LA GÉNESIS DEL DOCUMENTO Los del Poder y los privados elevados a instrumentos públicos
DOCUMENTO PÚBLICO Y PRIVADO Documento de autoridad pública y ejercicio de la jurisdicción emitido por Cancillerías imperiales, pontificias, Reales, señoriales laicas y eclesiásticas, concejiles... Documento privado: Documento de negocios entre particulares elevados a instrumentos públicos creíbles ante la sociedad por escribanos y notarios
LA CANCILLERÍA: SUS FUNCIONES Recoge y recibe Peticiones, memoriales, cartas ... Elevados Decretos que bajan de la Autoridad Coordina la instrucción del que resuelve Por extractos, consultas o pareceres, notas, recomendaciones Despacha la resolución del asunto con el que decide Extiende la promulgación (“A todos lo que la presente vieren”) o la comunicación a personas concretas, mediante minutas, limpios y originales Valida el documento con firmas, sellos...
ACCIONES Y ESCRITURA EN LA CANCILLERÍA De iniciación Pedir Comunicar Decidir el inicio de un asunto De instrucción Resumir Informar hechos y fundamentos de derecho Recomendar ESCRITURA De iniciación Peticiones y memoriales Cartas Decretos De instrucción Extractos Consultas e informes Comunicaciones de recomendación
ACCIONES Y ESCRITURA EN LA CANCILLERÍA 2 Decretar una opción Comunicar el decreto: Redactar con estilo Pasar a limpio o buena letra Validar con firmas, sellos y refrendos Copiar en el Registro Tasar ESCRITURA Resolución o decreto Al pie o al margen de extractos o consultas Promulgación o Comunicación Minuta Limpio o mundum Original Registros del Sello, cedularios Nota de tasa
EL DOCUMENTO PRIVADO El reconocimiento social de su valor probatorio 1ª fase: No tenían valor de prueba, sólo ayudaban a la memoria. 2ª fase: El sentido práctico obligó a darles valor probatorio Mediante la intervención de la autoridad pública, las curias, tribunales Mediante la inscripción del documento en registros públicos y actas de tribunales... Mediante tabelliones o escribanos asociados en gremios, colegios o iglesias, que se apropian del derecho exclusivo de redactar documentos. 3ª fase: Siglos XII y XIII: Mediante escribanos nombrados por el Rey o los Poderes jurisdiccionales que confieren “fe pública” a sus documentos.
ACTOS Y ESCRITURA EN EL DOCUMENTO PRIVADO Ruego o Exposición del particular Elaboración de un borrador Formación del documento en limpio Completar el instrumento: firmar, testimoniar y signar(Completio) Entrega o traditio del instrumento Escrito o anotación breve del negocio (Rogatio) Minuta o notas etceteradas Mundum o limpio Original con firmas, signo notarial y firmas de testigos Nota de expedición
EL DOCUMENTO PRIVADO 2 El escribano público o notario desde el siglo XII o XIII: Asegura la autenticidad Proporciona “fe” a la sociedad Da perfección jurídica a las fórmulas Custodia segura y permanente de contratos y notas. Su producto: El instrumentum publicum Valor probatorio absoluto Valor por el mero hecho de haber sido rogado al notario