PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA (Nº 3860/2009-CR),

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Transcripción de la presentación:

ANÁLISIS COMPARATIVO DE TRES PIEZAS NORMATIVAS RELACIONADOS AL HAMBRE Y LOS MEDIOS PARA SUPERARLO PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA (Nº 3860/2009-CR), PROYECTO DE LEY DEL DERECHO A UNA ALIMENTACIÓN ADECUADA (Nº 1390/2006-CR) ANTEPROYECTO DE ARTICULACIÓN DE INTERVENCIONES PARA SUPERAR LA POBREZA Y LA DESNUTRICIÓN INFANTIL

Marco Jurídico Aun cuando la Constitución Política no menciona específicamente el derecho a una alimentación adecuada Reconoce que los tratados internacionales suscritos por el Perú forman parte del derecho nacional El Perú ha aprobado y ratificado todos los tratados internacionales relativos al reconocimiento del Derecho Humano a una Alimentación Adecuada La Decimoquinta Política de Estado del Acuerdo Nacional compromete llevar adelante una política de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos suficientes y de calidad, para garantizar una vida activa y saludable dentro de una concepción de desarrollo humano integral..

Pactos, Tratados, Declaraciones y Convenciones Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1978) Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (1982) Convención sobre los Derechos del Niño (1990) Declaración del Milenio (2002) cuyo objetivo es reducir a la mitad el número de personas afectadas por la pobreza y el hambre para el 2015

El Perú ha Asumido Compromisos para la realización del Derecho a una Alimentación Adecuada Conferencia Internacional de Nutrición (1991) Cumbres Mundiales sobre la Alimentación(FAO, 1996, 2002) Las cuales han impulsado: La Observación General Nº 12 elaborada por el Comité de Derechos Económicos , Sociales y Culturales (1999) que definió el derecho a la alimentación adecuada y señalo las obligaciones que se requieren para su cumplimiento; y, Las Directrices Voluntarias para la realización progresiva del Derecho a la Alimentación a nivel nacional

En la actualidad En el ámbito legislativo no existe una ley que desarrolle el derecho a una alimentación adecuada articulada dentro de una política de fomento integral de la seguridad alimentaria y nutricional Los únicos instrumentos legales que reconocen el derecho a una alimentación adecuada son el DS 066-2004-PCM que aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y el DS 017-2005-JUS que aprobó el Plan Nacional de Derechos Humanos 2005-2010, que señala la necesidad de elevar a rango de Ley el Derecho a una Alimentación Adecuada.

Proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria

El Proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria Define la seguridad alimentaria como política de Estado con el objeto de promover y garantizar el derecho de alimentación de la población peruana. Establece que la seguridad alimentaria tiene por finalidad garantizar el acceso y provisión de alimentos a todos los peruanos en condiciones de cantidad y calidad aceptables para la vida y la buena salud. Establece que la seguridad alimentaria es de observancia y cumplimiento obligatorio y que el Estado, a través de los tres niveles de gobierno, tiene la responsabilidad de promover y ejecutar la política de seguridad alimentaria en concordancia con lo que establece el proyecto de ley.

Dimensión Económica : En la dimensión económica establece que los programas de apoyo alimentario tienen prioridad en la asignación de los recursos presupuestales y no pueden ser objeto de recorte o cambio de finalidad. Dispone que: los programas de seguridad alimentaria de los gobiernos regionales y locales a favor de las poblaciones vulnerables están exceptuados de toda limitación legal o presupuestal Establece que la importación y exportación de alimentos es libre pero pueden limitarse o suspenderse temporalmente a fin de cubrir la demanda interna de alimentos; la donación de alimentos está exenta del pago de impuestos, aranceles y derechos aduaneros, productos alimenticios declarados en decomiso o abandono son entregados directamente al MIMDES y en provincias a los gobiernos locales, para su distribución de acuerdo a las necesidades de los programas de apoyo alimentario; el otorgamiento de subsidios o compensaciones para alimentos básicos y productos sensibles se sujeta a la capacidad fiscal, no siendo aplicable limitación legal alguna.

Dimensión productiva El Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueve la producción y el incremento de la productividad agrícola y pesquera. El Ministerio de Agricultura formula, dirige y supervisa la política y planes de apoyo a la producción de alimentos, su disponibilidad, sostenibilidad, distribución, calidad y consumo, así como el fomento a las inversiones en infraestructura, la organización y asociatividad de productores y la agricultura familiar. Corresponde a los gobiernos regionales y locales ejecutar los planes, programas y proyectos para lo que podrán emplear los recursos propios y transferidos, sin limitación alguna. Dispone que los programas de apoyo alimentario están obligados a adquirir productos alimenticios a los productores nacionales de manera directa

Dimensión Social En los tres niveles de gobierno, tienen prioridad, las poblaciones más vulnerables en las zonas de pobreza y pobreza extrema en el orden siguiente: los niños y las personas de la tercera edad. Los programas sociales y de apoyo alimentario deben coordinar sus intervenciones a nivel nacional, regional y local con la participación de entidades públicas y privadas y las organizaciones sociales y comunitarias, a fin de atender a la mayor cantidad de personas beneficiarias. Faculta a los gobiernos regionales y locales a crear nuevos programas de apoyo alimentario y asignar mayores recursos a los programas existentes, no siendo aplicable ninguna limitación legal que impida su ejecución.

Dimensión Nutricional El Estado promueve la erradicación de la desnutrición infantil crónica y dispone la vigilancia de los niños hasta los cuatro años de edad a fin de que reciban una alimentación adecuada y nutricional así como el control de su salud en los establecimientos públicos de salud. Los gobiernos regionales deben fomentar una cultura alimentaria y nutricional basada en productos locales y autoriza a los programas sociales a adquirir en forma directa alimentos producidos en cada región y destinados a la población vulnerable de la región.

Definición del marco institucional Establece al Ministerio de Agricultura como el ente rector de la política de Estado en materia de seguridad alimentaria Formula y aprueba las políticas, estrategias y el plan nacional de seguridad alimentaria. Mediante RM define el órgano ejecutivo responsable de la rectoría en esta materia. Constituye el Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria sobre la base del Consejo Nacional de Seguridad del Abastecimiento Agroalimentario D.S. Nº 003-2008-AG En adición a representantes de diversos ministerios se suma un representante de la Coordinadora de gobiernos regionales determina que en materia de seguridad alimentaria los “sectores” Agricultura, Producción, Salud y Mujer y Desarrollo Social son los órganos operativos

Fondo de Seguridad Alimentaria Crea el Fondo Nacional de Seguridad Alimentaria para el financiamiento y atención de los planes y programas de seguridad alimentaria a cargo del MINAG y, Autoriza a las entidades de los tres niveles de gobierno a efectuar transferencias financieras al Fondo, no existiendo limitación legal alguna. Establece la prioridad del Fondo para los recursos de la cooperación técnica y Las donaciones que las personas naturales y jurídicas realicen a favor del Fondo otorgan el derecho de deducción del impuestos a la renta.

Proyecto de Ley del Derecho a una Alimentación Adecuada

Considerandos Reconoce que la Estrategia de Seguridad Alimentaria (D.S. 066-2004-PCM) establece objetivos y metas al 2015 orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional previendo la protección de los grupos más vulnerables en concordancia con el Plan Nacional de Superación de la Pobreza (D.S.064-2004-PCM) y la Estrategia Nacional de Desarrollo Rural (D.S. 065-2004-PCM). Considera que el proceso de descentralización está íntimamente relacionado con la implementación de políticas de seguridad alimentaria y nutricional Señala además que como primer resultado esperado del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 (D.S 017-2005-JUS se propone: promover la elevación de la jerarquía normativa del derecho a una alimentación adecuada

Artículos del Título Preliminar Establecen que el derecho a una alimentación adecuada es inherente a la dignidad de la persona humana, que es inter-dependiente del disfrute de los demás derechos humanos y que la responsabilidad de su ejercicio es compartida entre el individuo, la sociedad y el Estado, el mismo que protege especialmente a los grupos de personas en situación de mayor vulnerabilidad, actuando en todos los ámbitos de gobierno de manera integral, multisectorial y coordinada con el fin de alcanzar la sostenibilidad de la seguridad alimentaria y nutricional para cada persona y familia. Las políticas de seguridad alimentaria se desarrollan garantizando la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana, la diversidad cultural y el uso sostenible de los recursos.

Disposiciones Generales La finalidad es establecer un marco para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada, sea en forma individual o colectiva lo que comprende la accesibilidad, disponibilidad, uso y estabilidad en el suministro de alimentos adecuados para satisfacer las necesidades nutricionales, mantener una vida sana y lograr un desarrollo integral La discriminación en el acceso a los alimentos constituye una violación del derecho lo que es exigible ante las instancias judiciales y administrativas

Obligaciones y Responsabilidades (i) El Estado creará las condiciones para el progreso social y económico, respetará, protegerá y realizará progresivamente el derecho a una alimentación adecuada y se abstendrá de impedir el libre ejercicio de este derecho, así como y adoptara medidas para que ninguna persona o empresa restrinja o impida su libre ejercicio. El Estado tomará medidas específicas inmediatas para: erradicar la desnutrición crónica, la anemia y otras enfermedades vinculadas a la desnutrición, en especial durante la gestación y los dos primeros años de vida, fortalecerá el acceso económico a los alimentos mejorará la disponibilidad preferentemente mediante la competitividad y sostenibilidad de la oferta y espacios propicios para el establecimiento de mercados locales especialmente en las zonas rurales pobres, promoverá una cultura alimentaria nutricional que revalore los conocimientos locales

Obligaciones y Responsabilidades (ii) El Estado garantiza la provisión de ayuda directa inmediata, adecuada y temporal en caso de emergencia y desastres. El Estado orienta la cooperación internacional y al sector privado, en apoyo del ejercicio del derecho a una alimentación adecuada y los medios de comunicación, las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos contribuyen a la promoción del ejercicio del derecho

Marco Institucional (i) La PCM, a través de la CIAS- es la encargada de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional De manera concertada formula, actualiza y aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria tomando en consideración los determinantes y factores multidimensionales que limitan el derecho a una alimentación adecuada; Fija los objetivos, metas e indicadores en coordinación con los gobiernos regionales y locales y la sociedad civil; y, establecer las prioridades, que deberán incorporarse en los Planes y en los respectivos presupuestos de los ministerios; Coordina y articula los programas, proyectos y acciones de las instituciones del Gobierno Nacional, refuerza las capacidades de los funcionarios sectoriales, regionales y locales para una gestión eficiente; Fomenta la participación de la sociedad civil para la formulación, actualización, implementación y seguimiento,

Marco Institucional (ii) La Secretaría Técnica de la CIAS conformará y presidirá un grupo técnico multisectorial para la seguridad alimentaria integrado por representantes del sector público vinculados con la materia, del sector privado y de organizaciones de la sociedad civil, entre ellos el Presidente de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, y un representante de la ANGR, y un representante de la AMPE Sus funciones: generar propuestas sobre la materia, brindar apoyo técnico, convocar a audiencia pública para presentar los avances logros y dificultades en el cumplimiento de la ENSA, promover el conocimiento de la población sobre los objetivos y metas; Operar un sistema de seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la ENSA, el mismo que comprenderá una evaluación del desempeño de los sectores, a partir de las prioridades establecidas por la CIAS

Responsabilidades Institucionales Los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son responsables de la articulación de las intervenciones en su ámbito y de la formulación y actualización de sus correspondientes estrategias de seguridad alimentaria de manera participativa y concertada con la sociedad civil estableciendo los objetivos y metas del caso, en concordancia con las políticas y la estrategia de seguridad alimentaria nacional, así como supervisar su cumplimiento y reforzar las capacidades del nivel local y coordinar los esfuerzos de estos últimos para el cumplimiento de la ELSA y la ERSA. La PCM y el MEF orientarán la inversión y el gasto hacia las prioridades en materia de seguridad alimentaria en todos los ámbitos de gobierno bajo la metodología del presupuesto por resultados.

Responsabilidades Institucionales Cada ministro presentará un informe semestral al Presidente del Consejo de Ministros sobre el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas de la seguridad alimentaria y nutricional La Contraloría de la República auditará el uso de los recursos con la finalidad de asegurar su eficiencia La Defensoría del Pueblo velará por el respeto, la protección y la realización del derecho a una alimentación adecuada y presentará un informe de cumplimiento al Congreso de la República, Faculta a las organizaciones de la sociedad civil a ejercer vigilancia denunciar ante las autoridades competentes las violaciones del derecho a una alimentación adecuada. La PCM a través de la CIAS y el MEF establecerán incentivos para los gobiernos regionales y locales para la implementación del derecho a una alimentación adecuada; y los funcionarios de los gobiernos regionales y locales que impidan el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada serán sancionados de acuerdo a lo establecido en la Ley Marco del Empleo Público.

ANTEPROYECTO DE ARTICULACIÓN DE INTERVENCIONES PARA SUPERAR LA POBREZA Y LA DESNUTRICIÓN INFANTIL

El Anteproyecto de Articulación de Intervenciones declara de prioridad política e interés nacional la estrategia de intervenciones articuladas de los programas y proyectos de las diversas entidades del gobierno nacional, regional y local y sus programas y proyectos, así como los de las organizaciones privadas y de la cooperación internacional orientados a la superación de la pobreza y pobreza extrema. organiza la articulación de las intervenciones sobre tres ejes: i) la promoción y respeto a los derechos fundamentales de la persona y el desarrollo de capacidades; ii) la promoción de oportunidades económicas; y, iii) el establecimiento de una red de protección social.

Planes participativos de nivel local Manda se elaboran y ejecutan planes articulados de nivel local convocando la participación de la población a fin de atender y tomar en cuenta sus necesidades y demandas. Los planes así formulados se incorporan como parte de los planes concertados de desarrollo regional y local y son objeto de seguimiento y evaluación por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales en la medida que responden a la política social de nivel nacional.

Competencias y Funciones La PCM a través de la CIAS coordina el proceso de articulación de las intervenciones que orientados a superar la pobreza y pobreza extrema. Cuenta con el apoyo de la ST-CIAS la cual apoya en la formulación de las políticas sociales de carácter multisectorial, la coordinación intersectorial y el seguimiento y evaluación de la implementación de las políticas, programas y proyectos. Promueve un conjunto de enfoques como parte de la cultura del quehacer de las entidades, programas y proyectos como son, los enfoques de: desarrollo humano, territorial, participativo, intercultural, igualdad de genero y oportunidades, gestión de riesgo y competitividad en el mercado y de gestión por resultados. La ST-CIAS propone mejoras en las intervenciones, puede establecer nuevos programas, fusionar, integrar o cerrar programas, de acuerdo a su desempeño y resultados respecto a los objetivos de superación de la pobreza y pobreza extrema.

Prioridades de la Estrategia de Articulación establece las principales prioridades de la política social incluyen el desarrollo rural, la ampliación de cobertura del parto institucional, el aseguramiento en salud de la población, la ampliación de cobertura de la provisión de agua potable, la eliminación de excretas, ña reducción del analfabetismo, el logro pleno de la seguridad alimentaria, así como la disminución de la desnutrición crónica en menores de 5 años, la mortalidad neonatal y la mortalidad materna como factores a abordarse en conjunto