I DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN

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Transcripción de la presentación:

I DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN Modulo 5: TRIBUTACIÓN MUNICIPAL PRIMERA PARTE Prof.: CPC EDUARDO CONTRERAS CAMPOS

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL

1. Las Municipalidades – Problemática TEMARIO Introducción 1. Las Municipalidades – Problemática 1.1 Naturaleza y Finalidad de las Municipalidades 1.2 Jurisdicción Municipal 2. La Administración Tributaria Municipal 3. Sistemas de Funciones 3.1 Sistemas de funciones Operativas o Ejecutoras 3.1.1 Función de recaudación 3.1.2 Función de fiscalización tributaria 3.1.3 Función de Cobranza Coactiva 3.2 Sistemas de funciones de apoyo 3.2.1 Función de Registros de Contribuyentes 3.2.2 Función de Gestión 3.3 Sistemas de funciones de Asesoramiento o Normativas 3.3.1 Funciones de Asesoramiento Legal 3.3.2 Funciones de Planeamiento 3.3.3 Sistemas de Funciones de Coordinación y Dirección 4. El Servicio de Administración Tributaria – SAT

PROBLEMÁTICA DE LAS MUNICIPALIDADES En la actualidad la mayoría de las Municipalidades tienen un deficiente sistema de Administración Tributaria. Una falta de infraestructura y de personal idóneo. No hay en consecuencia, una modernización de los sistemas que conforman la conforman.

QUE SON LAS MUNICIPALIDADES Las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local. Emanan de la voluntad popular. Representan al vecindario. Promueven la adecuada prestación de los servicios públicos.

JURISDICCIÓN MUNICIPAL Y REGÍMENES ESPECIALES Las municipalidades se clasifican: En función de su jurisdicción Por su régimen especial

EN FUNCIÓN DE SU JURISDICCIÓN: La municipalidad provincial, sobre el territorio de la respectiva provincia y el distrito del cercado. La municipalidad distrital, sobre el territorio del distrito. La municipalidad de centro poblado, cuya jurisdicción la determina el respectivo concejo provincial, a propuesta del concejo distrital.

ESTÁN SUJETAS A RÉGIMEN ESPECIAL: La Metropolitana de Lima, sujeta al régimen especial que se establece en la Ley Orgánica de Municipalidades. Fronterizas, las que funcionan en las capitales de provincia y distritos ubicados en zona de frontera.

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL Los Gobiernos Locales están facultados: “Para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasa, exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala ley; más no así con los impuestos.”

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: Constituye el principal componente ejecutor del sistema tributario Su importancia esta dada por la actitud que adopte para aplicar las normas tributarias.

CONSTITUYEN IMPUESTOS MUNICIPALES Actualmente, el marco general para la política tributaria municipal se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal y su TUO mediante D.S. Nº 156-2004-EF del 15.11.2004.

CONSTITUYEN IMPUESTOS MUNICIPALES De acuerdo al artículo 6° de la referida norma legal, los impuestos municipales son: Impuesto Predial Impuesto de Alcabala Impuesto al Patrimonio Vehicular Impuesto a las apuestas Impuesto a los Juegos Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos.

CONSTITUYEN IMPUESTOS MUNICIPALES Asimismo, se encuentran definidos como ingresos de las municipalidades: Las contribuciones especiales por obras públicas Las tasas y El Fondo de Compensación Municipal, cuya distribución de estos últimos se realiza a través de índices que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas

SISTEMAS DE FUNCIONES En base al objetivo trazado, describiremos las funciones que se debe de realizar con pleno conocimiento de ellas y que son la base para adoptar decisiones con respecto a su organización y política de acción.

Función de Recaudación: Se debe tener en cuenta los sistemas de recaudación (recepción de información, fechas de vencimiento, formularios definidos, DD JJ, etc.), que este detecte a los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones. La existencia de una base de datos de contribuyentes. Esta base de datos debe discriminarse por: el tipo de tributo, el desarrollo de sistemas de cobro a través de la red de agencias bancarias.

Función de Fiscalización Tributaria: Sistema mediante el cual se determina el incumplimiento de las obligaciones tributarias que tengan los contribuyentes, por lo que se realiza un conjunto de acciones y tareas para obligarlos a cumplir con sus deudas. Para que la Administración Tributaria ejerza su función fiscalizadora debe adoptar ciertos criterios selectivos para su fiscalización, como la clasificación de los contribuyentes: importancia fiscal (grandes, medianos y pequeños), actividad económica, ubicación geográfica, etc. La función fiscalizadora debe ser permanente. Generación de riesgo tributario.

Función de Cobranza Coactiva: Es un procedimiento que faculta a la Administración Tributaria, mediante la utilización de un procedimiento forzado, exigir al deudor tributario el pago de una acreencia impaga de naturaleza tributaria, debidamente actualizada. El capítulo III de la Ley Nº 26979, de Procedimientos de Ejecución Coactiva, ha establecido el procedimiento respectivo para el ámbito referido a las obligaciones tributarias de los Gobiernos Locales. Con la mencionada Ley se ha establecido un marco jurídico para que las Administraciones Tributarias Municipales no cometan excesos que perjudiquen a los contribuyentes.

SISTEMAS DE FUNCIONES DE APOYO Constituyen el soporte informático del proceso tributario y cumplen su cometido al organizar los datos obtenidos por la Administración Tributaria y proporcionar información oportuna para facilitar una rápida acción de las unidades que cumplen funciones operativas.

SISTEMAS DE FUNCIONES DE APOYO Dentro de estas funciones de apoyo se encuentran: LA FUNCIÓN DE REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Que constituye una de las más importantes dentro del sistema de funcionamiento, teniendo como principal objetivo proveer información sobre la situación tributaria de los contribuyentes.

SISTEMAS DE FUNCIONES DE APOYO LA FUNCIÓN DE GESTIÓN Su función es la de brindar información clasificada y resumida que muestre el avance y los logros obtenidos respecto a la recaudación, cobro de deudas tributarias en fecha de vencimiento así como en proceso de cobranza forzosa.

SISTEMAS DE FUNCIONES DE ASESORAMIENTO O NORMATIVAS Estos sistemas recomiendan la práctica de actividades homogéneas respecto a la aplicación de la normatividad legal así como de los procedimientos de trabajo utilizados dentro de la Administración Tributaria. Esta asesoría comprende el aspecto legal, el planeamiento y los métodos de trabajo del proceso tributario.

Funciones de Asesoramiento Legal Orientación Legal en materia tributaria: unidades operativas o ejecutoras del proceso tributario La interpretación y divulgación de las disposiciones tributarias. Sistematización de las leyes, reglamentos, ordenanzas municipales y toda norma sobre materia tributaria.

Funciones de Planeamiento Se constituye en el sistema de funciones de la Administración Tributaria. Recomienda ajustes en la estructura tributaria, para el mantenimiento de los niveles de rendimiento de los tributos que administra. Diseño y propuesta de actividades que mejoren la eficiencia y eficacia de las unidades que ejecutan funciones operativas. Desarrollar la presencia de programas, actividades y procedimientos que norme a la administración tributaria así como las prioridades en su ejecución.

Funciones de Coordinación y Dirección Debe existir coordinación dentro de las áreas operativas y normativas de la Administración Tributaria. Se tiene que realizar las coordinaciones entre dichas áreas y se ejecuten las funciones hacia el logro de los objetivos Institucionales. Toda coordinación debe estar a cargo de personas con un completo conocimiento del Sistema Tributario Municipal, debe de conocer los fines y objetivos de la administración y tener la suficiente capacidad para sincronizar en forma ordenada la interrelación y los esfuerzos que realizan las áreas operativas.

EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT El Servicio de Administración Tributaria - SAT, fue creado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la finalidad de que se encargara principalmente de la recaudación, fiscalización, determinación y liquidación de la deuda tributaria, individualizar al sujeto pasivo de la obligación tributaria, recaudar los ingresos municipales, etc. El SAT tiene como principal ingreso el 5% de toda la recaudación que realiza de los ingresos municipales. Crear el SAT ha sido una de las mejores ideas concebidas en lo que respecta a Administraciones Tributarias de los Gobiernos Locales.

EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT Se ha logrado incrementar la recaudación e forma significativa, reducir a cero los niveles de corrupción Sin embargo, lo que no se ha visto es un eficiente desarrollo de los procedimientos de trabajo interno y de atención de requerimientos de los contribuyentes. Es importante impulsar el apoyo a la creación de instituciones similares dentro de los demás Gobiernos Locales tanto a nivel de Lima Metropolitana como a nivel nacional. Es necesario que se controle el funcionamiento financiero dentro de esta institución a efectos de que perduren sus servicios en forma eficiente.