Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 Registro Federal de Trámites y Servicios Ing. Raúl F. Zertuche Director del Registro Federal.

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Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 Registro Federal de Trámites y Servicios Ing. Raúl F. Zertuche Director del Registro Federal de Trámites y Servicios Septiembre de 2010

Comisión Federal de Mejora Regulatoria 2 RFTS en Línea Contenido •¿Qué es el RFTS?. •Etapas para mejorar la cobertura del RFTS. •Marco Jurídico. •Principales características y ventajas del RFTS. •Sectores excluidos. •Definición de Trámites y Servicios. •Modalidades. •Tipos de plazo de respuesta. •Mecanismos de inscripción, modificación y difusión.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 3 El RFTS es un inventario en línea de todos los trámites y servicios federales, que brinda transparencia y certeza jurídica a los particulares. Es una importante herramienta para las empresas y los ciudadanos, ya que, las autoridades: •No pueden aplicar trámites que no estén inscritos en el RFTS. •No pueden exigir el cumplimiento de obligaciones y requisitos en forma distinta a como aparecen en el RFTS. ¿Qué es el RFTS?

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 4 Etapas para mejorar la cobertura del RFTS El RFTS se integró paulatinamente con la finalidad de incorporar todos los trámites y servicios vigentes. Se han llevado a cabo tres etapas para mejorar la cobertura del RFTS. Primera Etapa (mayo de 2000 a mayo de 2003).- Consistió en la identificación de los trámites y servicios que las dependencias aplicaban. •Esta acción permitió la identificación de 2,528 trámites y servicios.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 5 Etapas para mejorar la cobertura del RFTS Segunda Etapa (junio de 2003 a agosto de 2005).- Se depuró la información contenida en el RFTS y se migró a un formato más amigable para los ciudadanos. Esta etapa permitió que el RFTS cerrara con un total de 3,068 trámites y servicios inscritos; esto es, un 21.4 por ciento más que en mayo de 2003 (2,528). El incremento en el RFTS se debió a que las dependencias habían inscrito como un solo trámite a varios de ellos; por tal motivo se procedió a inscribirlos de manera individual.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 6 Etapas para mejorar la cobertura del RFTS Tercera Etapa (septiembre de 2005 a la fecha).- La estrategia consiste en depurar y mejorar la calidad de la información. Se espera un comportamiento con variaciones mínimas en el número de trámites y servicios, debido a que: •Se considera cubierta la mayor parte de los trámites y servicios vigentes. •El Acuerdo de Calidad Regulatoria: i) Garantiza que la regulación incida positivamente sobre la ciudadanía y las actividades productivas; y, ii) Inhibe toda sobrerregulación que frene la inversión y la generación de empleo.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 7 En mayo de 2000, se reforma la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), incluyendo las siguientes disposiciones: I.Crea la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER). II.Otorga a la COFEMER la administración del RFTS. III.Establece la información mínima que debe contener el RFTS. IV.Determina que no podrán aplicarse trámites o servicios adicionales a los inscritos en el RFTS, ni aplicarlos en forma distinta a como se establezcan en el mismo, así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan esta disposición. Marco Jurídico

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 8 Es un inventario que contiene la mayor parte de los trámites y servicios que aplican las dependencias y organismos de la Administración Pública Federal (APF). •Se integró entre mayo de 2000 y mayo de •Cuenta con una cobertura de 3,351 trámites y servicios federales. •Está disponible para consulta en línea a través del portal Principales características del RFTS

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 9 •Brindar orientación, transparencia y certidumbre al ciudadano. •Permite a la APF conocer el número, tipo y modalidades de los trámites y servicios que realiza. •Facilita la detección de áreas de oportunidad para instrumentar acciones de mejora regulatoria que permitan agilizar la gestión y resolución de trámites. Ventajas del RFTS

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 10 Sectores excluidos del RFTS Art. 1 párrafo tercero de la LFPA, excluye: •Materia de carácter fiscal. •Responsabilidades de los servidores públicos. •Justicia agraria y laboral. •Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales. Art. 69-A de la LFPA, exceptúa: •Los actos, procedimientos o resoluciones de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina. Art. 69-M último párrafo de la LFPA, señala que no será obligatorio: •Proporcionar la información relativa a los trámites que se realicen en los procedimientos de contratación que lleven a cabo las dependencias.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 11 Definición de trámites y servicios El artículo 69-B de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo define que un trámite es: Cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado hagan ante una dependencia u organismo descentralizado: •Para cumplir con una obligación. •Para obtener un beneficio o servicio. •En general, a fin de que se emita una resolución. •Cualquier documento que dichas personas estén obligadas a conservar.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 12 Definición de trámites y servicios Obligación Conservación Trámite Servicio Servicio o beneficio Inicio de Procedimiento Consulta

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 13 Definición de trámites y servicios El particular acude ante la APF a solicitarlo, sin que medie obligación (POTESTATIVO). La APF, a través de disposiciones jurídicas, requiere al particular de manera obligatoria (OBLIGATORIO). PARTICULAR A P F Servicio : servicio o beneficio, consulta y procedimiento Trámite: obligación o conservación

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 14 Obligación  El particular, por mandato de una disposición jurídica, debe presentarlo ante una dependencia como condición necesaria para realizar una actividad determinada.  En caso de no realizar el trámite el particular puede ser sancionado. Conservación  El particular no tiene que presentarse ante una dependencia, simplemente debe conservar la información requerida.  No hay pago. En caso de no realizar el trámite el particular puede ser sancionado. Trámites

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 15 Servicio o Beneficio  El particular debe presentarse ante una dependencia para solicitar un servicio específico o beneficio que le proporcione una ventaja o privilegio frente a otros particulares que realizan una actividad determinada. Este es prestado exclusivamente por la APF hacia los particulares. Puede o no existir un pago de derechos por realizar el trámite. Consulta  El particular acude ante la APF a solicitar cierta información de la dependencia o entidad. Generalmente no se cobra por realizar el trámite. Inicio de Procedimiento  El particular debe presentarse a la APF pretendiendo dirimir una controversia. Generalmente no hay pago por realizarlo. Servicios

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 16 Un trámite tiene modalidades cuando éste se aplica a diferentes sujetos u objetos y en virtud de ellos se requieren diferentes datos o documentos anexos. SUJETOS “u” OBJETOS Modalidades APF

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 17 COFEPRIS Solicitud de Registro sanitario de Dispositivos médicos. MODALIDADABC SUJETO/OBJETO Productos de fabricación nacional Productos de Importación (Fabricación Extranjera) Productos de Fabricación Nacional que son maquilados por otro establecimiento DATOS •Los indicados en el formato DOCUMENTOS •Proyecto de etiqueta en idioma español •Instructivo de uso •Manual de operación •Constancia de buenas prácticas de fabricación •Descripción del proceso de fabricación. •Descripción de su estructura, materiales, partes y funciones. •Convenio de Maquila Modalidades

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 18 SE Autorización para constituir cámaras empresariales MODALIDADABC SUJETO/OBJETO Cámaras de Comercio, servicios y turismo Cámara de Industria Genérica Regional Cámara de Industria Específica Nacional DATOS *Datos Generales del grupo promotor •Datos del representante legal •Escrito dirigido a la unidad de asuntos jurídicos •Motivación de la petición *Datos Generales del grupo promotor •Datos del representante legal •Escrito dirigido a la unidad de asuntos jurídicos •Motivación de la petición *Datos Generales del grupo promotor •Datos del representante legal •Escrito dirigido a la unidad de asuntos jurídicos •Motivación de la petición DOCUMENTOS •Programa de trabajo •Documento que en la zona existen por lo menos 2500 comerciantes •Documento que acredite que el PIB de la Región representa mas del 20 % del PIB nacional Documento que acredite que cuentan por lo menos con 100 industriales y que representen el 25 % o mas del giro específico. Modalidades

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 19 Tipos de Plazo de Respuesta No requiere respuesta •En un aviso. Requiere respuesta •Resolución inmediata (en el mismo día). •Dentro de un plazo.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 20 Dentro de un plazo Plazo máximo de respuesta. •Por regla general aplica lo establecido en la disposición específica. A falta de disposición jurídica específica, aplica supletoriamente el artículo 17 de la LFPA (3 meses). •Este plazo empezará a correr a partir de lo señalado en la disposición jurídica específica, a falta de ésta, supletoriamente, empezará a correr a partir del día hábil siguiente a la presentación de la solicitud. (Artículo 17 LFPA) Afirmativa o negativa ficta. •Por regla general aplica lo establecido en la disposición jurídica específica. A falta de la misma aplica supletoriamente la negativa ficta. (Artículo 17 LFPA) Plazo de prevención de información faltante. •Por regla general aplica lo establecido en la disposición jurídica específica. A falta de ésta aplica supletoriamente la regla de un tercio del plazo de respuesta. (Segundo párrafo del Artículo 17-A de la LFPA). La fracción del día que en su caso resulte de la división del plazo de respuesta se computará como un día completo.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 21 Resolución inmediata Plazo máximo de respuesta. •Dentro del mismo día en que se presento la solicitud. Afirmativa o negativa ficta. •Por regla general aplica lo establecido en la disposición jurídica específica. A falta de disposición específica aplica supletoriamente la negativa ficta. (Artículo 17 LFPA) Plazo de prevención. •En caso de que la resolución del trámite sea inmediata, la prevención de la información faltante también deberá hacerse de manera inmediata a la presentación de la solicitud.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 22 Aviso Plazo máximo de respuesta. •A diferencia de los supuestos de “dentro de un plazo y resolución inmediata”, el aviso no tiene un plazo máximo de respuesta debido a que la autoridad no emite resolución alguna y por lo tanto no puede aplicar afirmativa ni negativa ficta. Plazo de prevención. •Por regla general aplica lo establecido en la disposición jurídica específica. A falta de disposición específica, aplica supletoriamente la regla de 10 días hábiles siguientes a la presentación del aviso.(Segundo párrafo del artículo 17-A LFPA)

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 23 Mecanismo de inscripción, modificación y difusión •Las dependencias entregan a la COFEMER sus trámites o servicios a inscribir o modificar, mediante un sistema informático de captura en Internet ( •Una vez recibidos los trámites o servicios, dentro de los cinco días hábiles siguientes, la COFEMER revisa que contengan toda la información que señala el artículo 69-N de la LFPA y que los fundamentos jurídicos sean correctos. •Las dependencias que apliquen trámites deberán tener a disposición del público la información que al respecto esté inscrita en el Registro.

Septiembre de 2010Comisión Federal de Mejora Regulatoria 24 Mecanismo de inscripción, modificación y difusión •La legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el RFTS será de estricta responsabilidad de las dependencias. La COFEMER sólo podrá opinar al respecto. •En caso de discrepancia entre la COFEMER y la dependencia u organismo descentralizado correspondiente, decidirá en definitiva la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y, en su caso, se modificará la información inscrita.

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