RENDICION DE CUENTAS ELECCIONES TERRITORIALES 2019

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Transcripción de la presentación:

RENDICION DE CUENTAS ELECCIONES TERRITORIALES 2019

¿Quiénes deben rendir informes de ingresos y gastos de las campañas…? Los Candidatos Los Precandidatos Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica Los Grupos Significativos de Ciudadanos y Movimientos Sociales

¿Ante quién deben los candidatos presentar el informe de ingresos y gastos?  

¿Es obligatorio nombrar gerente de campaña? Si supera el monto máximo de 200 SMMLV originados en fuentes de financiación privada. Para las elecciones del 2019. El monto máximo establecido se encuentra en la resolución 0253 Y 0254 expedidas por el CNE Teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 ¿? ¿? ¿? ¿? Adicionalmente quedara inhabilitado para ejercer funciones publicas Multas Gerente: Aquel que permita financiar la campaña con recursos prohibidos por la ley (Ley 1864 de 2017) Prisión de 96 Meses Multa de hasta 1200 SMMLV

Fuentes de Financiación Prohibidas   Fuentes de Financiación Prohibidas Se prohíben las siguientes fuentes de Financiación de los Partidos, Movimientos políticos y campañas: 1. Las que provengan directa e indirectamente de gobiernos o personas naturales o jurídicas extranjeras, excepto las que realicen a titulo de cooperación técnica para el desarrollo de actividades distintas a las campañas electorales 2. Las contribuciones o donaciones de personas titulares del derecho real, personal, aparente o presunto de dominio respecto de bienes sobre los cuales se hubiera iniciado un proceso de extinción de dominio.

Fuentes de Financiación Prohibidas   Fuentes de Financiación Prohibidas Se prohíben las siguientes fuentes de Financiación de los Partidos, Movimientos políticos y campañas: 3. Las que se deriven de actividades ilícitas o tengan por objeto financiar fines antidemocráticos o atentatorios del orden público 5. Las personas naturales contra las cuales se hubiera formulado acusación o imputación en un proceso penal por delitos relacionados con la financiación, pertenencia o promoción de grupos armados ilegales, narcotráfico, delitos contra la administración publica, contra los mecanismos de participación y de lesa humanidad. 4. Las Contribuciones Anónimas

Fuentes de Financiación Prohibidas   Fuentes de Financiación Prohibidas Se prohíben las siguientes fuentes de Financiación de los Partidos, Movimientos políticos y campañas: 7. Las que provengan de personas que desempeñan funciones públicas, excepto de los miembros de corporaciones públicas de elección popular, quienes podrán realizar aportes voluntarios a las organizaciones políticas a las que pertenezcan

1. Dar Cumplimiento Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011   ¿Es obligatorio abrir cuenta bancaria? 2. El gerente de campaña debe administrar los recursos a través de la cuenta única bancaria 1. Dar Cumplimiento Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 3. La apertura debe solicitarla ante una entidad financiera regida por la Superintendecia Financiera de Colombia

¿En qué fecha deben presentar el informe los candidatos a la organización política que los inscribió?  

¿Para qué rendir el informe de ingresos y gastos?   ¿Para qué rendir el informe de ingresos y gastos? Para dar cumplimiento al Inciso séptimo del Artículo 109 de la Constitución Nacional y Articulo 25 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011. Para dar a conocer la cuantía, el origen y destino de los recursos recibidos. Para garantizar la transparencia de la información, la moralidad y la igualdad. Para acceder a los recursos de reposición de gastos de campaña financiados por el Estado, en caso de lograr el umbral exigido por la Ley.

¿Qué documentos deben diligenciar y presentar los candidatos ante la organización política que los inscribió?  

¿A partir de qué fecha se pueden recaudar   ¿A partir de qué fecha se pueden recaudar contribuciones y realizar gastos de campaña? Los Partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos Los Candidatos Durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la votación. (Art. 34 de la Ley 1475 de 2011) Podrán hacerlo a partir de la fecha de su inscripción. (Art. 34 de la Ley 1475 de 2011).

¿Por cuánto tiempo se deben conservar los libros, facturas, comprobantes de contabilidad y demás documentos que soporten la información financiera y contable de las campañas electorales?  

¿Qué sucede con los ingresos y gastos en que incurrió la campaña con anterioridad al registro de los libros de contabilidad?   El registro del libro de ingresos y gastos se efectuara en el momento de la inscripción Artículo 34 de la Ley 1475 de 2011, los candidatos pueden iniciar campaña, es decir recibir recursos y realizar gastos, a partir de su inscripción, no antes El valor de los ingresos o gastos registrados con anterioridad se descontarán en el momento de la liquidación para reposición de gastos de campaña, si a ello hubiere lugar

¿Qué sanciones se van a aplicar por la no presentación o presentación extemporánea del informe de ingresos y gastos de campaña?    

¿Qué requisitos se deben reunir para acceder a los recursos estatales?   Los requisitos son los siguientes: 1. Presentar los Informes de Ingresos y Gastos de las campañas, a través del Aplicativo “CUENTAS CLARAS” y en medio físico. 2. No sobrepasar los límites a los montos de gastos de campañas electorales fijados por el Consejo Nacional Electoral. 3. La lista haber obtenido el porcentaje mínimo de votación exigido por la ley

En el caso de las gobernaciones ¿Cuál es el valor del voto, en caso de cumplir con los requisitos para acceder a la reposición de gastos de campaña?   Para alcaldías y concejos en $2.195 La cuantía por valor de voto válido es actualizada anualmente por parte del Consejo Nacional Electoral En el caso de las gobernaciones y asambleas quedo en $3.642 Para las elecciones territoriales del 2019, emitieron la Resolución 259 del 30 de Enero de 2019

¿Cómo proceder con los integrantes de la lista cuando no presentan el informe o se niegan a corregir las observaciones contables? El representante legal debe: Auditor procederá a manifestar en el dictamen, opinión de abstención en cuanto a los candidatos declarados renuentes Después de agotar los mecanismos para buscar por parte de los integrantes de la lista, su rendición o corrección de los informes Tanto la declaratoria de renuencia suscrita por el representante legal, como el dictamen de abstención, se anexarán al informe consolidado de ingresos y gastos Si no obtiene respuesta procederá por escrito a declararlos renuentes por no presentación, o no corrección

¿Cómo se diligencia el “Módulo Libro de Ingresos y Gastos” en el Aplicativo Cuentas Claras? Abrir archivo de word

¿Cuál es el término para registrar los asientos contables en el módulo “Libro de Ingresos y gastos”? Los asientos contables en el Módulo Libro de Ingresos y Gastos debe realizarse a más tardar durante los ocho (8) días siguientes al día en el cual se hubieren efectuado las operaciones, información que debe coincidir con la asentada en el Libro de Ingresos y Gastos debidamente registrado ante la autoridad competente, para tal fin.

¿Dentro de qué término se puede modificar la información reportada sobre los informes de ingresos y gastos de campaña?

¿Quién es el responsable de la entrega de las claves, a los candidatos para acceder al Aplicativo “CUENTAS CLARAS”?   Las organizaciones políticas, adoptando las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del proceso de la rendición de cuentas

Descripción de los códigos de Ingresos y qué se debe registrar en cada código Es importante precisar, que en la categoría de Ingresos se implementó el código 107 denominado “Otros Ingresos”, en el cual se registrará, sólo, el valor correspondiente a rendimientos financieros.

Descripción de los códigos de Ingresos y qué se debe registrar en cada código

IMPORTANTE Vale precisar, que entre otros, los siguientes gastos no tienen relación de causalidad con la campaña: Compra de: Teja, ladrillo, arena, cemento, medicamentos, mercados, flores, coronas, kit de estudio, electrodomésticos, kit de cocina, elementos deportivos, compra de activos (Cafeteras, celulares, equipos de sonido, vehículos, sillas, mesas, equipos de cómputo, proyectores).   Pago de: Becas, seguridad social del candidato, cuota de apartamento y/o vehículo del candidato, lavandería, honorarios y/o salario del candidato.