1.3. Clasificación
Con vínculo laboral Se presentan cuando concurren estos elementos esenciales: actividad personal, subordinada y remunerada. En la administración pública colombiana, esta modalidad está conformada entonces por los empleados públicos y los trabajadores oficiales, como ya se ha indicado, dependiendo respectivamente del vínculo estatutario o legal y reglamentario, o del vínculo contractual.
Empleados y Funcionarios Públicos El vínculo legal y reglamentario se predica de los funcionarios y empleados públicos, y se explica en la unilateralidad típica del derecho administrativo, por el sometimiento a la ley y al reglamento como normas preexistentes en las condiciones de trabajo. Servidor público comprende a todos los trabajadores que laboran para el Estado. Así pues, los empleados públicos y los trabajadores oficiales son servidores públicos.
4 De los trabajadores oficiales se predica el vínculo contractual o relación bilateral. Por regla general son trabajadores oficiales quienes laboran en las empresas industriales y comerciales del Estado, del nivel nacional y territorial, y en las sociedades de economía mixta con predominio del capital oficial que la jurisprudencia ha definido como superior al 90%. Por excepción, son trabajadores oficiales, quienes laboran en la construcción y sostenimiento de obras públicas en la administración central y en los establecimientos públicos, tanto nacional como territorial Trabajadores Oficiales
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