1.- ¿QUÉ ES LA FCT? 2.- OBJETIVOS 3. VENTAJAS PARA LA EMPRESA

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Transcripción de la presentación:

1.- ¿QUÉ ES LA FCT? 2.- OBJETIVOS 3. VENTAJAS PARA LA EMPRESA 4.- ORGANIZACIÓN 5.- REALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO 6.- EVALUACIÓN

¿QUÉ ES LA FCT? El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) es un bloque de Formación Específica cuyos contenidos están organizados alrededor de actividades productivas propias del perfil profesional. La característica más relevante de esta formación es que se desarrolla en un ámbito productivo real (la empresa), donde los alumnos podrán observar y desempeñar las actividades y funciones propias de los distintos puestos de trabajo de una profesión, conocer la organización de los procesos productivos y de las relaciones laborales, siempre orientados y asesorados por los Tutores del Centro Educativo y del Centro de Trabajo.

OBJETIVOS Complementar la cualificación ya adquirida por los jóvenes en el centro educativo mediante el conocimiento de los procesos productivos reales. Conocer e incorporarse a una organización empresarial, en la que los alumnos realizan actividades formativo-productivas propias de su perfil profesional. Evaluar la competencia profesional de los jóvenes en situación real de trabajo, con participación empresarial. De este modo se favorece la inserción laboral de los jóvenes titulados.

VENTAJAS PARA LA EMPRESA Poder formar en sus técnicas y procesos de fabricación a futuros técnicos, posibilitando cubrir adecuadamente sus necesidades futuras de profesionales preparados. Ser un mecanismo de inserción en la propia empresa. Amplía su esfera de relación, favoreciendo nuevas posibilidades de actuación. Poder enriquecerse con experiencias innovadoras que la hagan más competitiva. El invertir en formación asegura rendimientos futuros.

ORGANIZACIÓN La realización de la FCT requiere la colaboración entre los centros educativos y las empresas. Para ello es necesaria la firma de un CONVENIO DE COLABORACIÓN entre ambas instituciones en el que se comprometen a: Designar un Tutor de Empresa y un Tutor del Centro Educativo, para el seguimiento y evaluación de los alumnos. Acordar el programa formativo que contemple las actividades que han de realizar los alumnos en la empresa.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ¿QUÉ ES? Es un acuerdo, suscrito en un modelo oficial facilitado por el instituto, entre el centro educativo y la empresa, para que los alumnos puedan realizar prácticas formativas, no retribuidas, que completen su formación teórica. FORMALIZACIÓN Deberá formalizarse por escrito y firmarse por el representante legal de la empresa o institución colaboradora y por el director del centro educativo. Sólo es necesario un convenio por empresa, aunque éste tenga varios alumnos y de especialidades diferentes. CARACTERÍSTICAS 1.- No implica relación laboral. 2.-Tiene carácter indefinido pudiendo, no obstante, RESCINDIRSE por cualquiera de las partes mediante denuncia de alguna de ellas, que será comunicada a la otra parte con una antelación mínima de quince días y basada en alguna de las siguientes causas: - Cese de actividades del centro educativo, de la empresa o institución colaboradora. - Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas. - Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el concierto de colaboración, inadecuación pedagógica de las prácticas formativas, o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso vigentes. - Mutuo acuerdo entre el centro educativo, adoptado por el director del centro, y la empresa o institución colaboradora.

3.- Los alumnos (menores de 28 años) disfrutan de un SEGURO ESCOLAR que les da cobertura en el caso de accidentes ocurridos durante su estancia en la empresa, así como en los desplazamientos a la misma, además de la póliza adicional que pueda suscribir la Consellería d´Educació como seguro adicional para mejorar las indemnizaciones en los casos de incapacidad, fallecimiento, daños a terceros y daños materiales. IMPORTANTE: La atención sanitaria (hospital, centro de salud, etc.) está cubierta por el Seguro escolar (menores de 28 años), Seguridad Social (titulares o beneficiarios) o la aseguradora de la el alumno sea beneficiario (Asisa, Adeslas…) y, en todo caso, del seguro privado que tenga para su asistencia sanitaria. Las Mutuas de Accidentes laborales no cubren las posibles atenciones médicas y hospitalarias del alumnado que realiza FCT.

REALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO Desarrollar las actividades del “programa formativo” acordado en el convenio de colaboración. Los períodos de realización serán aquellos prefijados por la Administración Educativa (en general de septiembre a diciembre, enero a junio y de abril a junio, en función de la duración total del Ciclo). El Profesor-Tutor educativo desarrollará jornadas en el centro educativo con los alumnos, así como visitas periódicas a la empresa. El Tutor de la empresa será el coordinador de las actividades de los alumnos de la empresa, aportando aquellas orientaciones que contribuyan al proceso formativo del alumno.

Septiembre-diciembre CICLO FORMATIVO GRADO LARGO/CORTO PERÍDO DE REALIZACIÓN Horas Integración Social Superior Corto Octubre-diciembre 740 Educación Infantil Largo Enero-junio 710 Interpretación Lengua de Signos Marzo-junio 380 Atención Socio-sanitaria Medio Nocturno Integración Social Septiembre-diciembre Nocturno Educación Infantil Febrero-junio Nocturno Atención Socio-sanitaria Gestión Administrativa 340 Secretariado Administración y Finanzas Nocturno Administrac. y Finanzas Comercio 440 Gestión Comercial y Marketing Nocturno Gest. Com. y Mark. Equipos Electrónicos Desarrollo Productos Electrónicos Sistemas Telecom. e Informáticos Nocturno Sist. Telecom. e Infor. PROGRAMAS DE CUALIF. PROF. INICIAL P.C.P.I Anual Mayo 150

EVALUACIÓN El Tutor de la empresa emite un “informe valorativo” de la competencia profesional del alumno, que es tenido en cuenta por el Tutor del centro educativo en el momento de calificación del módulo de FCT.