NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y GRUPOS VULNERABLES.

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NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y GRUPOS VULNERABLES.
Transcripción de la presentación:

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y GRUPOS VULNERABLES. UNIDAD 15 NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y GRUPOS VULNERABLES.

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Instrumentos legales 1959 Declaración de los derechos del niño. 1989 Convención de los Derechos del niño. 1990 Argentina la ratificó por Ley 23.849. 1994 se la incorpora a la Constitución Nacional en el listado de tratados internacionales del art. 75 inc 22.  

CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Pilares El/La niño/a como sujeto de derecho. Interés superior del/de la niño/a. Doctrina de la protección integral.

EL/LA NIÑO/A COMO SUJETO DE DERECHO El niño es una persona con todos los atributos de la dignidad humana. Su inmadurez sólo admite aumentar sus derechos, nunca disminuirlos. JULIO MAIER

Interés superior del niño CDN art. 3 En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño.

Interés superior del niño Ley 26.061 Art. 3.– Interés superior. A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en esta ley.

Interés superior del niño = satisfacción de sus derechos Protección integral = protección de derechos Mary Beloff

Capacidades progresivas Preámbulo de la CDN Tensión entre la necesidad de prepararlo para una vida independiente y la necesidad de brindarle una protección especial.

Convención de los Derechos del Niño Art. 12 Los Estados partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por intermedio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Interés superior del niño = satisfacción de sus derechos Protección integral = protección de derechos Mary Beloff