Walter Rodríguez Coral Cummings Juan Román Recursos Apelativos Prof. Lamoutte Walter Rodríguez Coral Cummings Juan Román
Certiorari Electoral Escrito Apelativo
Encabezamiento Regla 34 (A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Epígrafe Regla 34 (A-1) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Información sobre abogados y partes Regla 34 (A-2) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Índice de Materias Regla 34 (B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Índice Legal Regla 34 (B) Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Cuerpo Regla 34 (C-1-a) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Comparecencia, el nombre de las partes
Cuerpo Regla 34 (C-1-b) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Disposiciones legales que establecen la jurisdicción y la competencia del Tribunal.
Cuerpo Regla 34 (C-1-c) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Sentencia Cuya Revisión Se Solicita
Cuerpo Regla 34 (C-1-d) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Relación fiel y concisa de los hechos procesales y materiales del caso.
Cuerpo Regla 34 (C-1-e) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Señalamiento breve y conciso de los errores que a juicio de la parte peticionaria cometió el Tribunal de Primera Instancia.
Cuerpo Regla 34 (C-1-f) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Discusión de los errores señalados
Cuerpo Regla 34 (C-1-g) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones La Suplica
Numero de paginas Regla 34 (D) Reglamento Tribunal de Apelaciones La solicitud de certiorari no excederá de veinticinco (25) páginas, exclusive de la certificación de notificación, del índice y del Apéndice, salvo que el Tribunal autorice un número mayor de páginas conforme a lo dispuesto en la Regla 70(D) del Reglamento.
Apéndice Regla 34 (F) Reglamento del Tribunal de Apelaciones (1) Salvo lo dispuesto en el apartado (2) de este inciso y en la Regla 74, la solicitud incluirá un Apéndice que contendrá una copia literal de: (a) Las alegaciones de las partes, a saber: -en casos civiles: la demanda principal, la de coparte o de tercero y reconvención, con sus respectivas contestaciones; -en casos criminales: la denuncia y la acusación, si la hubiere. (b) La decisión del Tribunal de Primera Instancia cuya revisión se solicita, incluyendo las determinaciones de hechos y las conclusiones de derecho en que esté fundada, si las hubiere y la notificación del archivo en autos de copia de la notificación de la decisión, si la hubiere.
Apéndice (c) Toda moción debidamente sellada por el Tribunal de Primera Instancia, resolución u orden necesaria para acreditar la interrupción y reanudación del término para presentar la solicitud de certiorari y la notificación del archivo en autos de copia de la resolución u orden. (d) Toda resolución u orden, y toda moción o escrito de cualesquiera de las partes que forme parte del expediente original en el Tribunal de Primera Instancia, en los cuales se discuta expresamente cualquier asunto planteado en la solicitud de certiorari, o que sean relevantes a ésta. (e) Cualquier otro documento que forme parte del expediente original en el Tribunal de Primera Instancia y que pueda ser útil al Tribunal de Apelaciones a los fines de resolver la controversia.
Apéndice (2) El Tribunal de Apelaciones podrá permitir a petición de la parte peticionaria en la solicitud de certiorari o en moción o motu propio a la parte peticionaria la presentación de los documentos del Apéndice a que se refiere esta Regla, con posterioridad a la fecha de la presentación del escrito de certiorari, dentro de un término de quince (15) días contado el mismo a partir de la fecha de notificación de la resolución del Tribunal autorizando la presentación de los documentos.
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 8.1 Procedimiento Civil, Encabezamiento
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 3.1 Procedimiento Civil, Competencia
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Revisión al Tribunal de Apelaciones, Art. 1.017 Ley Electoral de Puerto Rico
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 8.3 Procedimiento Civil, Adopción por Referencia y Exhibits Cuando se nombran los apéndices como referencia de documentos.
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables McConell vs FEC 124 S.Ct 619 Genuine Advocacy Issue
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Articulo 1.016, Revisión de las Decisiones de la Comisión Estatal de Elecciones, Ley Electoral de Puerto Rico.
Recurso Urgente de Mandamus Escrito Apelativo
Cubierta Regla 55 (C), Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Indice de Materias Regla 75 (A), Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Índice Legal Regla 75 (B), Reglamento del Tribunal de Apelaciones
Contenido del Escrito Regla 55 (A-1) Reglamento del Tribunal de Apelaciones Las citas de las disposiciones legales que establecen la jurisdicción del Tribunal
Contenido del Escrito Regla 55 (A-2), Reglamento Tribunal de Apelaciones Resumen de los Hechos
Contenido del Escrito Regla 55 (A-3 y A-4) Reglamento Tribunal de Apelaciones Señalamiento breve y conciso de las controversias de derecho Planteadas
Contenido del Escrito Regla 55 (A-5), Reglamento del Tribunal de Apelaciones Suplica
Apéndice Regla 55 (D) Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 8.1 Procedimiento Civil, Encabezamiento
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 3.1 Procedimiento Civil, Competencia
Otras Reglas y Disposiciones Aplicables Regla 8.3 Procedimiento Civil, Adopción por Referencia y Exhibits Cuando se nombran los apéndices como referencia de documentos.
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION, ÉXITO EN SUS FINALES!!!!!!!!!!