Pensiones No Contributivas Decreto 698/2017
¿Qué son las Pensiones No Contributivas? Las pensiones no contributivas son un beneficio establecido por ley que otorga el ANSES o Administración Nacional de la Seguridad Social. El ANSES es el ente descentralizado de la administración pública nacional dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Argentina, que gestiona las prestaciones de previsión o seguridad social; relacionadas con la cobertura básica de las necesidades sociales como la salud, la vejez y las discapacidades. A diferencia de las pensiones contributivas y según los alcances del artículo 53 de la Ley N° 24.241, en donde al fallecer un trabajador o un jubilado (luego de haber aportado al sistema lo reglamentado), el cónyuge que enviuda o los hijos menores de edad pueden acceder a una pensión; las pensiones no contributivas se otorgan por ley para acompañar a grupos vulnerables que no tengan recursos económicos, ni trabajo formal.
¿Cuáles son las Pensiones No Contributivas? En ANSES existen 3 tipos de PNC: La pensión no contributiva por invalidez: para aquellas personas que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral. A la que se agrega la Asignación Para Personas Trasplantadas o en Lista De Espera La pensión no contributiva para madre de 7 hijos: para todas las mujeres que tengan o hayan tenido siete o más hijos, de cualquier edad o estado civil. La pensión no contributiva por vejez: que es la prestación destinada a personas mayores de 70 años o más, que no posean cobertura previsional. Además, existe otra categoría de pensiones no contributivas que son las pensiones “graciables” (no sujetas a preceptos o normas), que entregó el Congreso Nacional según la Ley 26.913 del año 1983.
PENSION NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ Requisitos Tener menos de 65 años de edad. No percibir, ni vos ni tu cónyuge, ninguna jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva. Acreditar que tu capacidad laboral representa una disminución del 76% o más. No estar empleado bajo relación de dependencia, ni registrado como autónomo o monotributista. No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan tu subsistencia o la de tu grupo familiar. No tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo. Ser argentino nativo, argentino naturalizado con, por lo menos, 5 años de residencia continuada o extranjero con, por lo menos, 20 años de residencia efectiva en el país. No estar detenido a disposición de la justicia.
PENSION NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ Compatibilidades Al momento de solicitar la pensión y mientras dure el trámite, podés estar cobrando Asignación Universal por Hijo y/o Asignación por Embarazo para Protección Social. En caso de que se te otorgue la pensión, comenzarás a cobrar Asignación Familiar por Hijo que es la que corresponde a los pensionados. Documentación DNI del titular. En caso de ser menor de edad presentar también la documentación de los padres. Formulario P.S 6.4 de apoderado, en caso de corresponder. Sentencia de tutela o curatela, en caso de corresponder.
PENSION NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ Tramite: Etapa 1: A través de la página Web Iniciá el trámite en la web de ANSES con Clave de la Seguridad Social (https://www.anses.gob.ar) (pestaña MI ANSES) Completá todos los datos y validá tu grupo familiar. Una vez concluidas las validaciones de tu solicitud, si modificaste tu grupo familiar deberás presentar el día del turno la documentación que acredite el vínculo. Se te otorgará un turno para continuar el trámite en una oficina de ANSES. Etapa 2: Presencial en una oficina de ANSES. Preséntate en la oficina de ANSES con la documentación correspondiente. En caso de superar todas las validaciones, se te otorgará un número de expediente, con el cual podrás realizar el seguimiento en la página de ANSES. Una vez iniciado el expediente, la Agencia Nacional de Discapacidad será la encargada del análisis y resolución del mismo.
PENSION NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ Tramite: Importante. Es obligatorio que solicites el Certificado Médico Oficial Digital (CMO) en un hospital o centro de salud público para que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) pueda otorgarte la Pensión. Desde febrero de 2019 este certificado lo extienden los hospitales y centros de salud públicos exclusivamente en formato digital. El CMO lleva la firma digital del médico que hace la revisión y del director del hospital público donde realizarás el trámite. Las entidades de salud son las encargadas de enviar el certificado digital a la ANDIS. El CMO es enviado automáticamente a ANDIS desde el hospital o centro de salud.
Certificado Medico Oficial Digital (CMO) Cómo realizar el trámite 1 Si vivís en Provincia de Buenos Aires. Acércate al centro de salud público más cercano para realizar la consulta con el médico/a. 2 ANDIS recibirá tu CMO Digital. El médico/a realizará la consulta correspondiente a tu caso, completará y firmará el CMO de manera digital con la firma del director/a del hospital o centro de salud, el cual se enviará automáticamente a la Agencia Nacional de Discapacidad. Desde ahora es válido únicamente en formato digital. No se acepta más en papel. El Certificado Médico Oficial, lleva la firma digital del médico que hace la revisión y del director del Hospital Público donde realizas el trámite. Si tenés alguna duda comunícate con ANSES llamando al 130 o dirigite a la UDAI más cercana.
Certificado Medico Oficial Digital (CMO) Si vivís en la Ciudad de Buenos Aires 1 Identificá tu situación Si recibiste una carta documento indicando que debes hacerlo: Preséntate con la carta documento y una copia del DNI (debe tener domicilio en CABA) en alguno de los 6 servicios sociales zonales ubicados en: Rodríguez Peña 778, San Nicolás. Cochabamba 4048, Boedo. Avenida Patricias Argentinas 277, Caballito. Avenida Cabildo 3067, 2º piso, Belgrano. Avenida Coronel Díaz 2110, Palermo. Almirante F.J. Seguí 2125, planta baja, La Paternal Allí, te otorgarán un turno para tramitar el CMO en el CEMAR ubicado Fragata Sarmiento 2152, La Paternal. Si vas a tramitar la Pensión por primera vez: Escribí a turnoscmo@buenosaires.gob.ar informando nombre, apellido, número de teléfono de contacto y el domicilio del documento. El Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires te otorgará el turno para que te presentes en el CEMAR ubicado en Fragata Sarmiento 2152. El mismo te será informado por teléfono y se confirmará vía correo electrónico. 2 Dirigite al lugar al que te asignaron el turno. El médico/a realizará la consulta correspondiente a tu caso, completará y firmará el CMO de manera digital con la firma del director/a del hospital o centro de salud, el cual se enviará automáticamente a la Agencia Nacional de Discapacidad.
Asignación Para Personas Trasplantadas O En Lista De Espera Ley 26.928 ARTICULO 11. - El Estado nacional debe otorgar, en los términos y condiciones de la ley 13.478 y sus normas modificatorias y complementarias, una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley, en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional. Si lo hubiere, el beneficiario optará por uno de ellos. (...protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.) Nota: Si estás trasplantado o estás inscripto en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos o células y ya tenés tu credencial de titular de la ley 26.928 podés solicitar una asignación. Aviso importante Si al momento de ser otorgada la asignación mensual la persona trasplantada cuenta con cobertura médico asistencial, puede conservarla (Resolución Ministerio de Salud 726/16)
Asignación Para Personas Trasplantadas O En Lista De Espera ¿Qué necesito? Credencial emitida por el INCUCAI o el organismo provincial que acredite la condición de persona trasplantada o en lista de espera para trasplante (copia certificada por el funcionario interviniente). Documento Nacional de Identidad (DNI) original actualizado. Constancia de certificación negativa emitida por ANSES de que no se percibe ningún beneficio, jubilación, pensión, ni trabajar bajo relación de dependencia. Para el caso de los menores de edad, personas que cuenten con representante, curadores o Sistemas de Apoyo designados judicialmente, deberán presentar las constancias de Actualización de datos Personales (ADP) y la acreditación de vínculos realizados ante ANSES. Deberán adjuntar fotocopia de partida de nacimiento y DNI del padre / madre quién será el que perciba la pensión. Acreditar la supervivencia del niño. Para el caso de los representantes: documentación que los acredite (partida de nacimiento, sentencia de curatela, tutela y guarda, entre otros). Extranjeros: deberán presentar DNI que acredite la condición de residente permanente en el país. Fotocopias de toda esta documentación (en el caso del DNI frente y dorso).
Asignación Para Personas Trasplantadas O En Lista De Espera Instructivo: Ingresar a www.argentina.gob.ar/andis. En servicios destacados ingresar en: Asignación y Pensión No Contributiva. Hacer click en: Solicitar una asignación para personas trasplantadas o en lista de espera. Luego, una vez en la pantalla donde detalla los requisitos hay que ingresar a la plataforma de Trámites a Distancia, y clickear en la opción CON DNI. Completar los datos y adjuntar la documentación correspondiente que se solicita en el TAD. La asignación mensual no contributiva por trasplante equivale al 70% de la jubilación mínima, y es para quienes se encuentren en situación de desempleo forzado y no tenga ningún otro beneficio previsional o no contributivo.
Trámites en ANSES si cobrás la PNCPI o la ANCPT Trámites en ANSES si cobrás la PNCPI o la ANCPT. Todos son con turno previo. Actualización o rectificación de datos personales y familiares, cuando se produce una novedad sobre tu información personal o se modifica tu grupo familiar (nacimiento, matrimonio, cambio de domicilio, entre otros). Cambio de lugar de cobro, si querés cambiar el banco por el cual cobrás tu pensión, o te mudaste y necesitás la modificación. Alta o modificación de apoderado, cuando necesitás incorporar un apoderado para el cobro de la pensión, o bien modificar el que tenés. Comunicación ausencia del país. Si vas a salir del país deberás informarlo en ANSES para evitar una posible suspensión de la pensión. Descargo por incompatibilidad. Si recibiste una Carta Documento, podés realizar el descargo presentando la documentación correspondiente. Renuncia a la pensión. Si tenés derecho a una prestación más beneficiosa para vos y te solicitan la baja de la pensión, o bien ya no querés cobrar la pensión, podés renunciar sacando turno en esta opción. Solicitud o reclamo de retroactivo de Asignaciones Familiares (solo PNC Invalidez). Si te corresponde cobrar asignaciones familiares o tenés que hacer un reclamo. Solicitud o reclamo de retroactivo de adicional zona austral. En caso de tener domicilio en zona austral, podés solicitar un turno para presentar la documentación correspondiente y comenzar a cobrar el adicional.
Reclamos en ANSES si cobrás la PNCPI o la ANCPT Reclamos en ANSES si cobrás la PNCPI o la ANCPT. Todos son con turno previo. Reclamo de haberes por diferencia de fecha inicial de pago / retenidos. Si comenzaste a cobrar la pensión y quedó un período sin liquidar o dejaste de cobrarla por un tiempo determinado, solicitá turno para realizar el reclamo. Reclamo por reajuste. Si tenés dudas sobre la liquidación de tu pensión, podés sacar un turno para realizar el reclamo. Reclamo por descuentos en haberes. Si en tu recibo encontrás algún descuento que no te corresponde (créditos no solicitados, mutuales, afiliaciones, etc.) solicitá un turno para hacer el reclamo. Reclamo de aguinaldo por traspaso de Pensión no contributiva por Invalidez a Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). En el caso de que tu pensión fue traspasada a una PUAM y no cobraste el proporcional del aguinaldo correspondiente, podés solicitar un turno para realizar el reclamo. Reclamo por estado de expediente. Si al consultar tu expediente te informan que se encuentran en los estados “En trámite/espera de boleta de depósito”, “En espera de documentación”, “Para cómputos y liquidaciones” o “Para oficios judiciales”, podés realizar el reclamo solicitando un turno. Reclamos relacionados con depósitos judiciales. Si tenés que presentar documentación relacionada con un depósito judicial para el cobro de tu pensión. Las denuncias por incompatibilidades físicas y/o patrimoniales puede realizarlas cualquier persona de manera anónima cuando tiene conocimiento sobre alguna persona que esté percibiendo la pensión incorrectamente.
Preguntas de los presentes ¿Me pueden cobrar co-pagos en mi obra social, siendo que tengo un CUD? Respuesta hay que reclamar ante la Superintendencia de Servicios de Salud 0800-222-72583 O concurrir personalmente a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 O presentar un reclamo vía web en este link https://www.sssalud.gob.ar/index/?page=reclamos Superintendencia de Servicios de Salud Formulario C o nota: La Superintendencia remitirá al beneficiario una nota como constancia del envío del reclamo a la obra social correspondiente, e informándole de sus derechos y plazos para ejercerlos. ¿Cómo presentar un reclamo? personalmente, por apoderado, correspondencia a la obra social o a esta Superintendencia, en caso de urgencia, por gestor oficioso, ratificada en 30 días. www.sssalud.gob.ar ¿Puedo mantener mi obra social después de jubilarme? No Salvo que presente un amparo judicial y en la demanda argumentar los motivos de la petición.
¡Gracias! Leopoldo Hugo Guardia pologuardia@hotmail.com