Adopción nacional.

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Transcripción de la presentación:

Adopción nacional

Características de los menores susceptibles de adopción en Andalucía Los padres futuros que se encuentran en situación de adoptar deben estar preparados y haber sido informados, debido a que los niños en adopción suelen necesitar un trato especial, ya que han sufrido o bien abandono, o desamparo,…

Carácter preferente a las solicitudes para menores de necesidades especiales Menores con 7 años o mas Grupos de tres hermanos o mas, independientemente de las edades de los niños, o grupo de dos hermanos, en los que uno de ellos tenga 7 años de edad o necesite una atención un poco mas especial. Niños con enfermedades crónicas. En muchos casos no se trata de enfermedades graves o incapacitantes, simplemente donde hay un control medico mas exhaustivo. Niños con anticuerpos de VIH o anticuerpos de Hepatitis C (VHC) Niños con VIH o VHC o que hayan desarrollado la enfermedad. Niños con discapacidades. Menores con antecedentes clínicos hereditarios de riesgo. Menores con otras necesidades diferentes a las que puedan tener otros niños.

Criterios técnicos para promover una adopción y requisitos de las familias solicitantes de adopción. Criterios para promover una adopción. Para promover la adopción de un menor se tienen en cuenta los siguientes criterios: Preferencia del interés del menor al de cualquiera otra persona, incluidos padres/madres, familiares, tutores, y futuros adoptantes. La constatación de circunstancias y elementos suficientes debido a los cuales se estime la irreversibilidad de la situación familiar, no previéndose cambios en esa situación que permita la reunificación del menor con su familia, o que incluso existiendo alguna posibilidad de reinserción familiar, requeriría de un plazo de tiempo tal que ocasionaría un mayor deterioro psicosocial en su desarrollo evolutivo. Preferencia de la adopción por los parientes del menor, a la solicitada por personas no vinculadas a la familia de origen Integración satisfactoria del menor en el seno de la futura familia adoptiva, antes de que se promueva la adopción Haber tenido en cuenta la opinión del menor una ve se le hayan explicado de forma comprensible y de acuerdo con su edad, los motivos que justifican esta medida y a partir de 12 años el menor deberá dar su consentimiento.

Requisito de los solicitantes de adopción: Que el adoptante tenga, como mínimo, 25 años y, al menos, 14 años mas que el adoptado. Cuando la adopción se lleve a cabo por una pareja, basta que uno de ellos cumpla el requisito de edad. Ser declarado idóneo para el acogimiento pre adoptivo la adopción, pues la administración, como responsable de los menores, tiene la obligación y responsabilidad de conocer a las familias solicitantes de adopción. Además, para adoptar en Andalucía, se ha de residir en algún municipio d la comunidad autónoma andaluza.

Derechos de los menores en relación con la adopción Convivencia familiar: se encontrara en el menor tiempo posible una familia de acogida preferentemente extensa. Relaciones personales: Se mantendrá la relación con sus hermanos, sino se ha podido adoptar todos por la misma familia. Información: los menores tendrán derecho a que se les informe de:

Causa de separación de su familia Plan de intervención individualizado Sobre su condicione de adoptado Derechos que le asisten respecto a su situación personal y familiar. Audiencia: Los menores tendrán derecho a ser oídos, de acuerdo con su edad y condiciones de madurez Trato individualizado: los menores tendrán derecho a que se les asigne un profesional al servicio de la administración de la junta de Andalucía.

Principales pasos para realizar una adopción nacional Información general: Para pedir información sobre adopción contactar con la delegación provincial de la consejería para la igualdad y bienestar social de la junta de Andalucía en su provincia de residencia. Presentación de la solicitud y documentos: Las personas que deseen adoptar deberán solicitar su declaración de idoneidad presentando una solicitud acompañada de los siguientes documentos:

Certificado de nacimiento y fotocopia compulsada del documento de identificación de los solicitantes Fotografía de cada solicitante Fotocopia compulsada de todas las paginas del libro de familia Fotocopia compulsada de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio de los solicitantes. Certificado medico de cada solicitante Certificado municipal de empadronamiento Certificado de antecedentes penales de cada solicitante Certificado de actividad laboral o profesional Otros documentos que contribuyan a valorar adecuadamente la idoneidad de los solicitantes.

La solicitud se puede presentar en los siguientes lugares: Delegación provincial de la consejería para la igualdad y bienestar social de la junta de Andalucía en su provincia de residencia Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la administración general del estado, ala junta de Andalucía, o a alguna administración local Oficinas de correos.

Declaración de idoneidad: Son sesiones formativos, 5 sesiones de 4 horas cada una, son obligatorias y se realizan una vez se ha presentado la solicitud. La formación la realiza en pequeños grupos compuestos por 18 a 20 personas y es impartida por profesionales de la psicología y el trabajo social La metodología es activa y participativa, se utilizan diferentes técnicas como: trabajo en pequeños grupos, discusión dirigida, lluvia de ideas, testimonios de otras familias adoptivas, etc. Una vez realizado el curso, se expide el certificado de formación y se inicia la fase de realización del estudio psicosocial.

Para la valoración de idoneidad se realizan entrevistas sobre la identidad, situación personal, familiar y sanitaria de los solicitantes, sus motivaciones, capacidades educativas y medio social y una visita, al menos, al domicilio de los solicitantes. El la valoración se tendrán en cuenta diversos criterios:

Existencia de motivaciones adecuadas y compartidas para la adopción Capacidad afectiva Ausencia de enfermedades y/o discapacidades físicas o psíquicas que pos sus características o evolución perjudiquen o puedan perjudicar el desarrollo integral de un menor Estabilidad familiar Capacidad de aceptación de la historia personal del menor Habilidades personales Apoyo social Actitud positiva y flexible. Disponibilidad Nivel de integración social de la familia Capacidad de aceptación de las diferentes etnias y culturas Adecuación entre las edades En caso de infertilidad, tener una vivencia madura Capacidad para revelar al menor su condición de adoptado Capacidad económica que garantice la cobertura de sus necesidades básicas.

Selección de familia para un menor o grupo de hermanos: LA selección de los solicitantes mas idóneos se llevara a cabo mediante la aplicación de los siguientes criterios: Composición familiar Edad de los hijos Antigüedad

Acoplamiento y formación del acogimiento familiar preadoptivo: una vez realizada la selección, se le ofrece a la familia solicitante de adopción la información disponible acera del niño y de las condiciones del acogimiento preadoptivo que se le propone, solicitando su aceptación. A partir de este momento comienza el acoplamiento que es una fase previa al acogimiento preadoptivo. Cuando los profesionales consideran que es necesaria la convivencia permanente entre la menor y la familia se formaliza el acogimiento familiar preadoptivo. Después, se pide la aceptación de los padres o tutores no probados de la patria potestad El acogimiento familiar preadoptivo se formaliza por escrito mediante un documento llamado acta administrativa de acogimiento preadoptivo

Seguimiento de la integración del menor y apoyo técnico: Se lleva a cabo un seguimiento durante al menos 6 meses. Propuesta de adopción y auto de adopción: La delegación provincial de la consejería para la igualdad y bienestar social presentara su propuesta de adopción ante el órgano judicial competente si del seguimiento efectuado se valora la integración del menor en su familia preadoptiva Pasado un año desde el acogimiento preadoptivo, la familia puede solicitar directamente la adopción al juzgado correspondiente

Adopción internacional

Guía general sobre el proceso de adopción internacional La adopción de un niño o de una niña, requiere un proceso de decisión y maduración por pate de las familias en el que se debe reflexionar sobre los siguientes factores: Situación de adoptabilidad Historia personal y familiar Situación socio-política, económica y sanitaria del país Carácter interético e intercultural

Procesos de adopción internacional Los pasos son los siguientes: Solicitud de declaración de idoneidad para adopción internacional Declaración de idoneidad Resolución de idoneidad y elección de país Preparación del expediente y envio al país Aceptación del expediente por el país y asignación de un o una menor Estancia en el país y proceso judicial o administrativo de adopción Llegada del o la menor a Andalucía Realización de los seguimientos de adopción del niño o la niña y su familia, exigidos por el estado de origen del o la menor.

Solicitud de declaración de idoneidad para adopción internacional: El procedimiento de estudio y valoración para la declaración de idoneidad tiene dos etapas: La información-formación a familias La valoración psicológica y social

Resolución de idoneidad y elección del país: Resuelta la idoneidad para la adopción internacional, esta tiene una validez de 3 años. Es posible tramitar al mismo tiempo en dos países diferentes. cuando se produzca la asignación en uno de los dos países dados, se suspenderá la tramitación en el otro estado.

Preparación del expediente y envío al país Aceptación del expediente por el pais y la asignación de una o un niño o grupo de hermanos y hermanas. Llegada del o la menor a Andalucía Seguimiento postadoptivo