PERSONAS EN DERECHO.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Sociedades Mercantiles más usadas en Venezuela
Advertisements

DERECHOS REALES PROPIEDAD POSESION USUFRUCTO USO HABITACION
LINO – SANDY & ASOCIADOS A B O G A D O S
TESIS II: DERECHO TRIBUTARIO
TESIS III: DERECHO PRIVADO
SOCIEDADES COMERCIALES
Sociedad Mercantil o Comercial
LAS EMPRESAS Y LAS SOCIEDADES
Universidad Alas Peruanas Facultad de Derecho
DERECHO MERCANTIL GUATEMALTECO
Sociedad colectiva Sociedad mercantil en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar de las obligaciones.
CHARLA CORPORATIVA MICROEMPRESARIOS
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
UNIDAD I LA PERSONA.
PERSONA FÍSICA Y JURÍDICA
BARBARA PORTUGAL GUZMAN
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
UNIDAD XI LA RELACIÓN JURÍDICA..
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
Clasificación de Las Sociedades
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DERECHO DE LAS PERSONAS
EMPRESA UNIPERSONAL CINDY PACHECO ALVAREZ ALEJANDRA RIOS RODRIGUEZ
UNIDAD XII NACIONALIDAD DE LAS SOCIEDADES. PARTICIPACIONES ART. 30 LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES SOLO PUEDEN FORMAR PARTE DE SOCIEDADES.
PERSONAS FISICAS Y MORALES PERSONALIDAD Y SUS ATRIBUTOS
SOCIEDADES MERCANTILES
PERSONA.
Registro Entidades Sin Ánimo de Lucro
Sociedad simple.
SOCIEDADES DE PERSONAS
ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO
DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO: CÉSAR A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ; PhD.
Sprek III Marisol Arias IEI/Fackspråk
UNIDAD TEMATICA Nº 2 EL PATRIMONIO CONTENIDO
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS
MYPE ELEGIR LA FORMA DE INICIAR UN NEGOCIO PERSONA NATURAL
CAPACIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS
LA IMPORTANCIA DEL NOMBRE
UNIDAD VIII ORGANIZACIÓN SOCIETARIA. ORGANIZACIÓN JURIDICA EL CONTRATO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD ES UN CONTRATO PLURILATERAL DE ORGANIZACIÓN. LA ORGANIZACIÓN.
EL CONCEPTO DE PERSONA JURIDICA
R. Javier Gonzáles Concepción
Introducción al Estudio del Derecho JUR1000
PERSONA FÍSICA Y JURÍDICA
Sociedad anónima. Fundamentos de TA(3).
Formalización de una Empresa
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
LA SOCIEDAD Caracterización: “La sociedad no es un contrato sino una persona jurídica que pueden nacer de un contrato o de otro negocio jurídico”. Origen.
 La personas naturales tienen existencia real y visible. Son reconocidas como sujetos de derecho, lo cual les permite ejercer derechos y asumir obligaciones,
A Ese Arte De Amar…… Que Llaman Enseñar. 1.REFLEXIÓN. 2. VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA 3.LECTURA DEL ACTA ANTERIOR 4.TEMA: PRIMERA UNIDAD: NOCIONES ELEMENTALES.
UNIDAD 2: OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA.
PERSONAS JURÍDICAS.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
LAS SOCIEDADES COMERCIALES
Luis E. Trujillo. 1.Es todo ser humano o individuo que Nace y obtiene la capacidad legal en la sociedad si importar edad, sexo o religión (Sócrates).
PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL
EMPRESA: La Titularidad Jurídica
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
LAS PERSONAS JURÍDICAS
SOCIEDAD EN COMANDITA (S.C)
Tipo de Persona La persona.
CURSO DERECHO DE LAS PERSONAS
Obligaciones con pluralidad de sujeto
PERSONAS JURÍDICAS Libro I- Sección I Tít. I: De las Personas Jurídicas Art Personas de existencia ideal y personas jurídicas- ¿sinónimos? (art.
Tema 3: El empresario mercantil.
SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO. Persona: Concepto, Categorías. Persona y sujeto de derechos. Persona individual. Concepto. Principio de su existencia. Persona.
Derecho de Familia Abog. Alexander Joao Peñaloza Mamani.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS TEMA: SOCIEDADES COMERCIALES CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL Inspección General de Personas Jurídicas. Departamento de.
EMPRESAS Y MINERÍA Taller Empresa, Órganos Directivos
Transcripción de la presentación:

PERSONAS EN DERECHO

CONCEPTO DE PERSONA: Art. 30 Codigo Civil: “Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones”. Esta aptitud de un ente como persona es una calidad preexistente de el o es una creacion del derecho? 2 corrientes opuestas respecto al concepto de persona : POSITIVISMO JURIDICO (Kelsen) DERECHO NATURAL (Digesto derecho romano)

CORRIENTES SOBRE CONCEPTO DE PERSONA: 1)POSITIVISMO JURIDICO: (Kelsen): Persona es un concepto juridico construido por el derecho para sus fines. Se es persona si el derecho asi lo reconoce. 2)CORRIENTE DEL DERECHO NATURAL: Calidad de persona es inherente al hombre mismo, a su propia naturaleza. La calidad de persona se reconoce a todos los hombres . El derecho esta al servicio de fines humanos.

ESPECIES DE PERSONAS: 1)PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE O FISICAS O PERSONAS NATURALES: (art.31 C.C): entes con signos caracteristicos de humanidad, sin distincion de cualidades o accidentes) 2)PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL O PERSONAS JURIDICAS: (art.32 C.C):entes susceptibles de adquirir derechos o contraer obligaciones que no son personas de existencia visible)

1)PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE O NATURALES: 1)COMIENZO DE LA PERSONALIDAD: Desde concepcion en seno materno (persona por nacer sujeto de derechos: ejemplo puede recibir donaciones y herencias). Personalidad condicional: nacimiento con vida aunque sea por instantes luego de la separacion de la madre. 2)FIN DE LA PERSONALIDAD: a)Por muerte natural. b)Por ausencia con presuncion de fallecimiento

2)PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL O JURIDICAS: TEORIAS QUE JUSTIFICAN O NO LA PERSONALIDAD DE LAS MISMAS: 1)Teoria de la ficcion: unico sujeto natural es hombre, unico real. Personas juridicas son creaciones artificiales del Estado (Savigny): inspiro al autor de nuestro Codigo Civil (Velez Sarfield) antes de la reforma de la ley 17711. 2)Teorias negatorias de la personalidad moral o juridicas. (Kelsen) 3)Teorias de la realidad: las personas juridicas no son entes arificiales sino realidades vivas (maximo expositor: Gierke) a)Organicista: son organos reales y vivientes. b)De la institucion: son organismos con fines de vida y medios superiores en poder y duracion a individuos que lo componen. c)Propiamente juridicas: persona todo ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones (tanto el hombre como los entes de existencia ideal).

CLASES DE PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL O JURIDICAS: 1)DE CARÁCTER PUBLICO: fin interes publico. a) Estado (nacional, provincial y municipal): creacion en Constitucion Nacional y en Constituciones Provinciales. b) Entidades autarquicas (organismos descentralizados: Banco Central, Universidades Nacionales, Inti, Inta): Creacion mediante ley especial. c) Iglesia Catolica. 2)DE CARÁCTER PRIVADO: creacion privada. a) Asociaciones b) Fundaciones c)Sociedades civiles d)Sociedades comerciales (reguladas en Ley Sociedades Comerciales 19550) c) Entidades que confome a la ley tienen capacidad para adquirir derechos y obligaciones con autorizacion del Estado para funcionar.

1)PRINCIPIO EXISTENCIA PERSONAS JURIDICAS: Depende del tipo de persona juridica. Las personas juridicas de carácter privado, en principio comienzan su existencia desde autorizacion, por ley o gobierno (art. 45 C.Civil). Excepto sociedades civiles que principian su existencia desde su constitucion por escritura publica. Las sociedades comerciales tienen un regimen especial derivado de la ley de sociedades 19550. Las personas juridicas de carácter publico desde el momento que determina la norma que determina su creacion. 2)FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS JURIDICAS: Disolucion Quiebra Expiracion termino de duracion de la persona juridica. Cumplimiento total del objeto Decision de sus miembros aprobada por autoridad competente

PERSONAS DE CARÁCTER PRIVADO: ASOCIACIONES: Fin bien comun: altruista o lucrativo.Ejemplos de asociaciones civiles sin fines de lucro (asociaciones artisticas, cientificas, deportivas y profesionales) Acto voluntario de creacion por acuerdo de asociados (por acuerdo voluntario de varias personas): pluraridad de asociados. Patrimonio propio. Autorizacion del Estado para funcionar. FUNDACIONES: Fin bien comun: siempre altruista. Acto de creacion por una voluntad unica (por una persona: fisica o juridica), no necesidad de pluralidad de personas. Patrimonio propio. Se afecta un patrimonio con un proposito de bien comun y sin lucro para el instituyente de la fundacion.

SOCIEDADES: se constituyen por medio de un contrato entre dos o mas personas. a)CIVILES: Modo de constitucion: por autonomia de voluntad (1197 C.Civil) No hay obligacion legal de llevar contabilidad. Forma de constitucion por escritura publica. No hay necesidad de publicacion ni inscripcion registral. Objeto no comercial. b)COMERCIALES: Reguladas por la ley de sociedades comerciales 19550: solo son sociedades comerciales las “tipificadas” por dicha ley (principio de tipicidad)- Modo de constitucion : de acuerdo al tipo de sociedad regulado. Obligacion legal de llevar contabilidad Forma de constitucion: por instrumento privado o publico, salvo la S.A. (siempre por escritura publica) Necesidad de inscripcion y registracion, sino sociedad en formacion o de hecho. Objeto: comercial y proposito de lucro: obtener utilidades.

TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES: a)DE RESPONSABILIDAD ILIMITADA: Los socios responden ilimitada y solidariamente por todo el pasivo social, con sus propios bienes. Ejemplos: sociedades de hecho, sociedad colectiva. b)DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Los socios responden solamente con su parte en la sociedad por las deudas de esta, no responden con su patrimonio o bienes propios. Su responsabilidad es limitada a su aporte en la sociedad. Pero esta limitacion de responsabilidad queda supeditada a que la sociedad se termine de inscribir en el Registro correspondiente (Direccion Provincial de Personas Juridicas en Pcia. Bs.As.) Ejemplos: SRL (sociedad de responsabilidad limitada) y S.A. (sociedad anonima). La participacion del socio en la SRL se denomina “cuota social” y en la S.A. “accion” : los socios responden por las deudas de la sociedad solo en la medida de la cuota social o de la accion. Forma de constitucion: SRL por instrumento privado con firma certificada, y SA por escritura publica.

ORGANOS SOCIALES: las sociedades como no son personas humanas necesitan de organos para poder actuar , integrados por personas fisicas (por seres humanos): 1)ORGANO DE REPRESENTACION: S.A.: Presidente del directorio 1)ORGANO DE REPRESENTACION: S.R.L: Socio gerente con dichas facultades otorgadas.

ORGANOS SOCIALES: S.R.L: S.A. 2)ORGANO DE ADMINISTRACION: gerencia 3)ORGANO DE GOBIERNO: Menos 50 socios: reunion socios Mas de 50 socios: asamblea socios S.A. 2)ORGANO DE ADMINISTRACION: directorio 3)ORGANO DE GOBIERNO: Asamblea 4)ORGANO DE FISCALIZACION: sindicatura

ATRIBUTOS INHERENTES DE LAS PERSONAS: cualidades intrisecas y permanentes que constituyen la esencia de la personalidad y determinan al ente personal en su individualidad COMUNES A TODAS LAS PERSONAS (EXISTENCIA VISIBLE e IDEAL): 1)NOMBRE 2)CAPACIDAD 3)DOMICILIO 4)PATRIMONIO EXCLUSIVO DE LAS PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE: ESTADO.

1)NOMBRE: Designacion exclusiva que corresponde a una persona. Es distintivo y sirve para identificar a una persona en relacion a los demas. Compuesto por nombre de pila y apellido. El apellido se transmite a los descendientes (llamado nombre de familia).

2)CAPACIDAD CAPACIDAD EN GENERAL: aptitud para ser titular de relaciones juridicas o derechos o para ejercerlos. Principio general es la capacidad. CAPACIDAD: 1)DE DERECHO: de goce o juridica: para ser TITULAR DE DERECHOS. 2)DE HECHO: para ejercer por si mismo los derecho en la vida civil: DE EJERCICIO. Requieren de un representante (padres, tutores, curadores)

INCAPACIDAD DE HECHO: 1)ABSOLUTA: Personas por nacer. Dementes declarados tales en juicio Sordomudos que no saben darse entender por escrito. Menores impuberes (menores de 14 años) 2)RELATIVA: Menores adultos (de 14 a 18 años) Solo tienen capacidad para realizar los actos que las leyes lo autorizan .

INHABILITADOS: ART. 152 BIS CODIGO CIVIL: podran inahbilitarse judicialmente: 1) por embriaguez habitual y uso de estupefacientes : expuestos a otorgar actos juridicos perjudiciales a su persona o patrimonio. 2)Disminuidos en sus facultades, sin ser dementes, a criterio del juez plena capacidad daño a su persona o patrimonio. 3)Prodigos.

3)DOMICILIO: Asiento juridico de la persona. Ley le asigna efectos juridicos. TIPOS DE DOMICILIOS: REAL: lugar o asiento principal de la residencia y negocios de una personal . 2 elementos: subjetivo (animo voluntario) y objetivo (corpus o residencia) LEGAL ESPECIAL O CONTRACTUAL FISCAL CONYUGAL (concepto sociologico:donde viven los conyuges de consumo) PROCESAL O CONSTITUIDO

IMPORTANCIA DEL DOMICILIO: Para ubicar el asiento de una persona y producir efectos juridicos. Para determinar la ley aplicable. Para determinar la competencia de los jueces. Para indicar el lugar en que hay que hacer las notificaciones Par precisar el lugar de cumplimiento de las obligaciones.

4)PATRIMONIO: Conjunto de bienes de una persona (2312 C.Civil). Comprende todos sus bienes (materiales e inmateriales) con un valor economico, apreciable en dinero. Universalidad juridica constituida por derechos reales y personales con valor pecuniario. Forma un todo juridico, una unidad: que no puede ser dividido sino en partes alicuotas (en un porcentaje). Constituye la garantia de una persona frente a sus acreedores (prenda comun de los acreedores).

COMPOSICION DEL PATRIMONIO: 1)BIENES MATERIALES O COSAS: Muebles registrables o no. Inmuebles Energia y fuerzas naturales susceptibles de apropiacion. 2)BIENES INMATERIALES 3)DEUDAS 4)CREDITOS

5)ESTADO: El estado como atributo de la personalidad es el “estado de familia”. Conjunto de derechos y obligaciones que surgen de un vinculo familiar. Atribuyen a la persona una determinada posicion dentro de la familia. Caracteres: 1)fuera del ambito de la autonomia de voluntad, sujeto a una regulacion de orden publico. 2)es intransmisible e inalienable. 3)es irrenunciable. 4)es imprescriptible 5)es indivisible. 6)reciproco: en cuanto al estado de una persona corresponde otro igual o desigual correlativo: esposo-esposa, hermanos (estado igual), padre-hijo, casado-soltero-divorciado (estado desigual). El estado conyugal se divide en tres: casado, viudo, divorciado.

CARACTERES DE LOS ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS: 1)NECESIDAD: No puede haber persona que carezca de ellos. 2)UNIDAD: Cada persona solo puede tener un solo atributo (no 2 nombres , 2 estados) 3)INALIENABILIDAD: La persona no puede desprenderse de algun atributo suyo transfiriendolo a otro: no estan en el comercio. Venta nula:no efectos. 4)IMPRESCRIPTIBILIDAD: No se ganan o se pierden por el transcurso del tiempo.

DERECHOS PATRIMONIALES Y EXTRAPATRIMONIALES 1)DERECHOS PATRIMONIALES: son todos los derechos susceptibles de valor economico, apreciable en dinero, que integran el patrimonio de una persona. 2)DERECHOS EXTRAPATRIMONIALES llamados “DERECHOS DE LA PERSONALIDAD” , son los derechos “INNATOS DEL HOMBRE CUYA PRIVACION IMPORTARIA EL ANIQUILAMIENTO DE SU PERSONALIDAD MISMA”

DERECHOS EXTRAPATRIMONIALES O DE LA PERSONALIDAD: Derecho a la vida A la integridad corporal A la libertad A la libertad de prensa Derecho de respuesta o replica Derecho al honor y la integridad moral Derecho a la reproduccion fotografica de la propia imagen Derecho de privacidad Derecho a elegir un tratamiento medico Derecho a la muerte digna Derecho a elegir una religion Derecho a la libertad de conciencia

CARACTERES DE LOS DERECHOS EXTRAPATRIMONIALES: 1)INNATOS: Corresponden al titular desde el origen de este. 2)VITALICIOS: Acompañan al ser humano durante toda su vida. 3)INALIENABLES: No son susceptibles de enajenacion por ningun titulo: estan fuera del comercio. 4)IMPRESCRIPTIBLES: No se extinguen por el transcurso de un plazo de tiempo. 5)DE CARÁCTER EXTRAPATRIMONIAL: No son valorables economicamente pero su lesion puede si generar una indemnizacion de carácter economica, de daños y perjuicios causados. 6)ABSOLUTOS: Se ejercen contra todos (erga-omnes): No se tienen contra alguien en particular sino contra cualquiera que los vulnere