Mtro. Carlos Orozco-Felgueres Loya

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Transcripción de la presentación:

Mtro. Carlos Orozco-Felgueres Loya   Grados Académicos: Licenciado en Contaduría Maestría en impuestos por la Universidad Panamericana con mención honorifica Especialidad en Impuestos Internacionales por la Universidad Panamericana con mención honorifica Especialidad en Estrategia Fiscal por la Universidad Panamericana con mención honorifica Programas: IPADE: AD-1, AD-2, Perfeccionando Consejeros, Programa Global de Alta Dirección, Madrid España. Actualmente estudia la Licenciatura en Derecho en la Universidad Pontificia de México. Experiencia Directiva: Presidente de: Orozco-Felgueres y Asociados, SC, Asesores Fiscales y Patrimoniales, Fundada desde 1972 Grupo ORFE, SA de CV Fundación Carlos Orozco-Felgueres AC Instituto ORFE Capacitación e Investigación Tributaria, SC Miembro de: Asociación Nacional de Especialistas Fiscales México (ANEFAC) Colegio de Contadores Públicos de México, Integrante de la Comisión Empresarial (CCPM) Consejero de: JA-México, Presidente de la Comisión Fiscal y Financiera Universidad Pontificia de México, Presidente del Consejo Financiero

11 Obras autorales: Dofiscal-Thomson Reuters Normatividad Legal y Fiscal de las Instituciones no lucrativas en México, cuarta edición El ABC del patrimonio personal, cuarta edición Inmuebles, aspecto legal, fiscal y Financiero, tercera edición Ingresos presuntos de las personas Físicas, segunda Pautas Fiscales y Legales Entidades Financieras no bancarias, segunda edición Análisis fiscal y Jurídico de las Normas de Información Financiera Normatividad Fiscal y Financiera del Dictamen Efectos fiscales en Materia de Prevención de Lavado de Dinero, segunda edición El Ámbito de las Deducciones Fiscales, tercera edición El Ámbito de los Ingresos Acumulables  

2 Obras autorales: Tax Editores La Nueva Fiscalización de las Empresas Régimen Fiscal y Patrimonial de la Pequeña y Mediana Empresa   1 Obra autoral: Defensa Fiscal Planeación en la sucesión del Patrimonio Empresarial, única edición Articulista para las revistas: “Puntos Finos” (Thomson Reuters) “Defensa Fiscal” (Galardonado como el Fiscalista del año 2015) “Práctica Fiscal” (Tax Editores) “Veritas” (Colegio de Contadores Públicos de México) Áreas de interés: Impuestos Consultoría Fiscal Auditoría Fiscal Protección Patrimonial Precios de Transferencia Negocios

CIERRE FISCAL Y REFORMAS FISCALES 2018 PUEBLA DICIEMBRE 2017 • MTRO CARLOS OROZCO-FELGUERES • PRESIDENTE GRUPO ORFE

extranjero Generalidades de los Ingresos Artículo 16 LISR Personas morales residentes en México incluida la A en P Obligación de acumular la totalidad de los ingresos – En efectivo – En bienes – En crédito – En servicios – O de cualquier otro tipo incluyendo los percibido de EP en el extranjero El Ajuste Anual por inflación se considera ingreso acumulable por la disminución real de las deudas

Generalidades de los Ingresos Artículo 16 LISR No se consideran ingresos ● Aumentos de capital Pagos de pérdida por accionistas Primas en colocación de acciones Revaluación de activos y capital Dividendos que perciban de otras PM mexicanas

Se considera que los ingresos se obtienen Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción I Se considera que los ingresos se obtienen En enajenación de bienes o prestación de servicios Lo que suceda primero ● Cuando se expida comprobante que ampare el precio Cuando se envíe o entregue materialmente el bien Cuando se preste el servicio Cuando se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción I ● Se tiene celebrado contrato de promesa de compra-venta (existe precio y cosa) La venta es perfecta y obligatoria (Art. 2249 Código Civil Federal) No se ha emitido el CFDI No se ha entregado el bien No se ha cobrado total ni parcialmente Se debe acumular ingreso o no ?? ● ●

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción I Prestación de servicios de S.C. o A.C. Servicio de suministro de agua potable o de recolección de basura. Los ingresos se obtienen en el momento en que se cobre el precio o la contraprestación

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción II Se considera que los ingresos se obtienen En uso o goce temporal de bienes Lo que suceda primero ● Cuando se cobre total o parcialmente el precio Cuando sea exigible Cuando se expida el comprobante fiscal

Cargando… En Arrendamiento financiero ● Opciones de acumulación: Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción III Se considera que los ingresos se obtienen En Arrendamiento financiero ● Opciones de acumulación: Considerar el total del precio pactado, o La parte del precio exigible en el ejercicio

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción III Arrendamiento financiero La opción elegida se deberá ejercer por la totalidad de contratos Se puede cambiar una vez sin requisitos Para cambios posteriores deberán haber transcurrido cuando menos 5 años Si no ha transcurrido dicho plazo, se deberá cumplir con los requisitos del RLISR ● ●

➢ Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción III Arrendamiento financiero ● Cuando se haya optado por considerar como ingresos la parte del precio exigible ‾ Y se enajenen los documentos pendientes de cobro, o Se den en pago ➢ Se deberá considerar la cantidad pendiente de acumular como ingreso

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción III Arrendamiento financiero ● En caso de incumplimiento del contrato Y se haya ejercido la opción de acumular lo exigible Se considerará como ingreso las cantidades exigibles disminuidas por las cantidades que ya hubiera devuelto

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción III Arrendamiento financiero Se considerarán ingresos obtenidos en el ejercicio en el que sean exigibles los que deriven de cualquiera de las siguientes opciones: –Compra de los bienes aun precio inferior –Prórroga del plazo con renta inferior –Participar al arrendador en el precio de la venta

Fechas de obtención de los ingresos Artículo 17 LISR fracción IV Se considera que los ingresos se obtienen En deudas no cubiertas por el contribuyente: ● En el mes en el que se consume el plazo de prescripción ● En el mes en el que se cumpla el plazo para considerar la notoria imposibilidad de cobro

➢ Acumulación de anticipos Artículo 17 fracción I LISR Se considera que los ingresos se obtienen, tratándose de enajenación de bienes o prestación de servicios cuando se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos

Acumulación de anticipos Artículo 17 fracción I LISR Regla 3.2.4. Artículo 17 LISR Cuando no se haya entregado el comprobante fiscal,y No se haya entregado el bien o se haya prestado el servicio Opción de acumular el saldo que se tenga de la cuenta de anticipos al cierre del ejercicio Se podrá deducir el costo de lo vendido estimado que corresponda sobre dichos cobros anticipos. o

Acumulación de anticipos Artículo 17 fracción I LISR Regla 3.2.4. Artículo 17 LISR Regla 3.2.4. Artículo 17 LISR Por los cuales no se haya expedido comprobante ni se haya entregado bienes o prestado el servicio Saldo de la cuenta de anticipos Cobros de Anticipos (-) Anticipos por los cuales se expidan comprobantes (-) Anticipos por los cuales se entregue la mercancía (=) Ingreso Acumulable por Anticipos *Cuenta al final de Ejercicio

Ingresos por Contratos de Obra Artículo 17 LISR Acumulación del Ingreso En contratos de obra inmueble y otros contratos de obra • En la fecha en que las estimaciones sean autorizadas para que proceda su cobro Siempre y cuando el pago tenga lugar dentro de los tres meses siguientes de la aprobación • • De lo contrario, cuando sean efectivamente pagados

Ingresos por Contratos de Obra Artículo 19 Reglamento LISR Para efectos del artículo 17 de la Ley •Se considera autorizada o aprobada una estimación en la fecha en que el residente de supervisión o la persona facultada por el cliente para efectuar la Supervisión del avance de la obra, firme de conformidad dicha estimación

Ingresos por Contratos de Obra Artículo 17 LISR Cuando no presenten estimaciones o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, considerarán acumulable el avance trimestral Opción para contratos de obra inmueble (ReglamentoArt.18) • Podrá considerar como ingreso acumulable el avance mensual Esta opción sólo se podrá ejercer comprendiendo la totalidad de las obras que en el ejercicio ejecute o fabrique el contribuyente

Ingresos por Contratos de Obra Artículo 17 LISR ● Deberán acumular cualquier pago recibido en efectivo, en bienes o en servicios, ya sea por concepto de anticipos, depósitos o garantías del cumplimiento de cualquier obligación, o cualquier otro ● Los ingresos acumulables, se disminuirán con la parte de los anticipos, depósitos, garantías o pagos por cualquier otro concepto, ya acumulado y que se amortice contra la estimación

• Ingresos por Contratos de Obra Artículo 17 Reglamento LISR Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble cuyo objeto sea: La demolición La proyección La inspección La supervisión de obra • ● Podrán aplicar lo establecido en art.17LISR La opción se deberá aplicar para todos los contratos celebren en el ejercicio.

➢ ➢ Otros Ingresos Acumulables Artículo 18 LISR Ingresos determinados inclusive presuntivamente por la autoridad ➢ La ganancia derivada por pagos en especie ► Ingreso conforme avalúo Mercancías, materias primas, productos terminados y semiterminados se acumula todo el ingreso y se determina el costo conforme Ley

Otros Ingresos Acumulables Artículo 18 LISR ● Las mejoras en inmuebles que conforme al contrato de arrendamiento queden a beneficio del propietario • Ingreso se considera obtenido al término del contrato Monto se determina conforme al avalúo

Otros Ingresos Acumulables Artículo 18 LISR Cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades de terceros en pérdida de bienes No acumulable cuando se reinvierta en bienes análogos Plazo para la reinversión 12meses (conautorización12mesesmás) Indemnizaciones por muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes Gastos por cuenta de terceros no respaldados con comprobantes fiscales a nombre del tercero

Otros Ingresos Acumulables Artículo 18 LISR Intereses devengados a favor ► Se acumulan los intereses devengados en el ejercicio sin ajuste Alguno Moratorios a partir del cuarto mes, solo se acumula lo cobrado En caso de cobro de moratorios, cubren en primer instancia los primeros 3 meses ►

Otros Ingresos Acumulables Artículo 18 LISR Ajuste anual por inflación acumulable • Cuando el saldo promedio anual de las deudas sea mayor que al de los créditos Préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital y aumentos de capital recibidos en efectivo mayores a $600,000 Cuando no se presente declaración informativa correspondiente •

Ganancias en la enajenación de bienes Artículo 18 fracción IV LISR • Se consideran ingresos acumulables la ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos, títulos valor, acciones, partes sociales o certificados de aportación patrimonial emitidos por sociedades nacionales de crédito

Ganancias en la enajenación de bienes Artículo 19 LISR ● Para determinar la ganancia por la enajenación de terrenos, de títulos de valor, de piezas de oro o de plata: 1. 2. Restarán del ingreso obtenido el MOI El MOI se ajusta por el factor de actualización desde el mes en el que se realizó la adquisición y hasta el mes inmediato anterior a la enajenación

Ganancias en la enajenación de bienes Artículo 19 LISR − El ajuste anterior no es aplicable para determinar la ganancia por la enajenación de acciones y certificados de depósito de bienes o de mercancías • El cálculo para determinar la ganancia por enajenación de acciones se establece en el artículo 22 de la LISR

Ganancias en la enajenación de bienes Artículo 31 LISR ● Cuando se enajenen bienes (AF),se deducirá en el ejercicio que ocurra, la parte aún no deducida • Se ajustará la deducción por el factor de actualización desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo en el que el bien haya sido utilizado • Cuando sea impar se considerará como último mes de la primera mitad de dicho periodo el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del periodo

DEDUCCIONES AUTORIZADAS EN ISR

Requisitos generales de las deducciones Ser estrictamente indispensables Comprobante fiscal y pagos hechos con transferencia, cheque, tarjeta (débito, crédito o servicios) o monederos- N/A si es menor a $2,000, excepto combustibles. Debidamente registradas en contabilidad de acuerdo a NIF y restadas sólo una vez Cumplir obligaciones de retención y entero de impuestos a cargo de terceros. Pagos al extranjero - se presenten declaraciones informativas (Art. 76 LISR). Pagos efectivamente erogados a contribuyentes personas físicas (Coordinados- autotransporte terrestre), sociedades y asociaciones civiles que presten servicios personales independientes , Personas Morales del Art. 196 LISR y Donativos Salarios – pagados y retenciones efectuadas / comprobantes fiscales emitidos Mercancías de importación – Haber cumplido con requisitos para su legal estancia.

Cargando… Requisitos generales de las deducciones ► La fecha de expedición de documentación comprobatoria deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción. ( SOLO EN GASTOS) Anticipos para gastos se podrán deducir siempre que a más tardar en el siguiente ejercicio se obtenga la factura por el total de la operación. Que al realizar las operaciones o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan requisitos fiscales para cada deducción. Deducción de automóviles Art. 36 – II LISR Límite $175,000 Renta de automóviles Art. 28 - XIII Límite $200 diarios Consumo en restaurantes Art. 28 – XX (Sólo el 8.5%) Gastos de viaje – alimentación ($750 diarios en México y $1,500 en el extranjero, acompañando soporte de hospedaje o transporte), renta autos, transporte, kilometraje – después de faja de 50 km y debe existir relación de trabajo o prestación servicios profesionales ► ► ►

Deducción de Inversiones ► Aplicación de porcentajes máximos de deducción inversiones (depreciación fiscal). de ► Aplicación de porcentajes menores – reglas ► Ajuste a la deducción de inversiones: ► Inicio la deducción de inversiones – reglas ► Terminación de la deducción de inversiones - reglas

Pagos al extranjero no olvidar!!!! Naturaleza del gasto Mexicano Extranjero Naturaleza del gasto Requisitos de sustancia y forma para deducibilidad Obligación de retención y de entero del impuesto Evidencia y soporte documental Requisitos en operaciones entre partes relacionadas Naturaleza del pago Fuente de riqueza Tasa de retención y requisitos Obligación de entero del impuesto (mediante retención o pago) Legislación Internacional V. Beneficiario efectivo y constancia de residencia

Requisitos para deducción de gastos Art. 27 LISR - 27-I Estrictamente indispensables (criterios tribunales y PRODECON) Actividad preponderante (objeto social) – Con objeto de generar ingresos - 27-III Amparados con un comprobante fiscal Regla 2.7.1.16 RMF - Requisitos comprobantes emitidos por extranjeros A mas tardar el día en que el contribuyente deba presentar la declaración anual (art. 27-XVIII LISR) - 27-III Pago mediante transferencia bancaria desde instituciones financieras Art. 7 LISR – OJO en estructuras de tesorería centralizada (27- III) Gastos por cuenta de terceros (regla 2.7.1.13 RMF)

Cargando… Requisitos para deducción de gastos Art. 27 LISR - 27-IV Registradas en contabilidad y restadas una sola vez - 27-V Obligaciones de retención y presentación de informativas Art. 76 LISR Informa\vas referentes a financiamientos y operaciones con partes relacionadas Informativas 60 días después de requerimiento de autoridad (art. 27- XVIII L - 27-VII Capitales tomados en préstamo – deducción tasa mas baja No aplicable a instituciones de crédito Análisis art. 45 RLISR

Requisitos para deducción de gastos Art. 27 LISR - 27-X Regalías y asistencia técnica – Acreditar capacidad técnica y no subcontratación (excepción para MX) - 27-XIII Intereses a valor de mercado (excedente no deducible) Estudios de precios de transferencia (análisis económico y comparables art.179 LISR) Dividendos fictos (art. 11-II LISR) - 27-XIV Importación de mercancías – Requisitos legales Documentación soporte (pedimentos) - 27-XVII Pagos a comisionistas o mediadores Obligación de comprobar que tributan en el extranjero

Requisitos para deducción de gastos Art. 27 LISR 27-XVIII Limite para cumplimiento Requisitos de deducciones – A mas tardar ultimo día del ejercicio (31/12) Comprobantes – A mas tardar el ultimo día en que se deba presentar la declaración ( 2 ABRIL) Retenciones – Enteros de las mismas en los plazos establecidos en ley. Art. 54 RLISR – Opción de pago extemporáneo a mas tardar ultimo día en que se deba presentar declaración anual , si cantidades con accesorios.

Gastos no deducibles Art. 28 LISR 28-XVIII Gastos a prorrata efectuados a extranjeros* 28-XXIII Pagos a REFIPRE Excepción contraprestaciones pactadas a valores de mercado y no configurar supuestos 28-XXXI LISR Regla 3.18.24 RMF - Retención aplicable operaciones con partes relacionadas (40% - 171 LISR,Titulo V)

Requisitos adicionales Art. 76 LISR -76-III Emisión de CFDI por pagos con fuente de riqueza MX (monto del pago realizado e impuesto retenido) Regla 2.7.1.8 RMF – Complementos obligatorios (Dividendos CUFIN) -76-VI Informativa por financiamientos del extranjero – 15 de febrero cada año Operaciones con partes relacionadas -76-IX Conservar documentación soporte de precios de transferencia -76-X Informativa de operaciones con partes relacionadas – Declaración anual -76-XII Ingresos y deducciones conforme a valores de mercado

Gastos a Prorrata - Regla 3.3.1.27 RMF (requisitos para deducción) Estricta indispensabilidad Acuerdo amplio intercambio de información Servicio efectivamente prestado En operaciones entre partes relacionadas – Contraprestaciones pactadas a valores de mercado Razonabilidad gasto – beneficio Conservación de documentación Incertidumbre respecto a la información soporte para comprobar cumplimiento de requisito RMF