UNIVERSIDAD DE BELGRANO Facultad de Arquitectura y Urbanismo

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Transcripción de la presentación:

UNIVERSIDAD DE BELGRANO Facultad de Arquitectura y Urbanismo HABILITACIÓN PROFESIONAL I El Comitente y el Proyecto de la Obra Arq. Fernando Verdaguer

Clientes Clientes sin experiencias anteriores desconocen los servicios que puede prestar el arquitecto, confunden su rol con el del constructor y tienen expectativas poco realistas con respecto al proyecto que encaran. Clientes con aspiraciones que superan sus recursos, ya sea por errores en sus propias estimaciones o por desconocimiento de todos los factores que inciden en la conformación del costo total de su proyecto.

Clientes Clientes corporativos Entendiéndose por tales a organismos, asociaciones o empresas privadas o públicas con funcionarios, autoridades o cuerpos directivos que deben actuar por delegación, frecuentemente cumpliendo normas y procedimientos y sujetos a la fiscalización y crítica de sus mandantes. Clientes para los cuales el honorario prevalece sobre cualquier otra cuestión Son los que consideran al arquitecto como el vendedor de un producto y no como un proveedor de servicios profesionales, servicios que, por otra parte, consideran uniformes y que por tal motivo no intervienen en su ponderación.

Contrato Comitente - Profesional Acordar y suscribir contratos resulta ventajoso tanto para el arquitecto como para su comitente. Los contratos son instrumentos en donde se registran los compromisos a que se obligan las partes con determinados propósitos: sus disposiciones asignan y administran derechos y obligaciones, responsabilidades y riesgos. Deben hacer explícitos su objeto y las obligaciones de las partes para permitir que ellas conozcan los alcances y límites de sus acciones y las consecuencias por sus incumplimientos. Las obligaciones principales de la locación arquitecto/comitente son: que el primero acepta realizar ciertas tareas profesionales y que el segundo se las retribuirá como compensación.

Naturaleza del Contrato La diferencia básica entre locación de obra y locación de servicios consiste en que la primera tiene por objeto la ejecución de una obra material o de una obra intelectual -en ambos casos obligación de resultado- y la segunda la prestación de un servicio -obligación de medio-. No cabe duda con respecto a la naturaleza de locación de obra intelectual que corresponde a una encomienda de proyecto, ya que el arquitecto contrae una obligación de resultado.

Naturaleza del Contrato Con respecto a la dirección de obra, función que el arquitecto desempeña controlando la fiel interpretación de los planos y documentación técnica que forman parte del proyecto, el Consejo opina que encuadra en locación de servicio -obligación de medio-, ya que el arquitecto, aunque cumpla correctamente con sus funciones no puede asumir una obligación de resultado, pues los contratistas pueden cumplir o desobedecer las órdenes del arquitecto y cumplir o incumplir los plazos contractuales. No obstante ello, cuando la encomienda es por proyecto y dirección de obra, estaríamos frente a una locación de obra, aún cuando por causas ajenas al arquitecto, éste pueda no dar íntegro cumplimiento a la obligación asumida.

Responsabilidades Responsabilidad civil El profesional que ejerce la profesión en forma independiente es responsable ante su comitente y terceros por el perjuicio ocasionado por sus faltas. Es asimismo responsable ante autoridades administrativas por incumplimientos a la normativa vigente. Responsabilidad penal La responsabilidad penal recae exclusivamente en el profesional probadamente culpable de un hecho que merezca sanción de tal índole. Responsabilidad ética Todo profesional es responsable ante su comitente, sus pares, la profesión y la sociedad, por incumplimiento a las disposiciones del Código de Ética.

Modelos de Contrato

Deberes y obligaciones del arquitecto y de su comitente el arquitecto debe esforzarse por interpretar los deseos y necesidades de su comitente, brindarle el asesoramiento que necesite y ejecutar sus tareas y obligaciones respetando el programa de necesidades, la normativa oficial vigente y el monto de inversión establecido. artículo 2.3 del Código de Ética, bajo el título “Deberes del profesional para con los clientes y público en general”.

Código de Ética No ofrecer, por medio alguno, la prestación de servicios cuyo objeto, por cualquier razón de orden técnico, jurídico, reglamentario, económico o social, etc., sea de muy dudoso o imposible cumplimiento, o si por sus propias circunstancias personales el profesional no pudiere satisfacer (art. 2.3.1.1). No aceptar en su propio beneficio comisiones, descuentos, bonificaciones y demás análogas, ofrecidas por proveedores de materiales, artefactos o estructuras, por contratistas y/o por otras personas directamente interesadas en la ejecución de los trabajos que el profesional proyecte o dirija (art. 2.3.1.2). No asumir en una misma obra funciones de director al mismo tiempo que las de contratista total o parcial (art. 2.3.1.3).

Código de Ética Mantener secreto y reserva respecto de toda circunstancia relacionada con el cliente y con los trabajos que para él efectúa, salvo obligación legal (art. 2.3.1.4). Advertir al cliente los errores en que éste pudiere incurrir, relacionados con los trabajos que el profesional proyecte, dirija o conduzca, como así también subsanar los que él mismo pudiera haber cometido y responder civilmente por daños o perjuicios conforme a la legislación vigente (art. 2.3.1.5). Manejar con la mayor discreción los fondos que el cliente pusiere a su cargo, destinados a desembolsos exigidos por los trabajos a cargo del profesional, y rendir cuentas claras, precisas y frecuentes, todo ello independiente y sin perjuicio de lo establecido en las leyes vigentes (art. 2.3.1.6). Dedicar toda aptitud y atender con la mayor diligencia y probidad los asuntos de su cliente (art. 2.3.1.7).

Honorarios de Proyecto La desregulación de los honorarios dispuesta por el Decreto 2284/91 permite el acuerdo de los honorarios al margen de los mínimos estipulados por el Arancel. honorarios como porcentaje del costo de obra. honorarios en pesos por m2 de superficie cubierta. honorarios en pesos por unidad funcional. honorarios según un monto fijo. honorarios por tiempo empleado: tarifas por unidad de tiempo. honorarios por tiempo empleado: reintegro de costos y gastos más costas.

Formas de Contratación Proyecto y Dirección de Obra (encomienda única) Proyecto y Dirección de Obra (encomiendas separadas) Dirección de Obra y Gerencia de Construcciones Supervisión de Obra Proyecto y Construcción