de la entrega se establecen en el convenio de apoyo y colaboración y anexo técnico correspondiente. Se entregan al Instituto Electoral Local, para que a su vez, lo haga a los partidos políticos nacionales y locales Apartado correspondiente a la confidencialidad de la información y documentación con datos personales Los mecanismos de control y seguridad Devolución o destrucción

Acciones de protección Reglamento de Acceso a la Información Lineamientos para el acceso a la información que poseen los partidos políticos y la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores Consultar por escrito a los ciudadanos sobre la incorporación visible de los datos de calle, número exterior y número interior del domicilio en el anverso de la credencial para votar. Medidas cautelares derivadas del procedimiento ordinario sancionador iniciado por el presunto mal uso del padrón electoral

GRACIAS