GRUPO 4 “DEFENSA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES”

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Transcripción de la presentación:

GRUPO 4 “DEFENSA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES”

ENTRE TONGOY Y LOS VILOS DONDE ESTABAMOS ENTRE TONGOY Y LOS VILOS

1-¿Cómo podemos lograr una instrumentalización eficaz para la defensa del trabajo decente? Definición: el trabajo decente (según expertos de la OIT) es un concepto desarrollado por la Organización Internacional del Trabajo para establecer las características que debe reunir una relación laboral acorde a los estándares internacionales, de manera que el trabajo se realice en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. El concepto de trabajo decente se basa en el reconocimiento de que el trabajo es fuente de dignidad personal, estabilidad familiar, paz social, democracias que actúan en beneficio de todas y todos, y del crecimiento económico, además de aumentar las oportunidades de trabajo productivo y el desarrollo sostenible de las empresas. El trabajo decente abarca 4 objetivos básicos, creación de empleo, garantizar los derechos de los y las trabajadores, extensión de protección social y promover el dialogo social.

DERECHOS FUNDAMENTALES Los derechos fundamentales son aquellos derechos inherentes a la persona, reconocidos legalmente y protegidos procesalmente, es decir son los derechos humanos aplicados. También pueden conceptualizarse - los derechos fundamentales - como aquellos derechos subjetivos que corresponden a todos los seres humanos dotados de status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar El titular de estos derechos, - cuando son vulnerados dentro de la empresa

– tiene la facultad de exigir su respeto y observancia, pudiendo acudir para ello al órgano administrativo competente, sin perjuicio de recurrir a los Tribunales de Justicia, a quienes les corresponde en última instancia proporcionar el amparo de estos derechos, para ello deberá acudir a la Inspección del Trabajo competente, que corresponde a aquella en la cual se encuentra territorialmente ubicada la empresa o donde materialmente desarrolla las funciones el trabajador afectado en sus derechos fundamentales.

Por lo expuesto, estos derechos fundamentales de incidencia laboral, constituyen el substrato básico imprescindible de nuestro Estado de Derecho laboral, no requiriéndose su consagración explícita en cada institución laboral, para su eficacia, bastando la consagración constitucional y excepcional legal que se ha hecho en la especie, en el artículo 5º del Código del Trabajo que indica “El ejercicio de las facultades que la ley reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos.” para que los empleadores se encuentran en la obligación legal de respetarlos. Por lo expuesto, no es necesario que el Código del Trabajo indique con detalle y en forma minuciosa que está prohibido a los empleadores una infinidad de conductas, como que se encuentran en la obligación de respetar las garantías o derecho que tiene toda persona por ser tal, por ejemplo el Código del Trabajo no indica explícitamente que está prohibido a los empleadores azotar a sus trabajadores, pero ninguno de ellos podría cuestionar la improcedencia y prohibición jurídica que ese tipo de conducta

Encuentran su consagración a nivel constitucional, entre otros los siguientes derechos fundamentales: i) derecho a la integridad física y psíquica (artículo 19 nº1) ii) derecho de igualdad y de no discriminación (19 nº 2 y 16) libertad de conciencia y de religión (artículo 19 nº 6) iii) derecho al honor y a la intimidad personal (artículo 19 nº4) iv) inviolabilidad de las comunicaciones (artículo 19 nº 5) v) libertad de opinión –expresión- e información (artículo 19 nº 12) vi) derecho de reunión (artículo 19 nº 13) vii) libertad para el ejercicio de actividades económicas (artículo 19 nº 21 y 22)

GRUPO 4 “DEFENSA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES”

1-¿Cómo podemos lograr una instrumentalización eficaz para la defensa del trabajo decente? Se definen tres ejes: 1.- formal o legal 2.- informal 3.- plataforma de lucha sindical

1-¿Cómo podemos lograr una instrumentalización eficaz para la defensa del trabajo decente? 1.- formal o legal Entrega de conocimientos sobre derechos de las y los trabajadores Asesoría legal en materia de reclamación de derechos Apoyo legal en materia de reclamación de derechos

1-¿Cómo podemos lograr una instrumentalización eficaz para la defensa del trabajo decente? 2.- informal Creación de manuales y reglamentos Redacción de protocolos

1-¿Cómo podemos lograr una instrumentalización eficaz para la defensa del trabajo decente? 2.- plataforma de lucha sindical Reivindicación de derechos por medio de creación de leyes búsqueda de reconocimientos y dignidad

2.- ¿CUAL DEBERIA SER LA ESTRATEGIA PARA LOGRAR LA ERRADICACION DE LA VIOLENCIA EN LOS PUESTOS DE TRABAJO, MANIFESTADA MEDIANTE EL ACOSO LABORAL Y SEXUAL? 1.-Conocimiento / información / capacitación 2.- redacción de protocolo a)Identificación de acoso b)Pasos a seguir en caso de existir acoso c)Apoyo judicial (asociaciones, departamentos de recursos humanos, comité paritario, comité de protocolo riesgos psicosociales)

3.- ¿Cómo podemos alcanzar una adecuada forma de calificación de trabajo pesado? 1.-Conocimiento / información / capacitación

Propuestas de trabajo 1.- elaboración de trípticos; distribuir a: asociaciones, departamentos de recursos humanos, comité paritario. 2.- buscar y solicitar calificación de trabajo pesado

4.- ¿Cómo lograr una aplicación exigente de los convenios internacionales de ASEMUCH y ampliar su gama de oportunidades?