VI Jornadas Internacionales de Pesca sobre Grandes Migradores - ORPAGU Posibilidades de un nuevo enfoque de las ayudas europeas para favorecer mejores condiciones de trabajo a bordo VI Jornadas Internacionales de Pesca sobre Grandes Migradores - ORPAGU A Guarda, 26 de Julio de 2019
El artículo 32 del actual Reglamento 508/2014 (FEMP) prevé: Con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores, el FEMP podrá conceder ayuda destinada a las inversiones a bordo o en equipos individuales, siempre que dichas inversiones superen los requisitos de la normativa de la Unión o nacional
Ahora bien, siempre limitado por lo dispuesto en el artº11: no puede incrementar la capacidad de pesca de un buque o aumentar la capacidad de un buque de detectar pescado. Ni construir un nuevo buque o importarlo.
Fundamental: INCREMENTO DE CAPACIDAD DE PESCA INCEREMENTO DE CAPACIDAD DE DETECTAR PESCADO
El 18 de Junio se alcanzó un Acuerdo en el Consejo sobre el ENFOQUE GENERAL PARCIAL SOBRE EL NUEVO FEMP. Según el comunicado del propio Consejo “ la posición acordada ampliará el alcance de las operaciones elegibles para incluir aquellas relacionadas con las inversiones en seguridad a bordo, las condiciones laborales y la eficiencia energética”.
En la práctica lo que supone es permitir que estas operaciones (mejora seguridad a bordo, condiciones de trabajo y eficiencia energética) puedan incrementar la capacidad de pesca o su capacidad para encontrar pescado, SIEMPRE QUE: El buque debe pertenecer a un segmento de flota en equilibrio El aumento de capacidad debe compensarse No se debe aumentar la capacidad máxima de pesca de cada Estado Miembro
Problemas Desconfianza en Bruselas Definiciones “indefinidas” Aportación de GT
MUCHAS GRACIAS