Procedimientos fronterizos para menores Conferencia Regional sobre Migración (CRM) Grupo Ad-Hoc sobre Niñez Migrante Abril de 2015
Mandato de la ASFC Canadá reconoce la importancia de promover y salvaguardar los derechos de los niños, en Canadá y en el extranjero, y trabaja en estrecha colaboración con otros niveles del gobierno, autoridades de aplicación de la ley y organizaciones intergubernamentales para asegurar que las decisiones relacionadas con los niños se tomen en consideración del interés superior del niño y que estén en concordancia con nuestras leyes y reglamentos. La Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (ASFC) es responsable de proveer servicios fronterizos integrados en apoyo de la seguridad nacional y pública. Nuestra misión es asegurar la seguridad y prosperidad de Canadá a través del manejo del acceso de personas y bienes hacia y desde Canadá.
En la frontera La Ley de Inmigración y Protección de Refugiados (IRPA, por sus siglas en inglés) se interpreta y aplica en las fronteras de Canadá, junto con instrumentos internacionales que incluyen la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Los oficiales de la ASFC prestan especial atención a los niños que ingresan a Canadá. Donde hay inquietudes acerca del propósito de su viaje a Canadá, su bienestar o la relación de parentesco con el adulto que los acompaña , los niños (ya sea acompañados o no acompañados) son referencias obligatorias para realizar un análisis exhaustivo. Al analizar los casos de niños, niñas y adolescentes, la ASFC toma en cuenta procedimientos o medidas que dan prioridad al interés superior del niño sobre todas las demás consideraciones. Con el propósito de actuar en el interés superior del niño y cumplir con las obligaciones internacionales, la ASFC se esfuerza por asegurar que una persona que dice ser el padre, tutor o responsable del cuidado del niño sea legítima.
En la frontera (cont.) Los oficiales de la ASFC están capacitados para examinar, identificar y reportar a niños que están bajo sospecha de ser víctimas de secuestro, tráfico ilegal o trata de personas al llegar a Canadá. La ASFC trabaja en estrecha colaboración con los gobiernos federal, de provincias y territorios y municipales, agencias de aplicación de la ley y organizaciones intergubernamentales para asegurar que en estos casos se dé una respuesta unificada y que se brinde protección a los niños en todo el proceso. Cuando hay razones para creer que un niño, niña o adolescente es víctima de la trata de personas, el oficial de la ASFC es responsable de referir al niño y al adulto sospechoso a las instancias pertinentes para que se realice una mayor investigación con el fin de confirmar o descartar la sospecha. Además, se notificará a la policía montada de Canadá y/o las autoridades locales de aplicación de la ley. Se confiscarán los documentos de identidad y viaje, si hubiera razones fundadas para creer que estos documentos se han obtenido de modo fraudulento o incorrecto. Asimismo, a través del programa titulado Our Missing Children (Nuestros niños desaparecidos), la ASFC colabora con la RCMP, el Departamento de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo (DFATD) y el Departamento de Justicia para identificar e interceptar en las fronteras a niños, niñas y adolescentes que podrían ser víctimas de secuestro o estar desaparecidos. Aunque cada organización tiene su propia función, el programa funciona como una sola unidad, en apoyo de la policía y otras agencias en Canadá y en todo el mundo con el fin de lograr recuperaciones exitosas. Gracias a las iniciativas de cooperación, la ASFC ha ayudado a reunir a más de 1,400 niños desaparecidos y secuestrados con sus familias.
Detención de niños, niñas y adolescentes Las leyes y políticas de la ASFC incluyen estipulaciones claras sobre la detención de niños, niñas y adolescentes: la detención se utiliza únicamente como último recurso y únicamente después de que los oficiales hayan considerado cuidadosamente el interés superior del niño. Los oficiales de la ASFC considerarán alternativas tales como colocar al niño, niña o adolescente bajo el cuidado de los servicios de protección infantil de las provincias cuando no hay riesgos de seguridad para esa persona. Además, en caso de detención el período de detención será lo más breve posible. En 2013 y 2014, el tiempo promedio de detención de niños, niñas y adolescentes fue de 10.81 días, y representaron aproximadamente un 3% de todas las detenciones realizadas por la ASFC. Algunos de los factores que los oficiales consideran al tomar la decisión de detener a un niño, niña o adolescentes incluyen la disponibilidad de alternativas de cuidado infantil; el tiempo de detención esperado; el riesgo del control continuado por parte de traficantes o tratantes de personas; la disponibilidad de áreas separadas para alojarles y a sus padres o tutores; y acceso a servicios de consejería, educación y recreación.
Detención de niños, niñas y adolescentes (cont.) Los centros de detención de inmigrantes de la ASFC cuentan con áreas separadas para alojar a las familias y además, si el período de detención es mayor a siete días, los niños, niñas y adolescentes tendrán acceso a un maestro. En general, a los niños, niñas y adolescentes no acompañados (que son detenidos y que no están bajo el cuidado de un padre o tutor) se les envía a una agencia de protección infantil o a reunirse con sus familiares. Los niños, niñas y adolescentes acompañados podrán permanecer con sus padres detenidos en un centro de detención de inmigrantes, si el oficial de la ASFC considera que esto cumple con el interés superior del niño y si se cuenta con las instalaciones apropiadas. Durante la detención, los niños, niñas y adolescentes tienen acceso al aire libre, un área de juegos y servicios de educación. Además, durante los procesos ante la Junta de Inmigración y Refugiados, se podrá asignar a un representante para representar el interés superior del niño, niña o adolescente no acompañado.
Detención de niños, niñas y adolescentes En fin, la detención de niños, niñas y adolescentes se utiliza únicamente como último recurso y se considera el interés superior del niño. La ASFC puede detener a los niños, niñas y adolescente en centros de detención de inmigrantes junto a sus padres o puede referirlos a agencias de bienestar infantil, en consideración del interés superior del niño.
tiempo promedio de detención Detención de niños Año acompañados no acompañados Detención Total tiempo promedio de detención 2013-2014 177 17 194 10.8 días 2012-2013 267 13 280 9.1 días 2011-2012 287 304 6.6 días 2010-2011 196 31 227 6.1 días 2009-2010 279 43 322 6.2 días
Programa de remoción La Ley de Inmigración y Protección de Refugiados estipula que la ASFC debe sacar a ciudadanos extranjeros inadmisibles lo antes posible. Cuando una persona ha agotado todos los recursos y procesos para permanecer en Canadá, se espera de ella que se vaya. Y si esta persona no está dispuesta a hacer los arreglos para su propia remoción de Canadá, la ASFC programará los arreglos de remoción necesarios. En general, las personas son enviadas hacia su país de nacionalidad, ciudadanía o residencia habitual. Cuando esto no es posible, la ASFC buscará otros países a donde enviar a estas personas. La remoción de personas que constituyen una amenaza a la seguridad de Canadá continúa siendo la prioridad de la ASFC. Esto incluye a las personas que constituyen riesgos para la seguridad nacional, las que son criminales y las personas que han cometido violaciones de derechos humanos.
Remoción de niños, niñas y adolescentes La ASFC hace todo lo posible para mantener unidas a las familias durante el proceso de remoción. Aun en los casos de remoción inminente se considera el interés superior del niño. A los niños, niñas y adolescentes no acompañados se les brinda representación a través de la autoridad pertinente de bienestar infantil, que asegurará que el niño, niña o adolescente esté representado adecuadamente.
Política de la ASFC sobre la remoción de niños, niñas y adolescentes La mayoría de los niños, niñas y adolescentes que son sacados de Canadá viajarán acompañados de sus familiares. A los niños, niñas y adolescentes no acompañados menores de 13 años se les envía fuera de Canadá con un acompañante. Los niños, niñas y adolescentes no acompañados comprendidos entre las edades de 13 a 18 años pueden retornar a su país de origen en un vuelo directo, sin acompañante, en cuyo caso las líneas aéreas aceptarán la responsabilidad por la persona durante el viaje, siempre y cuando no exista otro riesgo de seguridad. En todos los casos de niños, niñas y adolescentes no acompañados, antes del inicio del viaje de retorno se hacen los arreglos necesarios para que los familiares o representantes de los departamentos o agencias de bienestar infantil reciban al niño, niña o adolescente retornado.
Estadísticas de remoción Año Total % Criminales solicitudes de refugio denegadas 2013-2014 13,894 15% 66% 2012-2013 18,946 11% 75% 2011-2012 16,539 12% 72% 2010-2011 15,191 73% 2009-2010 14, 861 13% 74%